PROGRAMA DE FORMACIÓN GENERAL FILOSOFÍA
Enviado por Ledesma • 24 de Noviembre de 2018 • 9.173 Palabras (37 Páginas) • 377 Visitas
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Debemos recordar que la persona individual es la que tiene destino temporal y eterno, y que la sociedad y el género humano sola-mente son el medio para conseguirlo. Este es el principio de solidaridad, la especificidad de nuestra doctrina política en Acción Nacional. El Bien Común, en materia biológica, atendiendo la libertad individual de cada cual, percibe la Bioética como la aplicación de principios fundamentales, de carácter trascendente, con res-pecto a la dignidad humana, en su parte mate-rial, pero que es inseparable de una naturaleza humana, que es al mismo tiempo, de manera sustancial, alma espiritual y cuerpo material.
“Constatamos con gran preocupación que la Bioética no es un instrumento para el respeto de los derechos humanos, sino que más bien, por el contrario, abandona en puntos sustancia les el terreno de los mismos, ignorando las experiencias de la historia y sometiendo la protección de los derechos del individuo a consideraciones de valor puramente finalistas”.
Muchos de los bioeticistas modernos –con los cuales diferimos– rechazan los valores últimos, entre ellos la intangibilidad de la vida humana; por lo tanto, para ellos carece de sentido y de valor, si bien puede adquirirlos por medio de determinadas acciones. El supuesto previo a las mismas son las cualidades como la auto-conciencia, el autocontrol, la memoria, la capa-cidad de comunicarse, así como el sentido del futuro y del tiempo.
Lo anterior es muy engañoso, pues la vida humana, desde este punto de vista, solamente tendría valor si posee estos atributos de calidad; sin ellos, la vida humana sería impersonal, falta de dignidad y sin sentido. Estos bioeticistas moder-nos –que actualmente es la corriente dominante– cuestionan, de alguna manera, la universalidad de los derechos humanos, los cuales nos garantizan a cada ser humano, independientemente del
color de su piel, su sexo, su capacidad mental, esté dormido o despierto, en estado de coma
o de salud, la inviolabilidad de su persona y la intangibilidad de su dignidad. La garantía de los derechos humanos significa que el individuo ni adquiere sus derechos ni se los debe a otros ni puede renunciar a ellos.
Algunos bioeticistas modernos pretenden de-rogar este principio: la persona ha de adquirir sus derechos fundamentales a la protección y a la dignidad personales mediante cualidades o prestaciones, le tiene que agradecer el reconocimiento de sus derechos fundamentales a terceras personas, que deciden acerca de si esas cualidades o prestaciones son suficientes o no lo son. A partir de este pensamiento bioético, las personas con discapacidades o enfermedades asociadas al envejecimiento son menospreciadas y degradadas al estatuto de objetos de la investigación y almacén de órganos para trasplantes, mientras que se contempla a las personas moribundas como un factor de desgaste económico y se trata a los embriones como cosas. Esta posición, asimismo, nos vuelve a acercar a los peligrosos experimentos realizados en los campos de concentración, pero ahora de manera legal y en clínicas que fue-ron diseñadas para otros menesteres.
Por lo anterior, existe un inminente peligro de utilitarismo, de finalismo. La Bioética actual, como la corriente dominante en la UNESCO nos quiere convencer, ya no es la defensa de los derechos humanos ni de la eminente dignidad de las personas, sino la ciencia que pretende armonizar el conflicto de dignidad, privacidad, de propiedad de la información de la identidad, con los derechos a la investigación. Es decir, confrontar en el mismo plano, como si fuesen del mismo género, los fines y los medios.
La “diosa razón” (la investigación) quiere hoy resolver la armonización del derecho que tenemos a la propia dignidad y la obligación de participar en la investigación biomédica, aportando nuestro propio cuerpo, sin tomar en consideración la libertad. De esta manera, se pretende convertir en objeto de consideraciones sociales acerca del valor del progreso. El Comité de Bioética de la UNESCO blande su puño para referirse a un supuesto obligatorio social “el imperativo a la libertad de investigación”, al que equipara con “el imperativo ético”, siendo el mismo organismo el que tendría que defender el valor ético frente a un valor simple de conocimiento. Estos bioéticos difícilmente pueden garantizar los derechos humanos, pero sí pueden respetarlos. Estos organismos, rompiendo la tradición de la defensa de los derechos humanos, hábilmente los equiparan a nivel de dogmas, mismos que una religión laica que no cree en dogmas por definición la ciencia es así y los deja de lado para poderse abocar a la investigación sin enfrentarse a un conflicto de valores.
Las razones “humanitarias” que ahora los bioeticistas pretenden imponernos son aquellas que se basan en considerar que es “la humanidad o todo el género humano, el Hombre Colectivo” o la sociedad, quien hace sujeto de derechos a la persona. Es decir, que cada uno de nosotros posee derechos humanos no porque seamos personas, sino porque, al ser sociales, pertenecemos al género huma-no. Peligrosamente se deja a la colectividad el otorgamiento “social” de derechos a cada uno de nosotros.
La Declaración de la UNESCO sobre Bioética, que se pretende basar en esta filosofía, hace del socialismo biológico una perversión del ser humano y de su dignidad individual. Queremos recordar que la persona humana es la única que tiene destino trascendente.
La Declaración de Helsinki reitera, con la actualización hecha por la Asociación Médica Mundial, que aún los enfermos con incapacidad legal, o un menor de edad, deberán conseguir-se sus consentimientos con el representante legal y de manera informada. Si se protege a unos, deberá protegerse a todos, ya que todos son sujetos de derechos.
La Declaración Europea, que se pretende sea integrada a la Declaración de la UNESCO en este año, debe ser revisada con lupa, pues creemos que se corre el peligro de equivocar-nos al haber cambiado los conceptos que definen a las mismas palabras de antes y que hoy nos envían mensajes contradictorios.
El Código de Nuremberg es el sistema de coordenadas que debemos seguir y que, formulado en el año de 1947, sirve de base ética para las actividades médicas y es reconocido universalmente. Según este documento básico, el ser humano, con sus derechos fundamentales individuales, garantizados sobre la base de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es quien constituye el centro de la Medicina, y no la investigación médica, el progreso científico o el provecho de la sociedad. Este Código de Nuremberg tiene que ser la base para el futuro
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