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Estatuto del Círculo de Estudio “Visión Empresarial”

Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  1.870 Palabras (8 Páginas)  •  298 Visitas

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Art. 16º La Junta directiva podrá reelegirse, Actualmente la Presidencia, será elegido por votación en asamblea general por un periodo de 1 año; la Vice - Presidencia, Secretaria General y la Tesorería deberá evaluarse por cada ciclo por votación en Asamblea General, para determinar su reelección, los cargos de Vocales serán ocupados por personas de confianza y elegidos a criterio interno de la Junta Directiva.

Art. 17º Son atribuciones de la Junta Directiva:

- Velar por el estricto cumplimiento del Estatuto interno del Círculo de Estudios.

- Apoyar a los miembros en sus proyectos y actividades que programen en forma individual o grupal.

- Construir las comisiones que considere necesarias, para diversas actividades.

- Elaborar y Presentar a la Asamblea el plan de Trabajo y el balance económico, por ciclo.

- Dar a conocer a la Asamblea General las medidas más eficientes para la buena marcha del Círculo de Estudios.

- Amonestar y sancionar a los miembros por la inobservancia de conducta adecuada en el Circulo o cumpliendo de actividades.

- Atender los pedidos y reclamos de los miembros dentro de los alcances del presente Estatuto.

Art. 18º Del Presidente: Corresponden al Presidente del Círculo de Estudios

- Representar al Círculo de Estudios en todos los actos oficiales

- Supervisar a las comisiones ejecutivas sobre las actividades encomendadas

- Informar ante la asamblea sobre el proceso y manejo Círculo de Estudios

- Incentivar al desarrollo intelectual, técnico y científico de cada uno de sus miembros

- Velar por el cumplimiento del estatuto y todo lo que concierne a los Fines del Circulo

- Rendir cuenta de la gestión al final de su mandato

Art. 19º Del Vicepresidente: Corresponden al Vicepresidente Presidente del Círculo de Estudios

- Remplazar al presidente en caso de licencia, impedimento y otros

Art. 20º Del Secretario: Corresponden al Secretario del Círculo de Estudios

- Tener a su cargo y mantener al día los Libros de Actas y demás documentos de la Asamblea General.

- Servir de Secretario en las sesiones de la Junta Directiva como de la Asamblea General

- Elaborar los cronogramas de actividades en coordinación con los miembros de la junta directiva para su posterior aprobación en la asamblea general

- Emitir y recepcionar la documentación del círculo

Art. 21º Del Tesorero: Corresponden a la Tesorera del Círculo de Estudios

- Recaudar las cuotas acordadas por el círculo de estudios

- Sustentar la Información económica y financiera ante la asamblea para la aprobación de la Asamblea

- Mantener al día los registros contables

- Conservar y Proteger los soportes y demás documentos contables y financieros

- Firmar, suscribir y autorizar todos los cheques y demás elementos correspondientes al movimiento económico y/o bancario, así como la apertura de cuentas corrientes y cuentas de ahorros.

CAPÍTULO V

DE LAS ASAMBLEA

Art. 22º Las Asamblea Generales, podrán ser Ordinarias y Extraordinarias. Las primeras, se realizarán cuatro veces cada mes y las otras cuando lo requieran la Junta Directiva o lo solicitado a la mitad más uno de sus miembros, o en caso de necesidad a sola convocación de la Junta Directiva el lugar será acordado previamente.

CAPÍTULO VI

DE LAS CUOTAS

Art. 23º Las cuotas ordinarias y extraordinarias serán fijadas por la Asamblea General.

- Las cuotas ordinarias serán de 10 soles mensuales.

- Las cuotas será recaudadas por Tesorería cada primer día del mes.

- El informe de rendición de cuentas será después de 2 días de recaudado las cuotas ordinarias.

- Las cuotas extraordinarias se realizara en un día establecido a través de asamblea general.

Art. 24º Las cuotas serán recaudadas una vez al mes por Tesorería en una fecha establecida en Asamblea General.

Art. 25° Las cuotas recaudadas serán rendidas a la junta directiva mediante un informe.

Art. 26º El objetivo de las cuotas son para financiar actividades del Círculo, saldar gatos administrativos y otros.

Art. 27º El Art 23°, entraran en vigencia a partir del Ciclo 2015 - II

CAPÍTULO VII

DE LAS ACTIVIDADES

Art. 28º Las Actividades que realice el círculo de estudios, tendrán que estar de acorde a los fines contemplados en el presente Estatuto.

Art. 29º Los Fondos que puedan recaudarse mediante las actividades, serán de uso exclusivo del Círculo de Estudios. Su finalidad será para el crecimiento de la misma y financiar actividades, salvo previos acuerdos de la Asamblea General.

CAPÍTULO VIII

DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Art. 30º Las sanciones a imponerse son los siguientes:

- Amonestación.

- Inhabilitación para el ejercicio de miembro.

- Destitución del cargo o mandato.

- Expulsión del seno del Círculo de Estudio.

Art. 31º La amonestación procederá:

- Por demostrar conducta contradictoria

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