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La esencia del derecho internacional

Enviado por   •  15 de Febrero de 2018  •  1.020 Palabras (5 Páginas)  •  290 Visitas

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El Estado perjudicado está autorizado a responder con una sanción en contra de la violación de su derecho. El derecho de un estado que es el reflejo de la obligación del otro Estado está equipado con la autorización de ejecutar las sanciones establecidas por el Derecho Internacional en contra del Estado que viola su obligación.

Las sanciones estipuladas por el Derecho Internacional (guerra y represalias) constituyen responsabilidad colectiva de los miembros del Estado por los delitos internacionales cometidos por el gobierno. La responsabilidad colectiva constituye una semejanza entre el Derecho internacional general y el Derecho de una comunidad primitiva.

El Derecho internacional delega a los órdenes jurídicos nacionales la tarea de identificar a los individuos cuyo comportamiento cumple o viola las obligaciones establecidas por el, así como a los individuos que ejercitan los derechos otorgados por ese orden jurídico.

ANÁLISIS

El Derecho internacional regula las relaciones entre Estados y otros sujetos de derecho internacional.

El Derecho internacional se comprende con los mismos conceptos jurídicos que se emplean para comprender el Derecho nacional. Si éste es un orden coactivo, aquél también lo es. Las sanciones del Derecho internacional están constituidas fundamentalmente por la guerra y las represalias, ejercitadas por los Estados miembros de la comunidad internacional constituida por ese Derecho, pues es un orden jurídico primitivo, descentralizado.

La consideración de la guerra como instrumento coactivo, que permite afirmar la naturaleza jurídica del Derecho Internacional es, sin duda, uno de los aspectos más controvertidos de la teoría expuesta. Si el Derecho Internacional es Derecho por tener la guerra como sanción, el Derecho

Internacional no puede ser más que un Derecho precario, un Derecho primitivo. Las características de la guerra como sanción están más cerca de las sanciones practicadas por los pueblos primitivos que de las practicadas por los ordenamientos modernos. La prioridad es no eliminar la guerra, pero sí sustraer a los Estados afectados la potestad de determinar cuándo se ha producido la violación del Derecho Internacional que ha afectado a sus intereses y cuándo, por tanto, debe ejecutarse la sanción que ellos mismos llevarán a cabo en forma de guerra o represalias.

Los Estados miembros de la comunidad internacional son órdenes jurídicos relativamente centralizados. El primado del orden jurídico nacional, afirma que el fundamento del orden jurídico internacional se encuentra en la constitución del Estado que tiene en consideración el teórico del Derecho generalmente es el Estado nacional en el que vive y al cual sirve.

El Derecho internacional tiene normas creadas por la costumbre es decir por actos del Estado y formulado por órganos del Estado autorizado por ordenamientos jurídicos nacionales para regular las relaciones entre Estados.

El Derecho internacional obliga y autoriza a los Estados es decir, el no obliga y autoriza directamente como lo hace el Derecho nacional sino solo indirectamente, a través del medio del orden jurídico nacional.

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