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Trabajo final del módulo.

Enviado por   •  1 de Mayo de 2018  •  1.019 Palabras (5 Páginas)  •  276 Visitas

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Cantidad de muestra: se consideró el 10% de los empleados incluidos en cada una de las

liquidaciones de sueldo auditadas.

El muestreo fue de tipo no estadístico y la selección de la muestra aleatoria con población

estratificada, en base a los agrupamientos y categorías establecidas en el escalafón.

Normativa Aplicable:

- Estatuto y Escalafón aplicable a los empleados del Organismo público.

- Paritaria Salarial vigente para los meses de febrero y marzo de 2013.

- Manual del Sistema de liquidación de sueldos empleado en el organismo

- Manual de procedimientos para las liquidaciones de sueldos (el mismo se encuentra

desactualizado teniendo en cuenta el sistema informático que se utiliza actualmente para

registrar todas las novedades de los empleados y efectuar las correspondientes

liquidaciones).

- Normativa referida a los descuentos de ley practicados.

Papeles de trabajo

Anexo I: Principales consideraciones sobre el estatuto y escalafón.

Anexo II: Cuestionario utilizado para evaluar el ambiente de control interno del área.

ANEXO I:

Principales consideraciones sobre el estatuto y escalafón.

1) Agrupamientos:

- Administrativo (A)

- Técnico (B)

- Asistencial (C)

- Servicios Generales (D)

2) Categorías:

I a VII, siendo la I la más alta y la VII la más baja.

3) Suplemento por Antigüedad: se abona un 1% del sueldo básico por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses, computados al 31/12 de cada año. Se pueden sumar los servicios prestados en otras reparticiones públicas (no privadas), mientras no sean

simultáneos.

4) Suplemento por título: se abonan los siguientes porcentajes calculados sobre el sueldo

básico:

Títulos de posgrado: 20%

Títulos de grado: 15%

Títulos terciarios: 10%

Títulos secundarios: 5%

5) Presentismo: equivale al 5% del sueldo básico. Se abonará siempre y cuando el agente

no haya incurrido en más de 3 faltas en el mes, ya sean justificadas o no.

6) Subrogancia: se abonará la diferencia entre la categoría que está cubriendo y la categoría de revista cuando el agente cumpla mayores funciones que las correspondientes a su cargo, siempre y cuando el cargo que subroga se encuentre vacante, ya sea transitoria o permanentemente.

7) Horas extras: se liquidarán siempre y cuando estén autorizadas y debidamente

justificadas, respetando los límites fijados por ley. Las horas extras trabajadas de lunes a

viernes se liquidarán con un 50 % de recargo y las que correspondan a sábados, domingos y feriados al 100%.

8) Sindicato: el aporte del trabajador será del 1%, independientemente de que se encuentre afiliado o no. Para aquellos agentes afiliados al mismo, el descuento es del 3%.

Descuentos de ley practicados:

Jubilación: 11%

Ley 19032: 3%

Obra Social: 3%

Las Asignaciones Familiares son abonadas directamente por ANSES, al estar el organismo incluido en el SUAF

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