PERSONAS DE DERECHO PUBLICO Y FORMAS DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Enviado por Sandra75 • 22 de Septiembre de 2018 • 1.176 Palabras (5 Páginas) • 629 Visitas
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DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Se refiere a entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, (de conformidad con la LOAPF, aunque solo es facultad del Poder Legislativo) dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios.
Este tipo de Administración es mal llamada por la Constitución “paraestatal” que significa, “paralelo o junto a”, por lo que los estudiosos lo llaman “descentralización administrativa”, es decir que salen del centro hacia afuera.
La Descentralización Administrativa puede ser de 3 tipos:
- Descentralización mínima: Transferencia limitada de los poderes de decisión con fuerte control de los órganos centrales.
- Descentralización media: Transferencia amplia de los poderes de decisión pero con fuerte control de los órganos centrales.
- Descentralización máxima: Transferencia de los poderes de decisión es total con un mínimo de control de los órganos administrativos.
La Descentralización Administrativa se divide en:
- Organismos Autónomos Constitucionales
- Organismos Descentralizados
- Empresas de Participación Estatal Mayoritaria
- Fideicomisos Públicos
Organismos Autónomos Constitucionales: Son organismos creados por la Constitución Política de los E.U.M, que realizan una función administrativa altamente técnica y gozan de autonomía orgánica y funcional, sus titulares son nombrados a ratificados por el Poder Legislativo.
Ejemplos:
- Comisión Nacional de Derechos Humanos
- Instituto Federal de Comunicaciones
Organismos Descentralizados: Son creados por la Ley del Congreso de la unión, en sentido formal y material, a pesar de que en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se señala que pueden ser creadas por el Ejecutivo Federal. Realizan una función de servicio público o una función administrativa, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios.
Existen 3 clases de Descentralización:
- Por Región: Es la forma de administración político – administrativa territorial que tienen como última instancia al Municipio.
- Por Servicio: Son los organismos descentralizados que prestan u ofrecen servicios públicos o sociales. Ejemplo: IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, Correos de México, etc.
- Por Colaboración: Son entidades que realizan actividades de interés público y que conservan su carácter de entes privados, como los sindicatos de trabajadores o campesinos, partidos políticos, notarios, corredores públicos, instituciones de beneficencia privada, etc.
De conformidad con el Art. 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los Organismos Descentralizados tienen por objeto:
- La realización de actividades correspondientes a las áreas estratégicas o prioritarias
- La presentación de un servicio público o social
- La obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.
Generalmente los Organismos Descentralizados están integrados de la siguiente forma:
- La junta de gobierno no puede tener menos de 5 miembros ni más de 15
- El coordinador de sector es el presidente de la junta de gobierno
- El director general es nombrado por el titular del Ejecutivo Federal o a instancia de la coordinadora de sector, tiene que ser mexicano por nacimiento, no tiene que haber sido condenado por delitos patrimoniales, etc.
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