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TEGNOLOGIA EN GESTIÓN JUDICIAL Y CRIMINALÍSTICA

Enviado por   •  13 de Febrero de 2018  •  1.291 Palabras (6 Páginas)  •  328 Visitas

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Consagra el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, que:

“El debido proceso se aplicara a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio...

Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso”.

Señala la Jurisprudencia, EL DEBIDO PROCESO..., que “Colombia, como estado de derecho, se caracteriza porque todas sus competencia son regladas.

Por Estado de derecho se debe entender el sistema de principios y reglas procésales según los cuales se crea y perfecciona el ordenamiento jurídico, se limita y controla el poder estatal y se protegen y realizan los derechos del individuo, por disposición de una norma.

Todo proceso consisten en el desarrollo de particulares relaciones jurídicas entre el órgano sancionador y el procesado o demandado, para buscar la actividad del derecho material y las garantías debatidas a las personas que en el intervienen.

La situación conflictiva que surge de cualquier tipo de proceso exige una regulación jurídica y una limitación de los poderes estatales, a si como un respeto de los derechos y obligaciones de los individuos o partes procésales.

Es decir que cuándo de aplicar sanciones se trata, el debido proceso es exigente en materia de legalidad, ya que no solamente pretende que el servidor público cumpla las funciones asignadas, sino que además lo haga en la forma que lo determina el ordenamiento jurídico.

Además, se establece “que existe una estrecha relación entre el derecho procesal y el derecho constitucional”, y por otra parte, se precisa que “las constituciones contemporáneas consagran en sus textos disposiciones específicas para la protección de esta garantía jurídico-procesal.

Así lo entendió el Constituyente de 1991, y en el Artículo 29 se hace una clara determinación del debido proceso a toda clase de actuaciones judiciales y..., como ya lo ha señalado la Corte Constitucional. (C. Const. Sent. T-521Sep. 19/92 M-.P. Alejandro Martínez Caballero).

En el debido proceso, concurren los principios de la Igualdad, imparcialidad, lealtad, la valoración de la prueba en conjunto, la unidad de la prueba, la equidad, la justicia, etc., que al violarse el debido proceso igualmente se violarían estos principios rectores.

El art. 85 de la Constitución Política, consagra: “Son de aplicación inmediata los derechos consagrados en los artículos 11 al 21, 23, 24, 26, 28 al 31, 33, 34, 37 y 40.

INFRACTOR:

La presente acción se dirige contra la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, con domicilio en la ciudad de Bogotá.

PRUEBAS:

Solicito tener y practicar como pruebas las siguientes:

1.-) Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía.

2.-) Fotocopia del derecho de petición de fecha 9 de Junio de 2015 y sus anexos que constan de 15 folios.

3.-) Que se practique una inspección judicial a las instalaciones de la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL de Bogotá en lo relacionado con el trámite de mi Cedula de Ciudadanía.

4.-) Que se recepcionen todas las declaraciones que sean pertinentes.

5.-) Que se practiquen todas las pruebas que sean pertinentes y conducentes.

JURAMENTO:

Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la presentación de la presente, manifiesto, que el suscrito no ha interpuesto acción de tutela ante otra autoridad.

NOTIFICACIONES:

Indico como lugar para notificaciones las siguientes:

La suscrita en la Calle 34 Nro. 10-41 Apto 103 de la Ciudad de Bucaramanga. Tel. 3044148247.

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, en la Avenida Calle 26 Nro. 51-50 de Bogotá.

Del señor Juez,

Atentamente,

ROSA ANGÉLICA PRADA GÓMEZ

C.C. Nro. 1.095.825.628 de Floridablanca.

CONCLUSIONES

Como resultado del estudio del artículo 86 de la Constitución política De Colombia, conocemos el mecanismo legal que tenemos los colombianos para hacer efectivo el cumplimiento de los derechos que nos sean vulnerados con la Acción de Tutela, que otorga la posibilidad de presentarla ante cualquier autoridad y además garantiza una solución pronta toda vez que su procedimiento es resumido.

BIBLIOGRAFÍA

http://www.procuraduria.gov.co/guiamp/media/file/Macroproceso%20Disciplinario/Constitucion_Politica_de_Colombia.htm

http://www2.sgc.gov.co/getattachment/Home/comunicaciones/Quienes-Somos-/Cartilla_participacion_ciudadana_Ingeominas.pdf.aspx

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