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MONOGRAFÍA PRESENTADA PARA LA APROBACIÓN DEL MODULO DE POLITICAS PUBLICAS

Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  3.582 Palabras (15 Páginas)  •  432 Visitas

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Dra. Margaret Chan

“Es forjar individuos, capaces de una autonomía intelectual y moral y que respeten esa autonomía del prójimo, en virtud precisamente de la regla de la reciprocidad.”

Piaget

DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA

El 7 de julio de 1994 fue publicada la Ley 1565 de Reforma Educativa, mediante la cual la Educación No Formal recibe la denominación de Educación Alternativa, que está orientada a brindar igualdad de oportunidades, en la formación humanística/científica y la capacitación técnica/laboral a las personas que, por diversas causas (edad, condiciones físicas y mentales excepcionales), no hubieran iniciado o continuado sus estudios, para que de manera productiva sean generadores de desarrollo personal, a partir de la construcción participativa de conocimientos, orientada a reconvertir y optimizar experiencias socio productivas, valores, aptitudes y actitudes culturales.

(Art. 24, Ley 1565 de Reforma Educativa).

El Subsistema de Educación Alternativa y Especial tiene dos ámbitos: Educación Alternativa y Educación Especial.

La Educación Alternativa está compuesta por dos áreas: la Educación de Personas Jóvenes y Adultas que asume un carácter diverso, flexible y enriquecido por una práctica que supera la formalidad y la tradicional.

ANTECEDENTES

La Educación Alternativa de Adultos se organizará en los Núcleos Escolares y en cualquier otro ambiente, comenzando por la alfabetización de adultos y buscando los objetivos señalados en la Ley para los niveles de Educación Formal.

Ley 1565 de la reforma educativa

En esta ley observamos puntos importantes como:

Satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje, la interculturalidad y el bilingüismo.

La posibilidad de una educación contextualizada en la realidad nacional y regional.

La priorización de los temas transversales en todos los procesos de aprendizaje. Currículo flexible y abierto a la diversidad. Facilitación del trabajo en grupo y elaboración de proyectos educativos de núcleo.

Ley 1551 de participación popular

Fue promulgada en Bolivia el año 1994 donde analizaremos cómo está tratado el tema de la participación popular en el marco de la Reforma Educativa:

El sistema educativo boliviano se basa en la integración y participación tanto en la comunidad como en el mundo, la educación boliviana es derecho y deber de todo boliviano, que tiene como meta generar la EQUIDAD de género en el ambiente educativo.

La Participación Popular se organiza en el área educativa de la siguiente manera:

- Las Juntas Escolares, conformadas por las Organizaciones Territoriales de Base, tomando en cuenta la representación equitativa de hombres y mujeres de la comunidad.

- Las Juntas de Núcleo, constituidas por los representantes de las Juntas Escolares, y las Juntas Sub-distritales y Distritales, que estarán constituidas por los representantes de las Juntas de Núcleo.

- Los Honorables Concejos y Juntas Municipales.

- Los Consejos Departamentales de Educación, conformados por un representante de cada Junta Distrital, un representante de la Organización Sindical de Maestros del Departamento, uno de las Universidades Públicas, otro de las Universidades Privadas del Departamento y un representante de las Organizaciones estudiantiles de los niveles secundario y superior.

- Los Consejos Educativos de Pueblos Originarios (Aymara, Quechua, Guaraní y Amazónico multiétnico y otros).

- El Consejo Nacional de Educación, conformado por un representante de cada Consejo Departamental, un representante de cada Consejo Educativo de los Pueblos Originarios, un representante de la Confederación Sindical de Maestros de Bolivia, un representante de las Municipalidades de todo el país, un representante de la Universidad Boliviana, un representante de las Universidades Privadas, un representante de la Confederación de Profesionales de Bolivia, un representante de la Central Obrera Boliviana, un representante de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, un representante de la Confederación Sindical Unica de Trabajadores Campesinos de Bolivia y un representante de la Confederación de Indígenas del Oriente Boliviano. Presidirá el Consejo el Secretario Nacional de Educación, acompañado de sus Subsecretarios, y actuará como Secretario Permanente del Consejo el Director General de Educación.

- El Congreso Nacional de Educación, que reúne a todos los sectores de la sociedad para examinar el desarrollo y los progresos de la Educación Nacional, será convocado por lo menos cada cinco años.

Art. 59 de D.S. 23950

La Educación Alternativa se ofrece bajo diferentes modalidades y estrategias acordes con los intereses, necesidades y posibilidades de los educandos a los que atiende, así como en función de los recursos humanos, financieros y materiales con que cuentan las instancias organizadoras.

Son modalidades de la Educación Alternativa:

- La Educación de Adultos

- La Educación Permanente

- La Educación Especial

Ley Avelino Siñani 20 de diciembre de 2010

Artículo 16°. - (Educación Alternativa y Especial)

Atender las necesidades y expectativas educativas de personas, familias, comunidades y organizaciones que requieren dar continuidad a sus estudios o que precisan formación permanente en y para la vida. Priorizando a la población en situación de exclusión, marginación o discriminación.

La Educación Alternativa y Especial es intra-cultural, intercultural y plurilingüe.

ENFOQUES DE LA EDUCACIÓN ALTERNATIVA

La Educación de Personas Jóvenes y Adultas, propone como enfoques:

- Educación Popular Comunitaria

- Educación a lo largo de la vida

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