PERSONAS BIENES SUSECIONES.
Enviado por Stella • 6 de Abril de 2018 • 1.387 Palabras (6 Páginas) • 396 Visitas
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de una deportación.
En la base romanística de los Derechos reales tenemos la clasificación de acuerdo a la clasificación de las cosas que es todo objeto del mundo exterior sobre las cuales pueden recaer derechos, en roma se clasifican los bienes los que
están extra comercio las cuales no eran de nadie y su uso era común a toda la humanidad y también están las cosas dentro del comercio las susceptibles a relaciones jurídicas. La posesión implica una relación de potestad entre una persona y una cosa. es el poder físico que se ejerce sobre la cosa, poder que está valorado en sí misma, independientemente de que sea o no conforme a derecho; la propiedad es un poder jurídico proveniente dl vocablo latino propietas es un derecho subjetivo que otorga al titular la facultad de usar, gozar y disponer de la cosa, se debe tener en cuenta que la propiedad es diferente a la posesión el hecho que sea dueño así se tenga la titularidad en las cosas no significa que se tenga la posesión con la. Encontramos diferentes Tipos de propiedad como la propiedad Quiritaria (antiguos romanos), la propiedad pretoriana o bonitaria (través de otro modo de adquirir que no sea el derecho civil).en los modos de adquirir la posesión tenemos: la ocupación, accesión y la tradición, en las clases de posesión están la posesión justa, posesión injusta o viviosa, de buena o mala fe. La servidumbre, que según el derecho romano se comprendía bajo la denominación general de “ius in re aliena”, era un derecho real sobre una cosa ajena, en beneficio de un fundo (servidumbre predial) o de una persona determinada (servidumbre personal).
En la sucesión encontramos en el derecho romano, que los vivos suceden en la situación Jurídica del difunto, comprendía el patrimonio los ideales, simpatías antipatías en términos jurídicos, sustitución o reemplazo; por tanto, cuando el o los derechos que pertenecen a una persona, cambiando de dueño pasen a otra que la sustituirá, tendremos una sucesión; La sucesión puede ser Inter vivos (ley y el contrato) o mortis causa (voluntad del causante expresada en un testamento). El derecho privado en Roma regula el destino del patrimonio si no las nuevas relaciones juridicas por La herencia no es más que la sucesión en todo el derecho que tenía el difunto, esta se regulaba en Roma por el derecho hereditario. La sucesión podía ser testada o testamentaria cuando la persona que fallece, deja sus bienes, a sus herederos en forma ya determinada a estos, en la cantidad y calidad ya establecido por el y es intestada cuando la persona que fallece, deja sus bienes, para ser repartidos entre sus herederos, sin testamento.. Para que el
difunto fuera sucedido debió cumplir el requisito de tener herederos, ser persona en el derecho romano (ser libre, ciudadano y pater familias). En el Derecho Romano encontramos estos tipos de herederos podían ser: Heredes necesarios: eran esclavos manumitidos e instituidos herederos, que no podían repudiar la herencia y la recibían de pleno derecho o, aún en contra de su voluntad. y los herederos extraños o voluntarios la adquieren de forma voluntaria o la podían rechazar. En las ordenes hereditarias los herederos podrían ser hijos legítimos sometidos a patria potestad o potestad marital, Agnati (parientes colaterales en línea masculina), los Gentiles (miembros de la misma gens del causante). El bonorum possessio se avalava frente al pretor faltaban ciertas solemnidades. La Delación – Es el llamamiento que se hace en virtud del testamento o la ley a los causahabientes ofreciéndoles una herencia o legado, en virtud del ofrecimiento de que acepten o repudien en la misma. La delación del testamento se da al momento del fallecimiento del testador.
Desde inicio del Derecho romano y través del tiempo los testamentos, las herencias ó SUSECIONES, han sufrido evoluciones ya que la sociedad cambia constantemente y a la vez nosotros como sociedad vamos progresando y por lo tanto todos los demás integrantes de una sociedad deben de ser distintos, pero lo que hizo el derecho romano, fue constituir una muy buena forma de testamento y gran parte de ella se mantiene aun, y co unas variaciones deacuerdo a las necesidades de la sociedad, es muy completa, por lo tanto, diversos países en el mundo lo hicieron
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