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CONVENIO PARA EL PROCESO DE FORMACIÓN TÉCNICA EN CENTROS DE TRABAJO

Enviado por   •  1 de Marzo de 2018  •  2.731 Palabras (11 Páginas)  •  477 Visitas

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3.3 Comisión de FCT.- Es la responsable de planificar, organizar, coordinar y evaluar todo el proceso de formación en centros de trabajo. Estará integrada por el vicerrector del establecimiento, quien asumirá la dirección; un delegado del Departamento de Consejería Estudiantil3 −DECE−, el coordinador de los docentes tutores y una secretaria que llevará el archivo, las actas, convocatorias, informes, entre otros; es decir las evidencias del desarrollo del proceso FCT.

3.4 Docente tutor.-Realiza tareas que van más allá de la impartición de conocimientos. Su rol de acompañamiento directo al estudiante e interlocutor con el tutor de la entidad colaboradora le convierte en un agente significativo en el proceso de formación técnica

3.5 Coordinador de los docentes tutores.- Es el responsable de la organización de las actividades entre los docentes tutores nominados por la autoridad de la institución educativa.

3.6 Tutor de la entidad colaboradora.- Es el instructor que acompaña y asesora al estudiante en su desempeño en el puesto de trabajo. Interactúa facilitando la información y el aprendizaje.

3.7 El estudiante.- Es el sujeto de aprendizaje, que cursa el tercer año de bachillerato técnico, beneficiario del proceso de formación, tanto en el centro educativo, cuanto en el centro de trabajo.

CUARTA.- DURACIÓN DEL CONVENIO:

4.1 La duración del presente convenio será de ciento sesenta horas reloj (20 días laborables, 8 horas diarias) comprendidas desde el LUNES 2 DE MAYO DEL 2016 hasta el MIERCOLES 25 DE MAYO DEL 2016, la asistencia será registrada diariamente mediante el formato, el mencionado formato es llenado por el estudiante con el visto bueno del tutor de la Institución Colaboradora JK TALLERES

QUINTA.- COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

5.01 DE LA UNIDAD EDUCATIVA DR. TELMO HIDALGO DIAZ., se obliga a:

- Poner a consideración de la entidad colaboradora el programa formativo general preparado por el equipo técnico institucional.

- Dirigir y conducir las actividades de capacitación, de los estudiantes en coordinación con la institución colaboradora.

- Nombrar el Tutor responsable de supervisar, evaluar y certificar las actividades formativas del estudiante.

- DE LA INSTITUCIÓN COLABORADORA ( EMPRESA).- La institución colaboradora se obliga a:

- Nombrar el Tutor de la Institución Colaboradora que coordinara y realizara el seguimiento y de las actividades formativas en el área de ( Figura Profesional)

- Informa qué actividades podrán realizar los estudiantes, en qué condiciones, cómo se puede organizar el programa en función del tiempo y la estructura administrativa.

- Brindar las facilidades a los (las) estudiante para que realicen sus prácticas mediante la ejecución de tareas formativas/productivas, según el proceso de formación técnica en centros de trabajo, definido por la institución Educativa DR. TELMO HIDALGO DIAZ.

- Proporcionar la dirección técnica y los medios necesarios para la capacitación de los estudiantes, en la figura profesional materia del presente convenio.

- No exigir al estudiante pago o aporte alguno por su formación.

- Emitir cuando corresponda los informes de evaluación y valoración de las actividades formativas de el/los estudiantes según lo programado por la UNIDAD EDUCATIVA DR. TELMO HIDALGO DIAZ. en la que cursa estudios el estudiante.

- Entregar a los estudiantes el respectivo Certificado sobre su actuación y desempeño.

5.03 DE LOS ESTUDIANTES, se obliga a:

- Acatar las disposiciones formativas que se le asigne por parte la institución colaboradora.

- Desarrollar las prácticas con disciplina y responsabilidad.

- Cumplir con el horario asignado para el desarrollo del proceso de formación técnica en centros de trabajo.

- Cumplir las tareas productivas de la institución colaboradora conforme a la reglamentación y normatividad de ésta y del Plan específico del proceso de formación técnica en centros de trabajo

- Cumplir con diligencia las obligaciones convenidas.

- Llevar la hoja de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas que serán supervisadas por el tutor del al Unidad Educativa N.N.

- El estudiante deberá usar el uniforme del diario, distintivo de la Unidad Educativa DR. TELMO HIDALGO DIAZ

- Los estudiantes menores de edad cuyos padres de familia estén amparados por el seguro del IESS, tienen cobertura del mismo. En caso contrario, se buscará estrategias de solución entre la institución educativa y sus representantes.

- Fomentar relaciones a nivel personal con funcionarios y miembros de las Empresas.

- Asistir a reuniones de carácter social, fuera de la empresa

- No manejar dineros de la empresa, para evitar cualquier situación conflictiva

- No utilizar los equipos y materiales de la oficina para asuntos personales

- No utilizar dentro de la empresa teléfonos convencionales y celulares Para asuntos personales.

- No hacer uso del internet para: chatear, navegar, enviar y/o recibir email sin autorización.

SEXTA.- DESIGNACIÓN DE TUTORES Y SUS FUNCIONES:

6.01 La Unidad Educativa DR. TELMO HIDALGO DIAZ para cumplir con las actividades que realizarán los estudiantes en las diferentes áreas o departamentos de la entidad colaboradora designa al docente: Edwin Lugmaña como tutor, quien deberá organizar el proceso, plantear estrategias para la consecución del programa formativo y determinar los procedimientos de evaluación, y entregara al tutor de la entidad colaboradora: La programación de las actividades que realizarán los estudiantes en las diferentes áreas o departamentos de la entidad colaboradora: Los instrumentos de seguimiento y evaluación, la designación de la persona o personas que van a realizar la tutoría en la empresa y el calendario de visitas del docente tutor a la empresa.

6.02 La entidad colaboradora con el propósito de coordinar las actividades designará

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