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Resumen Teoría general del derecho

Enviado por   •  9 de Abril de 2018  •  17.546 Palabras (71 Páginas)  •  431 Visitas

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La ambigüedad y la textura abierta no resultan obstáculo para la comunicación en el uso del lenguaje natural, en cambio cuando el problema se produce en algún lenguaje técnico (el lenguaje formal carece casi por completo de referencias semióticas por lo que es difícil que aparezcan estos problemas), es preciso afilar la definición para evitar la vaguedad y clasificar con sentido a fin de descartar ambigüedades.

Niveles de los lenguajes

En lingüística puede hablarse de la existencia de niveles de lenguaje. Todo lo que se hace con el lenguaje en un nivel específico pertenece a un primer nivel (contar un cuento), puede ascenderse de nivel si a su vez otro cuentista se refiere al primero y a los cuentos que este contaba, este último discurso es un metalenguaje acerca del primero.

En el lenguaje del primer nivel se habla acerca de objetos, en el metalenguaje se habla de palabras. La utilidad de tal distinción radica en que de esta forma se pueden eliminar paradojas (Paradoja = casos sin solución en el seno de un sistema)

Partes de la semiótica

La semiótica se compone de tres partes, a saber: Sintaxis, Semántica y pragmática.

Sintaxis

Es el estudio puro de los símbolos sin prestar atención a su significado. Son las imprecisiones sintácticas las que pueden frustrar la comunicación. La sintaxis consiste en un conjunto de términos primitivos, más reglas de formación (Son las que permiten bien formar las oraciones = Utilizar correlativamente – Sujeto+verbo+predicado) y reglas de derivación (Son las que permiten la sustitución por otras oraciones)

Semántica

Es la parte de la semiótica que se ocupa de relacionar signos, con objetos que designa. Se puede decir que el ámbito de la semántica es el espacio de diccionario de cada lengua, el lugar donde cada palabra asume la significación que el uso común le ha dado.

La pragmática:

Es la parte lingüística que se encarga de relacionar los signos con sus usuarios. Podemos utilizar la lengua entonces de diferentes formas:

Uso descriptivo o informativo, (brinda información fidedigna), uso emotivo (expresa sentimientos y estados de ánimo) En el discurso de la poesía carece de todo sentido averiguar su verdad o falsedad, ya que manifiesta un estado subjetivo. No se debe confundir el lenguaje poético utilizado en forma expresiva del discurso descriptivo mediante el cual se informa sobre el estado anímico de alguien.

Uso prescriptivo (describir e introducir las conductas que se pretenden ej.: órdenes militares “cuerpo a tierra”) por medio del lenguaje pueden producirse también cambios en la realidad cuando el jefe del registro civil. Dice “los declaro marido y mujer” se produce el cambio de soltero a casados. Tenemos también un uso interrogativo o administrativo (uso = función del lenguaje)

Además existe en ciertas palabras la aptitud de provocar un rápido sentimiento emocional que nos predispone a adherirnos (democracia, libertad), o a repudiar (corrupción o dictadura) resulta peligroso este efecto cuando se utiliza la carga emotiva bajo un disfraz descriptivo, ya que ello puede conducir a errores al receptor.

Habermás, pensador contemporáneo, es quien ha prestado especial relevancia a la pragmática, advierte con certeza que todo hablante aspira a tener éxito en su emisión, planteando pretensiones de validez para lo que esta debe ser comprensible (sintáctica y semánticamente), verdadera (semántica) y veraz (pragmática) Distingue al mismo tiempo dos tipos de discursos: El teórico y El práctico.

Semiótica y derecho

El derecho es también comunicación además de muchas otras cosas.

A través del derecho se comunica el poder existente en una sociedad determinada, un estudio del sistema normativo nos permite entender quienes mandan y quienes obedecen dentro de una sociedad.

El derecho como objetivo semiótico

Es posible analizar al derecho como un objeto semiótico. A través de normas jurídicas, los emisores (legisladores) emiten mensajes a los ciudadanos generalmente por medio de la palabra escrita (leyes, decretos, etc.)

Podemos entonces al igual que en lingüística efectuar un estudio sincrónico y diacrónico del derecho conforme a que decidamos estudiar las normas jurídicas que regulan una sociedad en un momento determinado, o por el contrario decidamos hacerlo a lo largo del tiempo.

También podemos utilizar la distinción entre lengua y habla, como la lengua, el sistema jurídico regula las conductas, mientras que cada acto de aplicación es como el habla.

Respecto de la comprensión de las normas por parte de los ciudadanos, debido a su complejidad (capacidad del derecho) aumenta su marginalidad y la consiguiente estigmatización por las sanciones pertinentes que tal incomprensión trae aparejada inicialmente en derecho se habla en lenguaje natural, no obstante con la complejidad de las teorías jurídicas, de las tecnologías y de la sociedad, este se ha ido transformando en un lenguaje técnico especifico de abogados, también quienes trabajan con lógica referida a normas lo hacen de un modo formal. Tenemos entonces que en el campo del derecho encontramos los tres tipos de lenguaje mencionados (Natural; técnico; formal)

Los desacuerdos entre juristas

La primera y más grave es la de si se debe adoptar una postura realista o nominalista respecto de la relación del lenguaje con la realidad. La tarea de los operadores del derecho requiere un criterio básico de racionalidad, si se adopta una posición realista se debe suponer la existencia de esencias y para ello debe apelarse a la intuición que es un instrumento poco comprobable y bastante incierto en sus resultados, ya que sobre una misma cuestión puede haber tantas intuiciones como espectadores.

En cambio si se adopta una postura nominalista el problema desaparece y se permite que el operador descubra los verdaderos motivos de interés de una investigación normativa. Hechos y consecuencias jurídicas que a veces se unen por algún vinculo léxico (propiedad, obligación, posesión) que no funciona semánticamente sino como nexo de unión.

Clarificar los hechos y consecuencias, es mucho más importante que discutir acerca de su naturaleza

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