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Del derecho y la conducta humana.

Enviado por   •  20 de Marzo de 2018  •  3.938 Palabras (16 Páginas)  •  566 Visitas

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III. De las personas

Personas naturales: art.55. Son personas todos los individuos de la especie humana, sin importar sexo, edad, etnia, etc.

Nace: cuando haya sido expulsada por completo del vientre materno, este separado de su madre y que haya sobrevivido por un instante a la separación.

Muerte real: a) clínica: cese de todas las funciones vitales; b) cerebral: cese del impulso eléctrico.

Muerte presunta: otorgada por un juez cuando una persona desaparece por 5 años y se desconoce su paradero, en un accidente por 2 meses y una catástrofe 6 meses.

Personas jurídicas: regidas por normas de orden público.

Derecho público:

- sin fines de lucro: son las fundaciones y asociaciones( solidaridad al prójimos)

- con fines de lucro: persiguen obtener utilidades. (sociedades, sociedades anónimas).

Atributo a la personalidad.

Son características inherentes a toda persona.

Nombre: palabra para identificar legalmente una persona. Patronicio: apellido paterno; matronicio: apellido materno. Nombre propio es elegido.

Se puede cambiar en 3 casos: a) si el nombre promueve mofa o ridículo; b) si el nombre le produce menosprecio; c) si es conocida por más de 5 años con otro nombre.

Domicilio: es la residencia acompañado del ánimo real o presunto de permanecer en ella.

- Físico: residencia lugar

- Psicológico: por querer estar ahí real o presunto

Estado civil: posición permanente que un individuo ocupe en una sociedad en relación con la familia.

Nacionalidad: vinculo que une a una persona con un estado del que nacen derecho y deberes.

- Yous solis: nacionalidad por lugar donde nace

- Yous sanguis: nacionalidad de los padres

Patrimonio: conjunto de derechos que una persona tiene apreciados financieramente.

Capacidad: la aptitud legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercitarlos.

Incapacidad absoluta: son incapaces absolutos aquellas personas que nunca por sí mismo podrán contraer derechos y obligaciones, y tendrá que actuar por ellos otras personas.

- Curador: loco o demente, impúber (mujer mejor de 12, hombre menor 14) y el sordo mudo que no se pueda dar a entender.

- Relativos: tienen 2 formas de actuar en la vida jurídica: a) representado por el R.P; b) van ellos con autorización del RP

- Menor adulto:(mujer entre 12 y 18, hombre entre 14 y 18), el prodigo interdicto (dilapidador, no tiene la capacidad para organizar sus bienes).

Si el incapaz relativo no actúa en la forma señalada el acto es nulo, mientras no se pida la anulidad está en efecto en 5 años, después del tiempo el acto se sanea.

IV. Del acto jurídico

Los actos son todo lo que ocurre, pueden tener o no tener repercusiones jurídicas.

Actos jurídicos: hechos provenientes del hombre que producen consecuencia jurídica, todo acto jurídico debe tener requisitos.

Requisitos de existencia: (voluntad, objeto, causa, solemnidades), deben existir todos ellos sino el acto falla.

Voluntad: aptitud de querer algo

Objeto: derechos y obligaciones que se presenten crear con el acto jurídico

Causa: el por qué se realiza el acto jurídico (se presume)

Solemnidades: ritualidades, sacramentos, formalidades que la ley requiere.

Requisitos o condiciones de validez: permite que el acto produzca efecto.

- Voluntad no viciada: error, fuerza y el dolo.

- Error: concepto equivoco que se tiene de las cosas

- Fuerza: acción o coacción ejercida sobre la persona para que realice el acto

- Dolo: intención de querer causar daño o injuria a la persona o propiedad

- Objeto licito: el acto no debe ser ilegal

- Causa licita: razón que el acto no sea contrario a la ley, moral y buenas costumbres

- Capacidad de las partes:

V. De las obligaciones.

Es un vínculo jurídico que une a dos partes en virtud de cual una se encuentra para la otra, para satisfacer determinada prestación.

Fuentes de la obligación:

- Ley:

- Cuasidelito: hecho voluntario ilícito que causa daño cometido con culpa.

- Delito: hecho voluntario ilícito que causa daño cometido con dolo.

- Cuasicontrato: hecho voluntario licito que produce obligación

- Contrato: acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa, cada parte puede ser una o muchas personas.

El contrato crea derecho, y la convención los genera por lo cual todo contrato es una convención pero no toda convención es un contrato.

Importancia en distinguir las prestaciones

Mora: cierto retardo al cumplir una obligación.

- Obligaciones de no hacer: cuando hace lo que se obliga a no hacer

- Dar y hacer: -cuando no ha cumplido sus obligaciones en el tiempo estipulado

-cuando se cumple la obligación pero no con la calidad.

-cuando cumple

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