VALIDEZ DE LA NORMA Y CONCEPTO DE MORMA - KELSEN.
Enviado por Sara • 17 de Abril de 2018 • 2.636 Palabras (11 Páginas) • 472 Visitas
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Solamente le interesa al Jurista explicar las bondades del sistema.
Los miembros de la 1° junta hacen una Revolución Jurídica, que no tiene que ver con una revolución política, económica, social.
Llama revolución Jurídica Kelsen: “Es el cambio del sistema anterior, de una manera distinta, a la prevista en el sistema”.
De esta revolución jurídica por el abismo lógico no se puede derivar en una constitución, entonces el jurista que tiene que encontrar la unidad del sistema del gobierno patrio –el nuevo sistema jurídico- dice: Vamos a imaginar o pensar una Norma, como hipótesis de trabajo, que establezca que DEBE SER lo que los padres de la patria dicen QUE DEBE SER. Los padres de la patria dicen que debe ser El Reglamento de la 1° Junta, entonces debe ser El Reglamento de la Primera Junta.
Con esto le permite al jurista saltar y darle sentido Objetivo de norma al sentido subjetivo del acto de esos primeros constituyentes que querían hacer una constitución. De esta manera ya no deriva lógicamente esta constitución de ese acto, porque no lo permite el abismo lógico derivar en una norma, pero una norma que está nada más como hipótesis de trabajo de verificación de un sistema en la mente del científico. Esto permite saltar el abismo lógico y darle el sentido objetivo al acto de voluntad de los constituyentes. Por eso kelsen dice No toda norma es una Norma de Equidad, hay una norma de sietema que es una norma Pensada.
En el capitulo primero Kelsen dice que no todas normas son normas queridas por alguien hay una norma que es pensada (que es la norma fundante básica) no hay nadie que haya querido sancionar una norma fundante básica. Es decir que la norma fundante básica tendrá como función darle el sentido objetivo al sentido subjetivo del primer constituyente.
El sistema Jurídico no es un simple conjunto de normas, ¿Qué es un sistema? Un sistema de normas es un conjunto de todas las normas que están relacionas entre sí, y lo que relaciona las normas de un sistema es la validez. Una norma para ser tal en la categoría de kelsen debe ser válida. Hay una contradicción para kelsen si hay una norma que no es válida.
Una norma es válida cuando ella ha sido generada como lo establece la norma supletoria.
¿Cuando el testamento va a ser válido? Cuando sea creado como establece la ley.
¿Cuando la ley va a ser válida? Cuando sea creada de acuerdo a la Constitución.
¿Cuando una Constitución va a ser válida? Cuando una norma fundante básica pensada por el jurista, le otorgue esa validez.
Otra característica de la norma es su Eficacia:
La eficacia de una norma, dice Kelsen, tiene un doble camino, o tiene una doble función:
- Ser cumplida por los particulares, (eficacia del súbdito lo llama Kelsen), o
- Aplicada por los jueces o por la autoridad que corresponda.(Eficacia del Órgano).
Ambas sumadas constituye la eficacia de la norma.
Supongamos una norma del código penal, que establece la pena de prisión o reclusión para el que matare a otro.
Esta norma es eficaz respecto de la comisión en nuestro país, cuando la mayoría no matare. Entonces cumplimos con la norma que dice no matar.
Pero también es eficaz cuando el juez aplica la sanción prevista cuando alguien mata.
¿Qué relación hay entre estas dos características de la norma? Entre la Validez y la eficacia.
La eficacia es condición de la validez de la norma.
Una norma que nace válida pero que nunca llega a ser eficaz o habiendo sido eficaz pierde su eficacia en algún momento, pierde su validez, aún cuando siga existiendo como norma en el ordenamiento. Pierde el sentido de la condición eficaz. Ej. Las normas prohibitivas de penalizar al duelo en el código penal; están ahí, pero ya no son normas, porque han perdido su validez por su falta de eficacia. Es una forma de enfrentar la DESUETUDO, es decir, la costumbre contraría la norma. Es ineficacia del no cumplimiento. El no cumplimiento de la norma, la termina derogándola.
Pero la norma no solo tiene que ser eficaz para mantener su validez sino que ella tiene que pertenecer a un sistema que sea en su totalidad eficaz, (que sean eficaz cada una de las normas). (ej. En la revolución de mayo el sistema español imperante pierde eficacia por que en las revoluciones se lo reemplaza al sistema por un distinto al anterior, al no tener una autoridad y no poder hacerlo cumplir pierde su eficacia y pierden validez todas sus normas) conclusión: No solo la norma debe ser eficaz sino que debe pertenecer a un sistema que en su totalidad sea eficaz.
Porque cuando cae un sistema jurídico, es decir cuando pierde eficacia ese sistema jurídico, y nace otro sistema, todas las normas que pertenecían a aquel sistema pierden validez. El nuevo sistema no puede volver a crear todas las normas, lo que hace el nuevo sistema, es recepcionar las normas del viejo sistema, que van a permanecer en el nuevo. Pero ya el fundamento de validez de esas normas, no son el mismo, es otro.
Nosotros nos preguntamos, el código de Velez, es el mismo código que hizo Velez, no, sigue el mismo código con sus reformas, es el mismo código que hizo Velez en cuanto a su contenido, pero no con respecto de su fundamento de validez, pero no con respecto de su fundamento de validez, que hoy es el de la última reforma de 1994.
Revolución: Cuando se cambia el sistema de las normas no previstas en la constitución.
Evolución: Cuando se cambia la forma prevista en la constitución anterior, es un proceso de evolución.
El cambio de la constitución de 1994 es un proceso de evolución.
Clase día 26 de junio Dra Bruera.
AMBITOS DE VALIDEZ DE LAS NORMAS:
Si la consideramos norma es porque es válida, Kelsen al igual que lo establece la teoría tradicional son 4:
- Ámbito de validez ESPACIAL o Territorial (Donde): En principio
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