Los Periodos Del Derecho Romano
Enviado por Mikki • 26 de Abril de 2018 • 985 Palabras (4 Páginas) • 649 Visitas
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LEY DATAE: Las emitidas por los magistrados
DERECHO CLÁSICO
Comienza con Augusto en el 27 a.c. Hasta el emperador Diocleciano en el 284 d.c. El poder era compartido por el emperador y el senado. Jurídicamente esta época es la clásica del derecho romano, sumándose como fuente formal del derecho las constituciones imperiales.
CLASES DE CONSTITUCIONES IMPERIALES
EDICTA: Comunicaciones efectuadas directamente al pueblo y aludian a asuntos de la administración provincial.
MANDATA: Instrucciones dirigidas a los funcionarios.
DECRETA: Eran decisiones judiciales del emperador.
RESCRIPTA: Son respuestas del emperador dirigidos a un funcionario o a un particular.
LAS ESCUELAS DE DERECHO DURANTE EL PRINCIPADO
PROCULEYANA: Es fundada por Labeón y continuada por su discipulo Proculo. Era de tendencia democrática y Republicana de gobierno.
SABINIANA: Es fundada por Capitón y su discipulo Sabino. Era de tendencia Aristocrática y partidaria del Imperio.
Papiniano era el más grande de los Jurisconsultos, se le conoce como “princeps Iuris Consultorum”.
PUESTOS IMPORTANTES
LICTOR: Oficiales que servian de escolta al rey y despues a los consules.
QUASTOR: Auxiliares de los consules.
DICTADOR: Una magistradura extraordinaria
DERECHO POSCLÁSICO
- Desde diocleciano en el año de 284 hasta la caida de Roma en el 476 al 1453 con la caida de Constantinopla.
- En el año de 395 Teodosia divide el imperio entre sus dos hijos: Adjudico a Honorio el imperio de occidente. Este periodo correspondiente a la historia del derecho a la fase del derecho posclásico.
- En el año de 410 Roma es saqueado por el rey barbaro Alarico y en 476 el ultimo emperador de occidente Romulo.
- Augustulo es derrotado por el rey germano Odiacro. El imperio de Oriente.
- Durante el gobierno del emperador Teodisi a 429 ordeno que se efectuase con una complicación de todo el derecho y el público una colección de todo el derecho.
DERECHO JUSTINIANO
Fue un emperador bizantino que llego al poder en el año de 527.
Justiciano quizo que perdurara la cultura jurídica romana, por lo cual se propuso llevar a cabo una enorme complicación jurídica que resultara aplicable en la practica en el fin convoca a una comision integrada por los expertos (entre los que destacaron Triboniano y Teofilo).
El nuevo codigo se público en el año 534 y constataba de 12 libros:
I Derecho público edosiastico.
II al VII Derecho Privado.
IX Derecho Penal.
X al XII Derecho Administrativo.
CUERPOS LEGALES
- El codigo de Eurico de 475 d.c.
- La ley romana de los Borgoñesas en el 474 al 516 d.c.
- La ley romana de los visigodos o el llamado Brevario de Alarico II en 506 d.c.
PRIMERAS UNIVERSIDADES
- La de Polonia Italica
- La de Solerno Italica
- La de Raris Francia
FORMAS DE MANUMISION
Existen 3 formas de manumitir o liberar:
- SENSO: Si lo ponian en personas y no en cosas
- VINDICTA: El magistrado dicta 3 veces que el esclavo es libre
- TESTAMENTO: Si les dejaban algun bien en herencia.
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CONCLUSIÓN
Desde la antiguedad en el derecho romano, ya existian las clasificaciones del derecho e incluso esta en las XII tablas. En todas sus etapas el derecho solo se fue modificando un poco, y hasta hoy en día que en México usamos el sistema Neo - Romanista, han habido muy pocos cambios en el.
BIBLIOGRAFIA
Derecho Romano, Marta Morineau Iduarte.
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