Acuerdo de Fianza
Enviado por klimbo3445 • 31 de Agosto de 2018 • 7.974 Palabras (32 Páginas) • 358 Visitas
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Sección 3.03 Renuncia. El Fiduciario Propietario puede renunciar en cualquier momento al notificar por escrito con 30 días de anticipación dicha renuncia al Fideicomitente. Dicha renuncia sólo surtirá efecto cuando se designe a un Fiduciario Propietario sucesor conforme a la Sección 3.04, con lo cual todos los poderes, derechos y obligaciones del Fideicomisario Cedente dimanante de este Contrato de Fideicomiso (excepto los derechos establecidos en la Sección 3.08, Honorarios y Compensación) Cesen y terminen. No obstante lo anterior, cuando el Dueño Fiduciario determine razonablemente que ya no tiene información de contacto confiable para que el Fiduciario permita que el Fiduciario Propietario cumpla plenamente con sus obligaciones bajo el Artículo 4, el requisito de que un fideicomisario sucesor sea nombrado antes de que la Renuncia Y la renuncia del Administrador Fiduciario puede entrar en vigor sin ningún nombramiento de un fideicomisario sucesor.
Sección 3.04 Fiduciario Propietario Sucesor. Inmediatamente después de recibir un aviso de renuncia del Fiduciario Propietario de acuerdo con la Sección 3.03, un fideicomisario sucesor será nombrado por un instrumento escrito firmado por un oficial debidamente autorizado del Fideicomitente y el fideicomisario sucesor deberá ejecutar y entregar al predecesor Dueño Trustee un Instrumento que acepte dicho nombramiento. Dicho fideicomisario sucesor será un Ciudadano de los Estados Unidos y asumirá todos los poderes, derechos y obligaciones de dicho Fiduciario Propietario de aquí abajo inmediatamente después de la renuncia de dicho Fiduciario Propietario entrando en vigencia. Dicho sucesor, al mismo tiempo que dicho nombramiento, deberá presentar una Declaración Jurada con la FAA y todos los otros documentos requeridos por la ley para ser archivados en relación con los mismos. Si el Fideicomitente no ha nombrado a un Fiduciario Propietario sucesor dentro de los 30 días posteriores a dicha renuncia o remoción, el Fiduciario Propietario puede solicitar a cualquier tribunal de jurisdicción competente que designe a un Fideicomisario Propietario sucesor para que actúe hasta el momento, O sus sucesores deberán haber sido nombrados por el Fiduciario según lo dispuesto anteriormente. Todo Fideicomisario titular sucesor así nombrado de inmediato y sin más acto será reemplazado por cualquier Fideicomisario Propietario sucesor designado por el Fiduciario según lo dispuesto anteriormente.
Sección 3.05 Fusión. Cualquier corporación en la cual Fiduciario Propietario pueda fusionarse o convertirse o con la cual pueda ser consolidada, o cualquier corporación resultante de cualquier fusión, conversión o consolidación a la cual Fiduciario Propietario será una parte, o cualquier corporación a la cual sustancialmente todo el negocio de fideicomiso corporativo Del Fideicomisario Propietario podrá ser transferido, sujeto a los términos de la Sección 3.04, ser Fiduciario Propietario sin acto adicional.
Sección 3.06 Declaraciones de impuestos. El Fiduciario Propietario mantendrá todos los libros y registros apropiados relacionados con el recibo y desembolso por él de todos los fondos bajo este Acuerdo de Fideicomiso o cualquier acuerdo contemplado por este medio. El Fideicomitente preparará todas las declaraciones de impuestos requeridas para ser presentadas con respecto al fideicomiso por el presente y el Fideicomisario Propietario proporcionará al Fiduciario toda la información que razonablemente se requiera del Fiduciario Propietario en relación con la preparación de dicho impuesto devoluciones. El Fiduciario Propietario ejecutará y archivará las declaraciones de impuestos según lo preparado por el Fiduciario.
Sección 3.07 Vacantes. Si se produce alguna vacante en La posición de Fiduciario Propietario por cualquier motivo, incluyendo, sin limitación, remoción, renuncia, pérdida de la ciudadanía de los Estados Unidos o la incapacidad o negativa de dicho Fiduciario Propietario para actuar como Fiduciario Propietario, la vacante se llenará de acuerdo con la Sección 3.04.
Sección 3.08 Tasas; Compensación. El Fiduciario Propietario recibirá del Fideicomitente como compensación por los servicios del Fiduciario Propietario conforme a lo estipulado en el presente, los honorarios que hasta ahora y de vez en cuando en el futuro se acuerden por el Fiduciario Propietario y el Fideicomitente y serán reembolsados por el Fiduciador por todos los costos y gastos razonables Incurrido o hecho por él de acuerdo con cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo de Fideicomiso. Si ocurre un evento de incumplimiento bajo cualquier Arrendamiento, el Fiduciario Propietario tendrá derecho a recibir una compensación razonable por sus responsabilidades adicionales, y el pago o reembolso por sus gastos. El Fiduciario Propietario tendrá un gravamen sobre el Patrimonio del Fideicomiso, antes de cualquier interés en el mismo del Fideicomitente, para asegurar el pago de tales honorarios y gastos.
Sección 3.09 Ningunos Derechos. El Fiduciario Propietario no tendrá ninguna obligación (i) de velar por cualquier seguro en la Aeronave o mantener dicho seguro, (ii) para asegurar el pago o la descarga de cualquier impuesto, tasación u otro cargo gubernamental o cualquier gravamen o gravamen de cualquier (Siempre y cuando, sin embargo, el Fiduciario Propietario no cree, permita o exista ningún gravamen o gravamen sobre cualquier parte de la Aeronave que resulte de reclamaciones contra el Fideicomisario Propietario no relacionadas con su (Iii) confirmar o verificar cualquier notificación o informe, (iv) inspeccionar la Aeronave en cualquier momento o averiguar el desempeño o observancia de cualquiera de los Arrendatarios o Fiduciarios de sus pactos bajo cualquier Contrato de Arrendamiento, o (V) excepto como se establece en este documento, para ver cualquier grabación o ver el mantenimiento de cualquier registro o presentación ante la FAA u otra agencia gubernamental.
Sección 3.10 Estado de las cantidades recibidas. Todos los fondos recibidos por el Fiduciario Propietario bajo o de conformidad con cualquier provisión de este Convenio de Fideicomiso constituirán fondos fiduciarios para el propósito para el cual se pagan o se mantienen, y serán segregados de cualquier otro dinero y depositados por Fiduciario Propietario en las condiciones que puedan ser Prescrito o permitido por la ley para los fondos fiduciarios. Sección 3.11 Fiduciario propietario puede confiar. El Fiduciario Propietario no incurrirá en responsabilidad alguna con nadie en actuar o abstenerse de actuar sobre cualquier firma, instrumento, aviso, resolución, solicitud, consentimiento, orden, certificado, informe, opinión, fianza u otro documento o documento razonablemente creído por
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