Las grandes Transacciones moneda extranjera nic 21
Enviado por Ledesma • 17 de Noviembre de 2018 • 1.844 Palabras (8 Páginas) • 580 Visitas
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Informacion sobre las transacciones en moneda extranjera en moneda funcional:
Reconocimento inicial: una transacción en moneda extranjera es toda transacción cuyo importe se realiza en moneda extranjera donde la entidad:
- Compra o vende bienes o servicios cuyo precio es expresado en moneda extranjera.
- Presta o toma prestados fondos.
- Recibe o posee activos, o bien incurre o liquida pasivos, cuando estas operaciones se realicen en moneda extranjera.
Será objeto de registro toda transacción en moneda extranjera desde su reconocimiento inicial, convirtiéndola a moneda funcional tomando en cuenta la tasa de cambio respectiva. Si la o las tasas de cambios no varian demasiado puede utilizarce un promedio semanal o mensual en la conversión de las transacciones, sin embargo, si la fluctuación de las tasas de cambios seria inadecuado establecer un promedio.
Informacion al final de los periodos posteriores sobre los que se informa: Al final de cada periodo:
- Las partidas monetarias en moneda extranjera se convertirán utilizando la tasa de cambio de cierre;
- Las partidas no monetarias medidas por su costo histórico se convertirán utilizando la tasa de cambio vigente en la fecha de la transacción.
- Las partidas no monetarias que se midan al valor razonable en una moneda extranjera se convertirán utilizando la tasa de cambio vigente de la fecha en que se determina este valor razonable.
Para determinar el importe en libros de una partida se deberán aplicar las reglas de su respectiva norma que sean útiles, si dicho importe se realiza en moneda extranjera se tomaran en cuenta los parámetros de esta norma. Sin embargo algunas partidas se determinaran comparando:
- El costo o importe en libros ( según convenga ) convertidos a la misma tasa de cambio
- El valor neto realizable o el importe recuperable (según convenga) convertidos a la misma tasa de cambio.
Esta comparación puede arrojar una perdida por deterioro en la moneda funcional, que podría no ser objeto de reconocimiento en la moneda extranjera, o viceversa. Se utilizara el tipo de cambio con el que se puedan liquidar los flujos de efectivo y cuando se pierda temporalmente la posibilidad de transar con dos monedas en el mercado la tasa a utilizar será la primera con la que se opere la fecha inmediatamente siguiente en la que se retomen las negociaciones con divisas.
Reconocimiento de las diferencias de cambio: Las diferencias de cambio que surjan al liquidar o al convertir las partidas monetarias a un tipo diferente de su reconocimiento inicial no será determinante si se produjeron durante el periodo en que se informa o en un periodo previo ya que se reconocerá en el resultado del periodo en que aparezcan con algunas excepciones que se presentaran mas adelante. Nos encontraremos con una diferencia de cambio cuando una transacción en moneda extranjera reciba un cambio en su tasa de cambio entre la fecha de la transacción y la fecha de liquidación. Cuando la transacción se liquide en un mismo periodo se reconocerá en el mismo. Si la transacción y la liquidación ocurren en periodos distintos la tasa de cambio se determinara a partir de la variación de las tasas de cambio en ambos periodos.
A su vez, en otro resultado integral también se reconocerán cada perdida o ganancia proveniente de una partida no monetaria. Por el contrario, cuando dichas perdidas o ganacias derivadas de una partida no monetaria se reconozca en los resultados del periodo, cualquier diferencia de cambio, también se reconocerá los resultados del periodo. Las diferencias de cambio derivadas de una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero de la entidad que informa serán reconocidos en los resultados de los estados financieros separados de la entidad que informa o en los estados financieros del negocio en el extranjero, según convenga. Si el negocio en el extranjero es una subsidiaria de la entidad que informa las diferencias de cambio se reconocerán inicialmente en otro resultado integral y posteriormente llevadas de patrimonio a resultados cuando se realice la disposición del negocio en el extranjero. Si la entidad lleva su contabilidad en una moneda distinta de su moneda funcional y proceda a armar sus estados financieros, deberá transformar todos y cada uno de los importes a su moneda funcional debido a lo establecido anteriormente en esta norma.
Cambio de moneda funcional: Al efectuarse un cambio de moneda funcional la entidad aplicara los cambios procedentes de la conversión aplicables a su nueva moneda funcional de manera prospectiva desde la fecha de cambio. Solo se realizara un cambio en la moneda funcional cuando se produzca un cambio (valga la redundancia) en los precios de venta de los bienes y servicios que influya sobre los mismos de manera determinante. Los importes resultantes de la conversión anteriormente explicada, en el caso de partidas no monetarias, se consideraran como sus correspondientes costos históricos.
Utilizacion de una moneda de presentancion distinta de la moneda funcional:
Conversion a la moneda de presentación: si la entidad presenta estados financieros en una moneda distinta a la moneda funcional, esta deberá convertir sus resultados y situacion financiera en una moneda única de presentación, es decir, su moneda funcional, para de esta manera poder presentar estados financieros consolidados. Los resultados
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