El Derecho de las personas y familias
Enviado por tomas • 23 de Octubre de 2018 • 2.945 Palabras (12 Páginas) • 364 Visitas
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Libro segundo: “De los bienes”, que abarca la regulación de las cosas, los derechos reales y la prescripción, desglosándose en 8 títulos (Art. 791 a 1278)
Libro tercero: “De las obligaciones”, dividido en tres partes: “De las obligaciones en general”, que se desglosa en seis títulos (Art. 1279 a 1734); “De las diversas especies de contratos”, que se desglosa en 16 títulos (Art.1735 a 1454), y una tercera parte sin epígrafe, referida a la prelación de créditos y al registro público de la propiedad que se desglosa en 2 títulos (Art. 2455 a 2536/b)
Libro cuarto: “De las sucesiones”, que abarca las vías sucesorias y se desglosa en 5 títulos (Art. 2537 a 3035).
No obstante todo derecho civil ha quedado comprendido dentro del código; la materia se encuentra regulada también en otros ordenamientos, entre los que destacan, la ley federal de derechos de autor, el reglamento del registro público de la propiedad, el reglamento del registro civil, y como ordenamiento su pretorio el código civil federal.
4.- Disposiciones preliminares del código civil para el estado de Gto.
En las disposiciones preliminares contenidas en los primeros 19 artículos del código civil, se establecen principios que son aplicables no solo a la materia de derecho civil, si no a todas las demás.
Dichos principios son los siguientes:
Primero: Aplicación e interpretación de los principios de derecho a falta por obscuridad de la ley.
Segundo: Principio de la supremacía de la ley sobre la voluntad de los particulares.
Tercero: Reglamentación para la aplicación del derecho para los extranjeros y los habitantes de otras entidades federativas.
Cuarto: Principio de que la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento y su excepción.
Quinto: Principio de no retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna.
Sexto: Principio de aplicación de las normas especiales sobre las generales.
Séptimo: Principio de equidad, como guía en la aplicación de la ley.
Octavo: Principio de nulidad de los actos ejecutivos sobre las normas prohibitivas.
Noveno: Principio de igualdad jurídica entre el hombre y la mujer.
Décimo: Principio de supremacía de la ley sobre el desuso, costumbre o practica en contrario.
Décimo primero: Principio de solidaridad social.
Décimo segundo: Ámbito territorial y personal de la vigencia de la ley.
1er principio: Art. 6, 16.- interpretación de los principios.
2do principio: Art. 5.- Supremacía de la ley, voluntad y particulares.
3er principio: Art. 11.- Aplicación de los derechos a extranjeros y habitantes.
4to principio: Art. 19.- Ignorancia de la ley no excusa cumplimiento.
5to principio: Art. 4.- No retroactividad, perjuicio de persona.
6to principio: Art. 10.- Aplicación norma especial sobre la general.
7mo principio: Art. 17, 18.- Equidad, guía en aplicación.
8vo principio: Art. 7.- Nulidad, actos contra normas prohibitivas
9no principio: Art. 1.- Igualdad jurídica
10mo principio: Art. 9.- Supremacía de la ley, costumbre.
11ro principio: Art. 15.- Solidaridad Social.
12do principio: Art. 12, 13, 14.- Territorial, personas y vigencia.
Capitulo II
Teoría jurídica de la personalidad
La expresión persona deriva del concepto latino (persona,ae) cuyo significado era la máscara del actor, con la cual este se cubría la cara y aumentaba o hacia más clara su voz y dicha mascara imitaba un rostro humano es decir, el papel o caracterización que se presentaba en un obra teatral.
Desde el punto de vista jurídico persona es todo ser al cual la ley de un tiempo y de un lugar determinado, le atribuye derecho y obligaciones. En ese sentido, la definición de persona no se refiere necesariamente a un ser concreto, si no que corresponde a una elaboración jurídica que, en principio, puede aplicarse a cualquier ser así, la personalidad jurídica se manifiesta como una construcción del derecho elaborada mediante redes de correlación de supuestos que tienen que ver ya sea con un individuo humano, ya con respecto a una agrupación de estos ya con el destino de ciertos bienes a un fin determinado, etc.
Al realizarse las hipótesis normativas, dan por resultado la atribución de la calidad de persona a un ente determinado, es decir le concede personalidad jurídica.
2° clasificación de las personas
Las personas se dividen en personas físicas, individuos, naturales o de existencia visible y personas morales, colectivas o ideales.
a) Persona física- según García Maynes se da el nombre de persona física a los hombres, en cuanto sujetos de derecho, sin embargo como afirma Kelsen el objeto de la consecuencia jurídica no es el hombre si no la persona: la distinción entre hombre y persona constituye uno de los conocimientos metodológicos más importantes de dicha ciencia.
En la legislación del estado de Guanajuato encontramos duplicidad de definiciones legales de persona física, en el artículo 1°, 4to párrafo de la constitución local y en el artículo 20° del código civil.
Para os efectos de esta constituciones y de las leyes que de esta emanen, personas es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural. El estado e garantizara el pleno goce y ejercicio de todos sus derecho (2009).
Art.20 son personas físicas los individuos de la especie humana desde que nacen hasta que mueren, se reputan nacidos el feto que desprendiendo completamente del seno materno vive 24hrs o es presentado vivo al registro
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