Empresa LIVE S.A. DE C.V.
Enviado por tolero • 2 de Marzo de 2018 • 3.999 Palabras (16 Páginas) • 311 Visitas
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VISION:En un futuro, para un 2023 se quiere tener una empresa establecida que pueda distribuir nuestro producto a nivel mundial. Nuestra meta es con el fin de poder disminuir problemas que el sol causa a las personas que no tienen medio de transporte. Al paso del tiempo queremos mejorar nuestro producto para que sea de mayor comodidad a la sociedad.
OBJETIVOS:
CORTO PLAZO: Vender 100 productos al mes
MEDIANO PLAZO: Aumentar el 8% de ventas del producto a 4 años
LARGO PLAZO: Establecer una empresa que distribuya el producto
Recursos humanos
Perfiles del trabajador
Asistente:
- Tener de 18 a 25 años
- soltero
- sexo masculino o femenino
- Experiencia de dos años
- carta de recomendación.
Gerente de Operaciones:
- Tener de 22 a 30 años
- Actitud dura ante situaciones necesarias,
- Ser totalmente responsable.
- ser soltero(a)
- Tener grado de estudio superior y licenciatura terminada.
- Puede ser masculino o femenino.
Gerente General:
- Tener de 25 a 35 años
- Buena presentación
- Que sea duro ante situaciones necesarias
- Que sea responsable
- Que tenga maestría
- Carta de recomendación.
Obrero
- Tener de 18 a 30 años de edad
- Ser soltero
- Ser masculino o femenino
- Tener la preparatoria terminada
- Con solicitud de empleo
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Contratación
- Formas de contratación o clausulas especiales (patentes)
- Tipo de contrato
-Para los asistentes el contrato ser definido con un plazo de 10 meses al concluir con ese plazo deberá renovar su contrato o dejar las instalaciones
-Para los demás trabajadores su contrato será indefinido ya que necesitamos gente de confianza y duradera
Clausulas
- Al trabajador le queda prohibido mencionar o decir cada uno de los procedimientos que se llevaran a cabo en las instalaciones.
- El trabajador deberá dar un recorrido a lo largo de las instalaciones
- Deberá obedecer cada una de las normas que se le dictan.
Derechos y obligaciones del trabajador
i.- cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;
ii.- pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento;
iii.- proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquellos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. el patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo;
iv.- proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, siempre que deban permanecer en el lugar en que prestan los servicios, sin que sea licito al patrón retenerlos a título de indemnización, garantía o cualquier otro. el registro de instrumentos o útiles de trabajo deberá hacerse siempre que el trabajador lo solicite;
v.- mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposicion de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos. La misma disposicion se observara en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo;
vi.- guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato de palabra o de obra;
vii.- expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido;
viii.- expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios;
ix.- conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, a que se refiere el artículo 5O., de la constitución, cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo;
x.- permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del estado, siempre que avisen con la oportunidad debida y que el número de trabajadores comisionados no sea tal que perjudique la buena marcha del establecimiento. el tiempo perdido podrá descontarse al trabajador a no ser que lo compense con un tiempo igual de trabajo efectivo. cuando la comisión sea de carácter permanente, el trabajador o trabajadores podrán volver al puesto que ocupaban, conservando todos sus derechos, siempre y cuando regresen a su trabajo dentro del término de seis años. los substitutos tendrán el carácter de interinos, considerándolos como de planta despues de seis años;
xi.- poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse;
xii.-
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