Demanda Pensión.
Enviado por Rimma • 21 de Junio de 2018 • 2.061 Palabras (9 Páginas) • 554 Visitas
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En razón de lo expresado, su Señoría, en su oportunidad deberá de dictar Sentencia Condenatoria en contra de la hoy demandada, tomando en cuenta todos y cada uno de los aspectos que en el capítulo de prestaciones de la demanda que se hace mención.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a USTED C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA ATENTAMENTE PIDO:
PRIMERO: Me tenga por presentado con esta promoción, los Alegatos; formulados por el suscrito, como parte actora. Acordándose en sus términos por estar ajustado a derecho.
SEGUNDO: Agregándose en los autos, en que se actúa; y en su oportunidad procesal, dictar sentencia correspondiente; decretando la disolución del Vínculo Matrimonial.
PROTESTO LO NECESARIO.
COATZACOALCOS, VERACRUZ; A 14 DE JUNIO DE 2012.
C. ERNESTO VILLASIS PAREDES.
PLIEGO DE POSICIONES QUE DEBERA ABSOLVER PERSONALMENTE SIN ASESORAMIENTO LEGAL ALGUNO Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, LA C. MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA, DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL NUMERO 355/I/2012 PROMOVIDO POR EL SUSCRITO ERNESTO VILLASIS PAREDES, ANTE ESE H. JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE COATZACOALCOS, VERACRUZ.
DIRA EL ABSOLVENTE SI ES CIERTO COMO LO ES:
1.- Si contrajo matrimonio Civil en la Ciudad de México, Distrito Federal, con el suscrito.
2.-Si de dicha unión procrearon a tres hijos que responden a los nombres de Ernesto, Rosalba y María del Rosario todos de apellidos Villasis Farías, los cuales actualmente son mayores de edad.
3.- Si dentro del Juicio Ordinario Civil, radicado mediante Expediente Número 605 del índice de este Juzgado Sexto de Primera Instancia de esta Ciudad, relativo al Juicio de Divorcio Necesario promovido por el suscrito en contra de la absolvente, en fecha 21 de Agosto de 2007, se practicaron Diligencias de Inspección Ocular, en su Domicilio ubicado en la Calle Prolongación de la Avenida Ignacio Zaragoza Número 1829 de la Colonia Palma Sola de esta Ciudad.
4.- Si dentro del Juicio Ordinario Civil, antes señalado, en fecha 27 de Septiembre de 2007, también se practicaron Diligencias de Inspección Ocular, en el Domicilio ubicado en la Calle Salvador Díaz Mirón Número 414 interior, anteriormente 408 interior de la Colonia Centro de esta misma Ciudad.
5.- Si a la fecha se encuentra separada del Señor Ernesto Villasis Paredes, y sin hacer vida en común desde hace más de veinticuatro años.
6.- Si desde hace mas de veinticuatro años, el Señor Ernesto Villasis Paredes, vive en su domicilio particular, ubicado en la avenida Salvador Díaz Mirón 414 de esta ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz.
ME RESERVO EL DERECHO DE AMPLIAR ESTE PLIEGO DE POSICIONES SI ASI LO CONSIDERO PERTINENTE.
PROTESTO LO NECESARIO
Coatzacoalcos, Ver., a 14 Junio de 2012
C. ERNESTO VILLASIS PAREDES
ARTICULANTE
INTERROGATORIO MEDIANTE EL CUAL DEBERA DE EXAMINARSE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, A LA C. EVA HUERTA SERRANO, TESTIGO OFRECIDA POR NUESTRA PARTE DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL NUMERO 355/I/2012 PROMOVIDO POR EL SUSCRITO ERNESTO VILLASIS PAREDES, ANTE ESE H. JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE COATZACOALCOS, VERACRUZ.
DIRA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA
1.- Si es familiar por consanguinidad de alguna de las partes =no
Si tiene interés directo o indirecto en el presente asunto=no
Si es empleada o dependiente de quien la presenta= no
2.- Si conoce al señor ERNESTO VILLASIS PAREDES y a la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA.= si
3.- ¿Están casados actualmente?=si pero no viven juntos
4.- ¿Cuál es el domicilio del señor ERNESTO VILLASIS PAREDES y de la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA. = El domicilio del señor ERNESTO VILLASIS PAREDES está ubicado en la avenida Salvador Díaz Mirón numero 414 de esta ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz. Y el de la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA, está ubicado en la avenida Prolongación de Zaragoza numero 1829.
5.- ¿Qué tiempo tienen de separados el señor ERNESTO VILLASIS PAREDES de la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA?= Como más de Veinte años.
6.- ¿Cuál es la razón de su dicho o porque le consta?
Porque los conozco de años y me consta que están separados y no viven juntos.
ME RESERVO EL DERECHO DE AMPLIAR ESTE INTERROGATORIO SI ASI LO CONSIDERO PERTINENTE.
PROTESTO LO NECESARIO
Coatzacoalcos, Ver., a 14 Junio de 2012
C. ERNESTO VILLASIS PAREDES
ARTICULANTE
INTERROGATORIO MEDIANTE EL CUAL DEBERA DE EXAMINARSE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, AL C. MARTIN HUERTA PEREZ, TESTIGO OFRECIDO POR NUESTRA PARTE DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL NUMERO 355/I/2012 PROMOVIDO POR EL SUSCRITO ERNESTO VILLASIS PAREDES, ANTE ESE H. JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE COATZACOALCOS, VERACRUZ.
DIRA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA
1.- Si es familiar por consanguinidad de alguna de las partes =no
Si tiene interés directo o indirecto en el presente asunto=no
Si es empleada o dependiente de quien la presenta= no
2.-Conoce usted al señor ERNESTO VILLASIS PAREDES y a la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA.= si
3.- ¿Están casados actualmente?=si pero no viven juntos
4.- ¿Cuál es el domicilio del señor ERNESTO VILLASIS PAREDES y de la señora MARIA EUGENIA FARIAS GARCIA. = El domicilio del señor ERNESTO VILLASIS PAREDES está ubicado en la avenida Salvador Díaz Mirón numero 414 de esta ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz.
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