LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Y CONTABILIDAD.
Enviado por Albert • 23 de Abril de 2018 • 3.951 Palabras (16 Páginas) • 442 Visitas
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- OBJETIVOS GENERALES
Comprender el rol de las sociedades cooperativas dentro del ámbito legal, económico y financiero de un país, analizando los puntos importantes para su creación y desunión.
- OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- Comprender el concepto y características principales de las sociedades cooperativas.
- Examinar la forma en que interrelacionan los distintos órganos de la cooperativa.
- Analizar el funcionamiento y reglamentación en general de las sociedades cooperativas en Panamá.
- JUSTIFICACIÓN
El estudio surge de la necesidad de ampliar y conocer sobre el tema Sociedades Cooperativas propuesto en clase, puesto a que nivel universitario es muy poco investigado.
Por las razones mencionadas surge la necesidad de incrementar de manera documental, cuan eficaz puede ser esta herramienta para el emprendimiento de las personas naturales.
De manera adicional podemos destacar que la siguiente investigación brinda asesoría sobre las interrogantes que surgen a raíz del escepticismo existente en la instauración de una sociedad cooperativa.
CAPÍTULO
II
MARCO TEÓRICO
2.1 CONCEPTO
Es una sociedad mercantil, con denominación, de capital variable fundacional, representado por certificados de aportación nominativos, suscritas por cooperativistas que responden limitadamente, salvo responsabilidad suplementada, cuya actividad se desarrolla en su beneficio. Cabe mencionar que la Sociedad Cooperativa se rige por su propia ley.
La cooperativa es una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Estas sociedades son útiles para empresas que tengan por objeto la colaboración de sus socios para el logro de un objetivo común, sobre la base de la ayuda mutua y de la creación de un patrimonio común irrepartible.
Según la LEY DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS LEY Nº 38/980 (del 22 de octubre de 1980) en su Artículo Nº 1 dispone lo siguiente:
Las cooperativas son asociaciones formadas por personas naturales que, sin perseguir fines de lucro, tienen por objeto planificar y realizar actividades de trabajo o de servicio, de beneficio económico y social, encaminadas a la producción, distribución y consumo cooperativo de bienes y servicios con la aportación económica, intelectual y moral de sus asociados.
2.2 REQUISITOS Y FORMA DE CONSTITUCIÓN
La creación de una cooperativa en Nuestro país se realiza a través del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (IPACOOP) creado mediante la LEY 24 del 21 de julio de 1980.
Entre los procedimientos para organizar una cooperativa en Panamá tenemos los siguientes:
- Solicitud del grupo
El grupo interesado debe enviar una nota al IPACOOP adjuntando una lista con el nombre completo, número de cédula y firma de los integrantes que no pueden ser menos de 20 personas.
- Identificación del grupo
Se realiza una reunión con el grupo interesado. Un técnico designado por el IPACOOP, evalúa al grupo y elabora un informe.
- Reunión preliminar con el grupo
En una jornada de trabajo con el grupo interesado, se presentan formalmente los resultados de la reunión anterior. De ser viable, se continúa con el proceso de organización, se elige el comité pre - cooperativo y se nombran las comisiones de trabajo para elaborar el estatuto y el estudio de viabilidad socioeconómica.
- Seminario básico
Se requiere un mínimo de 20 horas y el grupo es quien organiza la actividad. El IPACOOP asigna un técnico o varios para dicha actividad y la participación debe ser de 20 personas como mínimo.
- Evaluación del grupo
Concluida la fase de capacitación, el IPACOOP evalúa el avance del grupo.
- Asamblea constitutiva
Se da la asesoría y posteriormente se realiza la asamblea constitutiva con la participación de los que asistieron al seminario básico.
Las sociedades cooperativas deberán ser constituidas en Asamblea General que celebrarán todos aquellos interesados, siempre y cuando su número no sea menor de veinte (20), en dicha Asamblea se aprobará:
- el estatuto de la asociación debe contener:
- Su nombre el cual deberá intercalarse entre la palabra "Cooperativa" y las iniciales "R.L." o "R.S."
- Su domicilio;
- El objeto de la asociación, expresando concretamente cada una de las actividades que se proponga desarrollar y su posible campo de operaciones;
- Los nombres y apellidos, nacionalidad, domicilio, profesión u oficio y número de certificados de aportación suscritos de cada uno de los fundadores;
- Los deberes y derechos de los asociados, debiéndose garantizar la absoluta igualdad entre ellos (en las cooperativas de trabajo dichos derechos no podrá perderlos el trabajador por el solo hecho de su cesantía obligada durante un término no mayor de tres (3) meses);
- Las condiciones de admisión y retiro voluntario y las causas de exclusión de los asociados;
- Las correcciones disciplinarias aplicables a los asociados;
- Especificación del porcentaje máximo de certificado de aportación que cada asociado puede poseer;
- La forma de pago y reintegro de los certificados de aportación;
- La forma de constituir, incrementar o reducir el capital social;
- La forma de evaluar los bienes o derechos que se hubieren aportado;
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