Hobes y Locked
Enviado por mondoro • 1 de Febrero de 2018 • 2.386 Palabras (10 Páginas) • 362 Visitas
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II. El Estado o Leviatán y el gobierno civil
De lo anterior, surgen las siguientes preguntas ¿cómo se garantizará que este contrato se cumpla? Y ¿cómo y a través de quién se manifestará ese consenso? Para Hobbes la única alternativa de “erigir semejante poder común […] es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre o a una asamblea de hombres, todos los cuales, por pluralidad de votos, puedan reducir sus voluntades a una voluntad” (Hobbes, 2007:145). De este modo, el titular de esa voluntad es el soberano.
Asimismo, para este autor se puede alcanzar el poder soberano por dos caminos “[…] Uno, por la fuerza natural [como el sometimiento del padre sobre los hijos o el sometimiento a través de la guerra] […] el otro procedimiento [ocurre] cuando los hombres o asamblea de hombres [otorga] voluntariamente [el poder al soberano]. En este último caso puede hablarse de Estado político o Estado por institución” (Hobbes, 2007:147)
Por su parte, para Locke será el gobierno civil el garante del contrato. De este modo, llama gobierno civil al conjunto de hombres “[...] que están unidos en un cuerpo y tienen una ley común establecida y una judicatura a la cual apelar para decidir las controversias entre ellos y castigar a los ofensores” (Locke, 2002: 63). En este sentido, es muy importante el consenso general que suma las voluntades de los hombres, puesto que es lo que constituye una sociedad política, lo cual garantiza la aceptación y acatamiento de las reglas y, fundamentalmente, da legitimidad al gobierno. Asimismo, “como la gran finalidad de los hombres al entrar en sociedad es disfrutar de sus propiedades en paz y seguridad” (Locke, 2002: 95), la garantía de que esto suceda son las leyes y, principalmente, la creación de la ley primera y fundamental, que es la creación de un poder legislativo, quien, de acuerdo con Locke, es responsable de preservar la sociedad.
Es importante señalar que para Locke las reglas que dicta el poder legislativo para ordenar las acciones de otros hombres deben ser “[…] conformes a la ley de la naturaleza, es decir, a la voluntad de Dios, de la cual dicha ley es manifestación, y como la ley fundamental de la naturaleza es la preservación de la humanidad, ninguna sanción humana puede ser buena o válida si va en contra de ella” (Locke, 2002: 98). Mientras que para Hobbes “la misión del soberano (sea un monarca o una asamblea) consiste en el fin para el cual fue envestido con el soberano poder, que no es otro sino el de procurar la seguridad del pueblo; a ello está obligado por la ley de la naturaleza, así como a rendir cuentas a Dios de esta ley” (Hobbes, 2007:181). Lo anterior demuestra que en ambos autores existe una seria preocupación porque se hagan buenas leyes y que estas puedan aplicarse legítimamente en todos los casos.
III. Los peligros del orden civil
Sin embargo, ¿cómo es posible que, si se considera que la vida es un continuo movimiento, se asimilen los cambios dentro del Estado y gobierno civil? Y, además, ¿qué peligros implican dichos cambios para el mantenimiento del orden?
Para Locke un pueblo siempre tiene la posibilidad de revelarse legítimamente si es que se le maltrata y no se le respetan sus derechos. Por ello “[…] estará listo en cualquier ocasión para sacudirse de encima la carga que pesa sobre él. Deseará y buscará esa oportunidad, que habitualmente no tarda mucho en presentarse cuando se trata de asuntos humanos, siempre sujetos a cambios, debilidades y accidentes”. (Locke, 2001: 161). Para Hobbes la posibilidad de acabar con el Estado radica en la libertad de los súbditos puesto que, aunque estos han creado un hombre artificial que es el Estado, que los sujeta por medio de leyes civiles, a manera de “cadenas artificiales”, que no deben de ser rotas […]” Por ello, de acuerdo con Hobbes, para evitar que se rompan las cadenas, “[…]la libertad de un súbdito radica, por tanto, solamente, en aquellas cosas que en la regulación de sus acciones ha predeterminado el soberano” (Hobbes, 2007:162)
Finalmente, para Hobbes la disolución del Estado radica, principalmente, en la supresión de los derechos de la soberanía y en la división del Estado, lo cual ocasiona que se vuelva al estado de naturaleza. Del mismo modo, es igual de peligroso “[…] dejar al pueblo en la ignorancia o mal informado acerca de los fundamentos y razones de sus derechos esenciales, ya que, de este modo, los hombres resultan fáciles de seducir y son inducidos a resistir al soberano cuando el Estado requiera el uso y ejercicio de tales derechos” (Hobbes, 2007:165). Asimismo, resultan igual de peligrosas para el Estado todas aquellas doctrinas que cuestionan el orden establecido. Además de que debido a esas doctrinas “[…] los hombres propenden a discutir entre sí y a disputar acerca de las órdenes del Estado, procediendo, después a obedecerlo o a desobedecerlo, según consideran más oportuno a su razón privada. Con ello el Estado se distrae y debilita” (Hobbes, 2007:176).
En este sentido, para Locke una de las principales posibilidades de retornar al estado de naturaleza o de cambiar el estado de cosas existente es por alguna“[…] intromisión de una fuerza extranjera […]. Pues en un caso así […] la unión que antes juntaba a ese cuerpo y le daba cohesión, necesariamente cesa, y así cada uno vuelve al estado en el que estaba antes […]” Es importante señalar que Locke contempla la posibilidad de que, bajo estas circunstancias, los hombres puedan agruparse en una sociedad diferente. Del mismo modo advierte sobre los peligros que traería consigo la disolución del poder ejecutivo y el abandono del poder ejecutivo.
IV. A manera de conclusión
Tanto en Hobbes como en Locke existe una preocupación por explicar el momento fundacional en que se pasa del estado de naturaleza a un orden civil, independientemente de la concepción que tienen de este.
Una diferencia sustancial entre los dos autores la podemos encontrar en la manera de interpretar los derechos naturales de los hombres. En el caso de Hobbes estos son cedidos al soberano mientras que para Locke subsisten y sirven para controlar el poder del gobierno civil.
No obstante, para Hobbes el valor del Estado radica en que garantiza el mantenimiento de la paz, y asegura la vida de los hombres –que además desean ambas cosas-, lo cual es la justificación de la existencia misma del Leviatán.
Bibliografía
Hobbes, Thomas, Leviatán, Madrid, Tecnos, 2007, Pp. 210.
Locke,
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