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LA NORMA JURÍDICA EN LAS CULTURAS PREHISPÁNICAS

Enviado por   •  28 de Agosto de 2018  •  25.826 Palabras (104 Páginas)  •  325 Visitas

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Poder Judicial está encargado de vigilar que se cumplan la Constitución y sus leyes y que todos los mexicanos tengan acceso a la justicia, sin distinción de raza, edad, sexo, nivel económico o religión. También tiene a su cargo la protección de las garantías individuales y sociales de los mexicanos. Otra de sus funciones es equilibrar las acciones del poder Legislativo y del Ejecutivo.[6]

+ Con sustento en el artículo 49. El supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al ejecutivo de la unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgaran facultades extraordinarias para legislar. (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , 1917)

Derecho penal

Castigaban conductas delictivas como el homicidio, robo, abuso de confianza, aborto, fraude y embriaguez completa. Para aplicar las penas tenían un catálogo de sanciones que el juez aplicaba según el caso.

+ Actualmente el Código Penal vigente sanciona delitos:

Dolosos

Culposos

Instantáneos;

Permanentes

Continuados

El homicidio se sancionaba con la muerte, podía ser en la hoguera, por ahorcamiento, ahogamiento, apedreamiento, azotes por los golpes de palos, por degollamiento, empalamiento o desgarrando el cuerpo, incineración en vida.

* El homicidio es un hecho delictivo consistente en acabar con la vida de otra persona. Puede ser cometido por acción (realizar activamente el hecho delictivo) u omisión (no evitar la muerte de otra persona estando obligado a ello por ley o contrato) o no llegar a consumarse, realizándose en grado de tentativa.[7]

+ Se fundamenta en el Código Penal, dentro del Título I del Libro II «Del homicidio y sus formas», castiga en el artículo 138 el delito de homicidio: El que mate a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.

Penas impuestas por las culturas prehispánicas en la comisión de delitos de diversa índole:

- Tenía pena de muerte el que pecaba con su suegra.

- Era ley que degollasen a los que en la guerra hacían algún daño a los enemigos sin licencia del capitán, o acometían antes o se percataban de la capitanía.

- Tenían pena de muerte los jueces que hacían una relación falsa al señor superior, en algún pleito.

- Ahorcaban y muy gravemente castigaban a los hijos que gastaban mal la hacienda que sus padres les habían dejado, etc.

+ En el artículo 22 de la Constitución señala que: Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado. (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , 1917)

Existieron leyes por las cuales condenaban a algunos que fuesen esclavos., por ejemplo:

- Hacían pedazos y perdían todos sus bienes y hacían esclavos a todos sus parientes, al que era traidor, avisando a los enemigos en la guerra, avisándoles de lo que se concertaba o platicaba contra ellos.

- Era ley con rigor guardada, que si algún indio vendía por esclavo algún niño perdido, que hiciese esclavo al que lo vendía y su hacienda partiese en dos partes, la una parte daban al niño y la otra parte al que lo había comprado, y si los que le habían vendido eran más de uno, a todos los hacían esclavos.

- Hacían esclavo al que vendía alguna tierra ajena, o que tuviese depositada sin licencia.

* La esclavitud está prohibida en nuestra nación, en la actualidad lejos de hacer justicia o ser considerada como sanción, es una violación a un artículo constitucional.

+ Con fundamento en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el párrafo cuarto menciona: Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Derecho civil

La tierra era de los más altos círculos sociales y los mayorazgos. Se dividía en propiedad tlatoani, de funcionarios y nobles y en segundo lugar la tierra de sacerdotes, calpullis, militares y del pueblo. Se podía heredar libremente de padres a hijos o a falta de ellos a un familiar cercano.

* Según para el autor Eduardo Pallares la propiedad “Es el derecho o facultad de gozar y disponer de una cosa con exclusión de lo ajeno arbitrio y de reclamar la devolución de ella si está en poder de otro”[8], mientras que para el autor Rojina Villegas define la propiedad como ” Esta se manifiesta en el poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo universal, por virtud de unarelación que se origina entre el titular y dicho sujeto.”[9]

En la actualidad la propiedad ya no es otorgada ni dividida dependiendo la clase social que se represente.

+ El Código Civil para el Estado libre y soberano de Tlaxcala define en su artículo 750.- la propiedad es el derecho real de usar, disfrutar y disponer de un bien.

La propiedad es una función social y por tanto el propietario debe ejercer su derecho cuando por falta de ejercicio del mismo se causen algún daño o algún perjuicio a la colectividad.

El estado puede imponer limitaciones al derecho de propiedad o establecer la forma de ejercitar este, cuando los bienes permanezcan ociosos o improductivos, o cuando El propietario ejerza su derecho de modo notoriamente discordante o contrario a la naturaleza o destino de los bienes.

Los contratos utilizados por los aztecas fueron la compraventa, permuta,

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