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CAPÌTULO I FUENTES GENERALES DE OBLIGACIONES

Enviado por   •  2 de Febrero de 2018  •  4.310 Palabras (18 Páginas)  •  311 Visitas

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F. Voluntarios ilícitos

“Son hechos voluntarios ilícitos los que se llevan a cabo con dolo, culpa, falta de previsión o cuidado, así como aquellos que por sí mismos o por las consecuencias que producen, violan o son contrarios a las normas de orden o de interés público o a las buenas costumbres.” (CONGRESO DEL ESTADO DE SONORA, código civil, 2001, Pág. 12)

Algunos ejemplos de estos hechos jurídicos son los delitos, los cuasi delitos, los hechos dolosos y culposos, el abuso de los derechos, los actos simulados y los que se ejecuten en fraude de acreedores, incumplimiento de las deudas, la culpa en la conservación o custodia de las cosas, la recepción de lo indebido, la posición de mala fe, y la incorporación, especificación, mezcla confusión, edificación, plantación y siembra ejecutadas de mala fe.

Un ejemplo claro de lo anterior es manejar a exceso de velocidad y ocasionar un accidente automovilístico.

G. Involuntarios y contra la voluntad

Se entienden por hechos involuntarios y en contra de la voluntad aquellos que se ejecutan contra la voluntad del sujeto, cuando este lo lleve a cabo por coacción irresistible, al hallarse privado de la libertad o cuando se vea compelido por caso fortuito o de fuerza mayor. Cuando por hechos involuntarios o contra su voluntad se cause daño a otro, solo se responderá con la indemnización correspondiente, si con el daño se enriqueció el autor del mismo, caso en el cual se aplicaran las disposiciones para el enriquecimiento sin causa.

CAPÌTULO II

ACTO JURÍDICO

En este capítulo se hablará sobre los tipos de contratos que hay según la clasificación que les dimos, sus elementos de validez para ver cómo y cuándo se puede llevar a cabo un acto jurídico, y consideramos que algunos ejemplos muy concisos para que comprendas mejor cada“acto jurídico”

A. ¿Qué es el acto jurídico?

Se entiende por acto jurídico a toda declaración o manifestación de la voluntad hecha con el objeto de producir determinadas consecuencias las cuales son reguladas por el derecho (CONGRESO DEL ESTADO DE SONORA, Código Civil, Pág. 9).

Es muy sencillo entender que es un acto jurídico, lo primero que debes de pensar es en todos los tipos de contratos que hay, por eso se dice que es “toda declaración o manifestación de la voluntad hecha con el objeto de producir consecuencias de derecho” dichas consecuencias son los contratos.

Teniendo conocimiento de lo que es un acto, debes de saber que es un “objeto”, ya que si no hay dicho objeto por ende no hay contrato por ejemplo, no puedes arrendar una casa si no existe la cosa (objeto) y por lo tanto no existirá una relación jurídica

El objeto se clasifica en dos especies: objeto directo e indirecto. El objeto directo consiste en crear, transmitir, modificar o extinguir obligaciones.

Este objeto se desprende de la definición de acto jurídico y la ley determina en cada caso el objeto directo de los actos que reglamenta; por ejemplo, el del objeto directo del contrato es de crear y transmitir obligaciones, el convenio tendrá por objeto directo modificar o extinguir obligaciones (MARTINEZ ALFARO, Joaquín, 2008, Pág. 35).

Y el objeto indirecto consiste en la cosa o en el hecho que el obligado debe de dar o ejecutar (MARTINEZ ALFARO, Joaquín, 2008, Pág. 35).

Ahora bien a continuación se planteará un ejemplo un poco burdo, pero considero que gracias a el comprenderás cuál es el objeto o cosa de una manera más rápida y concisa, lo siguiente es por si aun no lo asimilas del todo; Simplemente como ya lo mencioné antes no puede haber un acto jurídico si no hay objeto o si este no existe, por ejemplo, no puedes vender a un dinosaurio porque es científica y humanamente imposible, ¿Por qué?, simplemente porque el “dinosaurio” no existe, por eso para que un contrato sea jurídicamente posible se deben de cumplir los siguientes aspectosde validez.

1. Elementos de validez

Los elementos de validez o más bien de inmunidad, son cuatro elementos que conjuntamente debe tener el contrato ya existente para no estar afectado de nulidad, de manera que la falta de uno de estos cuatro elementos hace que el contrato en cuestión resulte privado de efectos jurídicos. Tales elementos de validez del contrato o de exoneración de nulidad, son:

- La capacidad de las personas o autores del mencionado consentimiento.

- La forma libre o señalada por la ley para la expresión exterior de dicho consentimiento

- La ausencia de vicios del mismo consentimiento

- Y el objeto de referencia sea licito, es decir, no contrario al orden publico ni a las buenas costumbres (SANCHEZ MEDAL, Joaquín, 2010, Pág. 25)

Los aspectos anteriores quieren decir que la o las personas que van a llevar a cabo el acto jurídico tienen que tener en primer lugar la capacidad de ejercicio (que sea mayor de 18 años) o según el código civil para el estado de Sonora se juzgará cada caso en particular. Se tiene que estar en pleno uso de sus facultades mentales es decir no estar bajo las influencias de bebidas estupefacientes y que la cosa u objeto en cuestión sea licito en otras palabras legal ante el derecho, por ejemplo no es legal para el derecho ni la autoridad el comercio con algún tipo de sustancia ilícita, tales como marihuana, cocaína, etc.

Si el contrato no tiene alguno de estos elementos de validez tal vez pueda llevarse a cabo por descuido, pero solo será parcial, ya que se puede corregir el error.

2. Especies de ineficiencia del acto jurídico

- Inexistencia: Hay inexistencia cuando al acto jurídico le falta alguno de sus elementos esenciales que son, para todos los actos, el consentimiento y el objeto y para algunos actos la solemnidad.

- Nulidad: Hay nulidad cuando el acto jurídico fue otorgado con sus elementos esenciales, pero le falta algún elemento de validez, por ejemplo, la forma, capacidad, la licitud o cuando el consentimiento está viciado.

- Imposibilidad: Es una ineficiencia relativa a alguna de las partes y eficiencia relativa a otra, porque el acto jurídico es ineficaz para unos y eficaz para otros, pues la eficiencia e ineficiencia son parciales (en pocas palabras beneficia más a una persona

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