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ORDEN PUBLICO ECONOMICO

Enviado por   •  25 de Enero de 2018  •  14.312 Palabras (58 Páginas)  •  452 Visitas

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Una forma clara dever si un sistema económico centralizado no está siendo eficiente es observar cómose comporta el mercado informal y cuál es la diferencia del valor oficial y del valor informal, eso ha hecho también que esos mercados oficiales y regulados finalmente queden obsoletos o caigan por su propio peso, pues las mismas personas buscan que esa decisión centralizada no les puede dar.

Si bien un sistema económico centralizado logra buscar un bienestar colectivo donde todos logren a un bienestar centralmente diseñado no es a partir de las decisiones individuales.

Los sistemas mixtos lo que tratan de hacer es reducir en la medida de lo posible todas esas ineficiencias de los sistemas económicos centralizados para maximizar una eficiencia social, una eficiencia de un bienestar social donde se consideren las decisiones individuales y las priorizaciones y decisiones individuales, pero solo basta el punto en que no se contrapongan al de otras personas y se establecen ciertos tipos de limitaciones a estas transacciones de mercado, no son mercados libres del todo pero la orientación de las decisiones es menos forzada que en un sistema centralizado, hay distintos niveles de coerción en como tomar las decisiones económicas, siguen siendo individuales pero pueden ser influenciadas, sugeridas, requisitos mínimos, obligaciones mínimas o pueden ser reglas de cumplimiento obligatorio. Todo ese espectro en forma de guiar las decisiones económicas individuales son las que van a construir un sistema económico mixto y tendremos tanto sistemas mixtos como países tengamos y a la vez son sistemas evolutivos.

Cada vez que se identifica algún problema económico dentro de este sistema hay herramienta para tratar de corregir y estas son jurídicas, la forma de implementar obligaciones es a través de normas jurídica y por eso OPE es el que nos va a poder definir si ciertas soluciones son posibles jurídicamente hablando o no, para este país en esta situación. Cuando revisamos como se configura en Chile como sistema económico está al lado de libre mercado, del centro a libre mercado y esto queda establecido en la constitución donde se privilegia en bienestar individual por sobre el social. Estamos en un sistema libre donde cada uno actúa en base a sus propios intereses. Como no hay texto expreso, los ppios también son evolutivos y no es un ppio sino que varios y cada uno se articula con el resto para formar un puzzle donde nos vamos a mover en este espectro, ahora si hay pilares básicos, ¿cómo podemos descartar que estamos en el lado centralizado del espectro? El articulo uno inciso primero de la constitución. La empresa entendida en el concepto económico, es la organización destinada a producir bienes y servicios y se les reconoce la autonomía de tomar ciertas decisiones. Otro aspecto también es el ppio de subsidiariedad porque se relaciona con el artículo mencionado, el estado interviene en la medida que sea posible, el estado se abstiene de sustituir a las empresas cuando cumplen con sus fines, no se entrometen cuando los particulares hacen bien sus objetivos, y se meten cuando se requiera para resolver o implementar una necesidad que se defina también como de interés colectivo como de interés público pero no sea posible lograr con la libre transferencia de bienes y servicios y los casos típicos son cuando ocurren externalidades, al haberlas no adopta la decisión optima de cuando producir porque no es capaz de incorporar todos los costos o servicios que implica producir ese bien. Un ejemplo es como ocurre con la salud porque no hay suficientes clínicas privadas y no mucha gente puede pagarlas o lo mismo con la educación, hay tmb externalidades positivas para implementar la mejor salud para el país, esas externalidades no las capta una clínica privada y por lo tanto entregado simplemente a la decisión privada de cuanta oferta de salud producir seria corto y el estado provee salud al sector de la población que no puede pagar una clínica privada.

Ante derechos garantizados constitucionalmente en que el mercado privado no es capaz de otorgar respuestas suficientes para cumplir con esos derechos o garantías se genera una obligación pública para proveer y así tenemos en salud, educación, medio ambiente, etc.

Otro pilar básico de los sistemas económicos tenemos en nuestra constitución y que no forma parte del lado de los sistemas centralizados es la propiedad privada, si estamos intercambiando bienes y servicios estos deben ser de alguien para venderse y son producción no privada, no se puede cobrar por vender si es que yo me apropio de lo que es de otro en nuestro sistema es un delito. En un sistema centralizado eso no solo no es delito sino que es un elemento básico para que funcione, usted va a producir 25mil autos este año (parte del plan quinquenal) y de esos yo repartiré a ciertas personas, no hay transacciones ni mercado y a la persona que le entregaron el auto lo autorizan para que se quede con el auto y no lo venda, entonces la existencia de mercado requiere que exista propiedad privada, si no la hay no hay mercado, al punto extremo de que a quien le roben al notebook lo voy a revender y le van a dar algo a cambio de eso. En la medida de que hay una protección a la propiedad privada y un reconocimiento, también nos va amarcar en que segmento de este espectro estamos y en nuestra constitución el numeral 24 del 19 tenemos establecido la garantía al derecho de propiedad y su protección, si el estado le quita a alguien sus bienes será sancionado, ese es el régimen mínimo de la propiedad privada en chile y ese mínimo nos pone al lado derecho del espectro, incluso en países europeos ese mínimo no está garantizado. Si es que el estado requiere tomar ciertos bienes privados para realizar obras públicas o proveedor de servicio públicos, la indemnización no está asegurada y no tiene el mismo oficio y no está garantizado el mismo nivel de protección.

Características de que estamos al lado derecho del espectro (centro derecha)

- Autonomía de las organizaciones intermedias

- Subsidiariedad

- Propiedad privada

- Estado se limita a qué tipo de restricciones a la libertad económica puede poner

¿Cómo funciona o cuales son los límites a esa autonomía? El estado no se mete para prohibírselos, los bienes que produzcan serán suyos.

El estado se ha limitado a respetar la autonomía y si no lo hace hay sanciones a no inmiscuirse en el desarrollo de actividades individuales, a respetar la propiedad privada salvo en casos excepcionales y a no limitar la libertad

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