Tramites Legales y gestion del financiamiento
Enviado por Sara • 22 de Noviembre de 2018 • 3.879 Palabras (16 Páginas) • 718 Visitas
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- Creen confusión, por cualquier medio que sea, respecto del establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial, de otro comerciante;
- Desacrediten, mediante aseveraciones falsas, el establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial, de cualquier otro comerciante;
- Induzcan al público a error sobre la naturaleza, el modo de fabricación, las características, la aptitud en el empleo o la cantidad de los productos,
- Se encuentren previstos en otras leyes.
Por su parte quienes no pueden ejercer el comercio son:
Artículo 12
- Los corredores;
- Los quebrados que no hayan sido rehabilitados;
- Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión. (Surte sus efectos a partir de que cause ejecutoria la Sentencia respectiva y durará hasta que se cumpla con la condena.)
En el caso de comerciantes extranjeros según lo señalado en los artículos 13, 14 y 15 son libres de ejercer el comercio, según lo que se hubiere convenido en los tratados con sus respectivas naciones, y lo que dispusieren las leyes que arreglen los derechos y obligaciones de los extranjeros, asimismo están sujetos a este Código y demás leyes del país. Mismo caso para las Sociedades legalmente constituidas en el extranjero que se establezcan en la República, o tengan en ella alguna agencia o sucursal, podrán ejercer el comercio, sujetándose a las prescripciones especiales de este Código (título de Sociedades extranjeras) en todo cuanto concierna a la creación de sus establecimientos dentro del territorio nacional, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los tribunales de la Nación.
Ahora bien cabe resaltar que según el Artículo 75 son actos de comercio:
- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
- Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
- Las empresas de abastecimientos y suministros;
- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
- Las empresas de fábricas y manufacturas;
- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;
- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
- Las empresas de espectáculos públicos;
- Las operaciones de comisión mercantil;
- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
- Las operaciones de bancos;
- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
- Los contratos de seguros de toda especie;
- Los depósitos por causa de comercio;
- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
- Los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;
- Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código. En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.
Por otra parte esta ley no reconoce como actos de comercio la compra de artículos o mercaderías que hagan los comerciantes que para su uso o consumo, o los de su familia; ni las reventas hechas por obreros, como consecuencia natural de la práctica de su oficio (Artículo 76)
Ahora bien según el mismo código de comercio todo aquel comerciante debe cumplir con las obligaciones principales que establece el artículo 16 y que dicta:
- Inscribirse en el Registro público de comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios;
- Mantener un sistema de Contabilidad conforme al artículo 33.
- Conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante.
Al respecto del artículo 33 dice que el comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado, mismo que podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:
- Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.
- Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa;
- Permitirá
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