TEORIA GENERAL DEL DERECHO PENAL.
Enviado por klimbo3445 • 18 de Abril de 2018 • 25.756 Palabras (104 Páginas) • 559 Visitas
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Derecho Procesal: Las normas procésales constituyen el complemento indispensable del Derecho Penal Sustantivo, pues el procedimiento Penal es la consecuencia directa que ocurre una vez cometido el delito.
Derecho Constitucional: en este se establecen las garantías y derechos fundamentales a que debe sujetarse el derecho penal. El derecho Constitucional norma al derecho penal y a todo el derecho.
Derecho administrativo: Diversos delitos acontecen en el Ámbito administrativo; esta rama del Derecho Publico Prevé la organización de diversos organismos que atañen al Derecho Penal.
Derecho Agrario: En esta materia pueden ocurrir innumerables delitos como el despojo de parcelas, otros ilícitos en materia de ejidos que derivan conflictos como lesiones, homi9cidios, etc.
Derecho del Trabajo: Las relaciones laborales dan origen al surgimiento de diversos delitos, como fraude en materia de salarios, de asensos, plazas y prestaciones diversas, además de lesiones, homicidio, etc. De trabajadores y patrones.
Derecho Fiscal: En materia impositiva, es frecuente la defraudación fiscal y otros delitos especiales contemplados en el propio código fiscal de la Federación.
Derecho Internacional: existen delitos en materia Internacional que son objeto de estudio de esta rama del Derecho; incluso, el titulo segundo del C. P. D. F. Los contempla. También se habla de un Derecho Penal Internacional así como de un Derecho Internacional Penal.
Derechos Humanos: Son los inherentes a la naturaleza humana sin los cuales no se puede vivir como ser humano. En su aspecto positivo, son los que reconoce la C. P. E. U. M. Y los que se recogen en los pactos, convenios y los tratados Internacionales suscritos y ratificados por México.
- Relación del Derecho Penal con otras Ciencias:
- La relación que guarda el Derecho Penal con otras ramas jurídicas así como otras ciencias y disciplinas, es importante porque resultan indispensables en un momento dado para resolver situaciones que se presentan en el Derecho Penal.
Dicho de otra manera, el derecho penal: es el conjunto sistemático de principios relativos al delito, a la pena y a las medidas de seguridad.
- La Criminalística: Está constituida por un conjunto de conocimientos heterogéneos encaminados al hallazgo de los delincuentes, al conocimiento del modus operandi del delito y al descubrimiento de las pruebas y de los procedimientos para utilizarlas.
Se trata de diversas ciencias y artes para investigar los delitos y descubrir a los delincuentes.
- La Política Criminal: Es la ciencia conforme a la cual el Estado debe realizar la prevención y la represión del delito.
Es el aprovechamiento práctico por parte del gobierno, de los conocimientos adquiridos por las ciencias penales, a fin de dictar las disposiciones pertinentes para el logro de la conservación básica del orden social.
7 Reglas de oro.
Estudian el nexo entre el delito y los factores que influyen en su producción.
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Filosofía: En esta área del conocimiento humano, no jurídica, existen fundamentos que dan luz al Derecho Penal, como la valoración de determinados bienes jurídicos tutelados por el Derecho Penal, argumentaciones de la pena de muerte, etc.
La axiología es esencial para el Derecho Penal.
Sociología: El comportamiento criminal, el comportamiento y la pena, tienen en su explicación un fundamento sociológico.
Con base en la sociología es posible entender y quizá prever el delito y ciertas conductas que, sin llegar a ser delictivas, afectan seriamente a la sociedad.
El estudio del grupo social y su comportamiento es vital para el Derecho Penal y ciencias afines.
Psicología: Mediante las aportaciones de la Psicología es posible analizar el comportamiento humano para entender el porqué del delito. En materia Procesal, el estudio de la personalidad del delincuente se basa en la Psicología. El estudio del carácter, del temperamento y la personalidad es esencial para comprender al hombre en su manifestación externa de comportamiento. Los Artículos 51 y 52 del C. P. D. F. Contemplan la posibilidad de tener en cuenta las circunstancias personales del sujeto, como los aspectos psicológicos.
Psiquiatría: La aportación de esta ciencia en materia Penal es de valor incalculable, pues ayuda al juez a resolver los problemas derivados de la comisión de delitos por parte de inimputables. Ocasionalmente, el privado de la libertad por una sentencia pierde la razón, por lo que se requiere la intervención de especialistas en esta área.
Medicina Forense: Esta rama de la medicina general coadyuva en la investigación de determinados delitos, como lesiones, aborto, infanticidio, homicidio y algunos sexuales principalmente, con lo cual logra una adecuada y más justa administración de justicia, pues esclarece las dudas que se le presentan al Derecho Penal.
Criminalística: Al igual que la medicina forense, esta disciplina, basada en conocimientos científicos, es de una ayuda invaluable en la investigación del delito. Balística, dactiloscopia y retrato hablado son algunos ejemplos de las aportaciones de esta disciplina.
Criminología: Ciencia no jurídica, perteneciente al mundo del "ser" y que estudia la conducta antisocial y el delito, así como el autor de este, desde un punto de vista distinto del normativo, se considera básica en el análisis del Derecho Penal, pues permite examinar las causas del delito y la personalidad del delincuente.
Es común la confusión entre Derecho Penal y Criminología: el primero es una ciencia jurídica (normativa), en tanto que la segunda no lo es; aquel se ocupa del delito y de la pena como entidades jurídicas, mientras que la segunda realiza un enfoque sociológico, antropológico, biológico y psicológico del sujeto y de su comportamiento, así como de su prevención y readaptación.
- Evolución del Derecho Penal:
- Etapa de la venganza: comprende cuatro sub etapas: privada, familiar, divina o religiosa, pública.
- Privada: Era conocida también como venganza de sangre, en donde el ofendido se hacía justicia por sí mismo, donde el afectado ocasiona un daño igual
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