Proesa ETAPA DE INFORMAR
Enviado por Albert • 27 de Diciembre de 2017 • 3.793 Palabras (16 Páginas) • 309 Visitas
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No es impedimento para la determinación de la base imponible, la omisión o plazo de pago del precio o de la remuneración convenida entre las partes. (Art. 47 LIVA).
- Bases imponibles especificas
Sin perjuicio de la regla general establecida en el artículo anterior y de la contenida en el artículo 199-A del CT, la Base imponible específica de las operaciones que constituyen los diferentes hechos generadores del impuesto es la que a continuación se señala:
- En las importaciones e internaciones se tomara como base imponible, la cantidad que resulte de sumar al valor CIF o Valor aduanero, los derechos arancelarios y los impuestos específicos al consumo que correspondan .En ningún caso el presente impuesto(IVA) formara parte de la Base imponible . (Art.48 LIVA)
MERCANCIAS EN TRANSITO.
Es normal que el proceso de compras de mercancías provenientes del exterior dure algún tiempo, usualmente meses, entre la cotización o solicitud de la mercancía inicial la disposición física final de las mismas en las bodegas del comprador y su registro en las cuentas auxiliares respectivas de la cuenta control de inventarios, para su uso en el proceso de conversión o para su venta final. El proceso puede incluir la apertura de una carta de crédito, la cual ocasiona algunos gastos bancarios iniciales; el anticipo en efectivo de un porcentaje del valor total de la mercancía; papelería; honorarios del agente aduanal, pago de los impuestos o derechos arancelarios (DAI) respectivos; transporte adicional, bodega, etc. Todos estos gastos o costos se acumulan en las cuentas auxiliares correspondientes, por proveedor, por número de pedido, o por cualquier otro medio que identifique esa compra especifica. Una vez que la mercancía esta, finalmente, en la bodega del comprador, verificada su existencia física y determinado el faltante ocasional o perdida física de parte de los productos importados, si el caso, se procede a determinar el costo final de la importación y la distribución o retaceo del costo final entre todas las unidades importadas en base al valor unitario de las mismas. Finalizando este proceso aritmético, se está listo para elaborar la partida contable respectiva, cargando la cuenta de inventarios y abonando la cuenta de Mercancías en tránsito, liquidando de esta forma esa importación.
El proceso de distribución o retaceo del costo total de la importación entre todas las unidades importadas puede ser un proceso fácil o complejo, todo depende del universo total de las unidades importadas .Una importación de repuestos para vehículos do de repuestos electrónicos varios, por ejemplo, puede estar formada por decenas, cientos o miles de artículos de diferentes valor o costo unitario.
Una vez finalizado el proceso anterior y registrado los costos unitarios finales de los inventarios en las cuentas auxiliares respectivas (kardex), se pueden considerar las Formulas del costo de los inventarios que se especifican en la Norma Internacional de Contabilidad.
Formula del costo de los inventarios
- Método de identificación especifica
El costo delos inventarios de productos que no son intercambiadas entre sí ,así como los bienes de servicios producidos y segregados para proyectos específicos ,debe ser determinado a través del método de identificación especifica de sus costos individuales.
La identificación específica del costo significa que cada tipo de costo concreto se distribuye a un producto determinado de los inventarios.
- Tratamiento por punto de referencia
El Costo de los inventarios, distintos de los anteriores, debe ser determinado usando la fórmula de primera entrada primera salida (PEPS) O costo promedio ponderado.
- La fórmula PEPS asume que los productos en inventario que fueron comprados o producidos antes, serán vendidos en primer lugar y, consecuentemente, que los productos que queden en el inventario final serán los producidos o comprados más recientemente.
- La fórmula del costo promedio ponderado, asume que el costo de cada unidad de producto se determinara a partir del promedio ponderado del costo de los artículos similares, que se tienen al principio del periodo, y del costo de los mismos artículos comprados o producidos durante el periodo. Se puede calcular el promedio periódicamente o después de recibir cada envió adicional, dependiendo de las circunstancias de la empresa.
Tratamiento alternativo permitido.
El costo de los inventarios, distintos a los de identificación específica, debe ser determinado usando la formula ultima entrada primera salida (UEPS).
La fórmula del costo promedio ponderado, asume que el costo de cada unidad de producto se determinara a partir del promedio ponderado del costo de los artículos similares, que se tienen al principio del periodo, y del costo de los mismos artículos comprados o producidos durante el periodo. Se puede calcular el promedio periódicamente o después de recibir cada envió adicional, dependiendo de las circunstancias de la empresa.
Tratamiento alternativo permitido
El costo de los inventarios, distintos a los de identificación específica, debe ser determinado usando la formula ultima entrada primera salida (UEPS).
La fórmula UEPS asume que los productos en inventario que fueron comparados o producidos en último lugar, serán los primeros vendidos y , por lo tanto ,que los productos que queden en el inventario final serán los producidos o comprados en primer lugar .
Reconocimiento como un gasto (costo UEPS) del periodo
Al ser vendidos los inventarios, el valor en libros de los mismos se reconoce como un gasto (costo) en el mismo periodo en el que registran los correspondientes ingresos .El valor de cualquier rebaja, hasta el valor neto realizable, así como todas las demás perdidas en los inventarios , deben ser reconocidos en el periodo en que tiene lugar la depreciación . El valor de cualquier reversión de las rebajas de valor por deterioro de los inventarios después de un incremento en el valor neto realizable, debe ser registrada como una reducción en el valor de los inventarios que hayan sido reconocidos como gasto (costo), en el periodo en que la recuperación del valor tenga lugar.
Considerar que la depreciación de los inventarios para propósitos fiscales no es deducible
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