Derecho bancario y bursátil “DIAGRAMA DE FLUJO”
Enviado por Sandra75 • 7 de Septiembre de 2018 • 1.454 Palabras (6 Páginas) • 663 Visitas
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Los montos, plazos, regímenes de amortización y en su caso periodos de gracia de los financiamientos deberán tener una relación adecuada con la naturaleza de los proyectos de inversión y con la situación presente y previsible de los acreditados.
Ahora bien, el Derecho Bancario tiene diversas fuentes entre las cuales podemos destacar, la constitucional, primarias y las supletorias.
FUENTE CONSTITUCIONAL: La fuente Constitucional del Derecho Bancario la encontramos en el artículo 73 fracción de nuestra carta magna y a su letra dice:
“X.-Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear, y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del Artículo 123;”
FUENTES PRIMARIAS: estas están dotadas de eficacia normativa pero son de carácter inferiores a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ahora recordemos que no existe Ley, Reglamento, etc. Superior a la constitución.
Algunas de ellas son:
- Ley Orgánica de la Banca de Desarrollo;
- Ley de Protección al Ahorro Bancario ;
- Reglamentación de las Autoridades Financieras;
- Ley de Instituciones de Crédito.
FUENTES SUPLETORIAS: La Ley de Instituciones de Crédito en su artículo 6º. expresamente nos menciona lo siguiente:
“6o.- En lo no previsto por la presente Ley y por la Ley Orgánica del Banco de México, a las instituciones de banca múltiple se les aplicarán en el orden siguiente:
I. La legislación mercantil;
II. Los usos y prácticas bancarios y mercantiles,
III. La legislación civil federal.
IV. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto de la tramitación de los recursos a que se refiere esta Ley, y
V. El Código Fiscal de la Federación respecto de la actualización de multas.
Las instituciones de banca de desarrollo, se regirán por su respectiva ley orgánica y, en su defecto, por lo dispuesto en este artículo.”
A manera de conclusión podemos comentar que el Derecho Bancario son el conjunto de disposiciones que regulan todo aquello que se relaciona con la banca.
El Derecho Bancario a través de la historia ha tenido un desarrollo sobresaliente pasando por cada una de sus etapas históricas y a partir del año 1783 cuando las empresas financiaras comienzan con sus inversiones que marca el inicio de el Derecho Bancario, ahora en este orden de ideas es sobresaliente remarcar que el Derecho Bancario es realmente de suma importancia ya que todas las personas estamos cada día en contacto directo con el Sistema Financiero, ya sea que contenía con algún tipo de crédito o solo con el hecho de adquirir algo por medio de la moneda y sin estas disposiciones (Derecho Bancario), no existiría un control e imperaría un caos total en el Sistema Financiero, tanto local como Internacional.
BIBLIOGRAFIA
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- http://www.expansion.com/diccionario-economico/derecho-bancario.html
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