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EXTENSION MATURIN EDO. MONAGAS

Enviado por   •  25 de Junio de 2018  •  3.299 Palabras (14 Páginas)  •  301 Visitas

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- Mencione los tipos de edificaciones

Artículo 108:

Las dotaciones de agua para las edificaciones destinadas a: vivienda, instituciones, comercios, industrias, uso recreacional y deportivo, para riego de jardines y áreas verdes y para otros usos, se calcularán de acuerdo con lo establecido en el presente capítulo. Cualquier valor diferente de las aquí señaladas deberá ser debidamente justificado mediante un análisis de consumos reales.

- Cuando una edificación sea destinada a industrias y requiera de un abastecimiento de agua no potable con fines industriales exclusivamente.

Artículo 97:

Las edificaciones destinadas a industrias, podrán disponer de un abastecimiento de agua no potable para fines industriales exclusivamente, siempre que:

- Dicho abastecimiento se mantenga separado y sin conexión alguna con el sistema de agua potable.

- Se advierta a todo el personal de la industria, por medio de avisos claramente marcados y Profusamente distribuidos, acerca de la no potabilidad del abastecimiento industrial. Se exceptúan de esta disposición las industrias de alimentos, los cuales deberán utilizar única y exclusivamente agua potable.

Artículo 146:

Las edificaciones y/o los locales destinados a industrias deberán dotarse de salas sanitarias y de piezas sanitarias del tipo y número mínimo que se señalan a continuación:

- Cuando la industria emplee trabajadores de ambos sexos, se proveerán salas sanitarias separadas para cada uno de ellos.

- El tipo y número mínimo de piezas sanitarias a instalar dependerá del número de trabajadores de cada sexo, de acuerdo con la Tabla 18.

- En caso de que el número de trabajadores no esté especificado, se estimará a base de un trabajador de cada sexo, por cada 30 metros cuadrados de área útil de piso de la edificación y/o del local destinado a industria.

- Se proveerá como mínimo una fuente de beber por cada 75 trabajadores o fracción, ubicada fuera de las salas sanitarias.

- Para el aseo de la edificación y/o del local industrial, se proveerá un lavamopas por piso.

- En caso de que la industria utilice procesos tales que expongan a los trabajadores a riesgos como: calor excesivo, a sustancias peligrosas, venenosas, irritantes, infecciones u otros, se proveerán adicionalmente las instalaciones y los equipos que para el control de tales riesgos establece en cada caso la Autoridad Sanitaria Competente.

TABLA 18

TIPO Y NÚMERO DE PIEZAS SANITARIAS A INSTALAR EN LAS INDUSTRIAS

SALA SANITARIA PARA TRABAJADORES HOMBRES

Nº DE TRABAJADORES

EXCUSADOS

URINARIOS

LAVAMANOS

DUCHAS

1-15

1

1

1

1

16-30

2

1

2

2

31-50

2

1

2

3

51-75

2

2

3

3

76-100

4

2

5

5

Más de 100

Un excusado, un urinario, un lavamanos y una ducha adicional por cada 35 trabajadores o fracción.

SALA SANITARIA PARA TRABAJADORES MUJERES

Nº DE TRABAJADORES

EXCUSADOS

URINARIOS

LAVAMANOS

DUCHAS

1-15

1

1

1

16-30

2

2

1

31-50

3

3

4

51-75

4

3

5

76-100

5

4

5

Más de 100

Un excusado, un lavamanos y una ducha adicional por cada 35 trabajadores o fracción.

- Cuando el sistema de abastecimiento público, no garantiza el servicio continuo y presión, ¿cuáles serán las medidas a tomar para el abastecimiento interno de las edificaciones?

Artículo 153:

Cuando el abastecimiento de agua público no garantice servicio continuo el sistema de abastecimiento de agua de las edificaciones podrá abastecerse desde:

- Uno o varios depósitos elevados de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI de estas normas.

- Uno o varios depósitos bajos y equipos de bombeo a uno o varios depósitos altos.

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