Es un contrato por el cual dos o más personas ponen en común dinero, bienes o industria, con el ánimo de repartir entre si los beneficios. Se constituye sin un objetivo puramente mercantil.
Enviado por tomas • 24 de Diciembre de 2017 • 1.077 Palabras (5 Páginas) • 569 Visitas
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publicaran en Diario Oficial, además de la publicidad registral (art. 6º, ley 19.550)
Concurso de acreedores Están sujetas al régimen de los concursos civiles en caso de cesación de pagos (art. 302, ley 19.551) Deben en idéntica situación, someterse a las normas del concurso de acreedores que prevé la ley 19.551
Responsabilidad de los socios Los socios responden frente a terceros por la deudas sociales por una porción viril, aun cuando entre ellos puede haber un acuerdo particular (art. 1747, Cód. Civil.) y salvo convención en contrario en que los socios hayan asumido la responsabilidad solidaria. La responsabilidad solidaria es la regla en las siguientes formas de sociedad:
1) Colectivas (art. 125)
2) En comandita simple o por acciones, en cuanto al socio comanditado (art. 315)
3) De capital e industria, en lo que al socio capitalista se refiere (art. 141, ley 19.550
Contabilidad No están obligadas a llevar su contabilidad en libros ni en la forma especial prescrita en los arts. 61 a 66 de la ley 19.550 y en el art. 44 del Cód. De Comercio, con la confección de balances, de estado de resultados, de notas y cuadros complementarios y sus memorias en tantos ejemplares como lo exige el art. 67 de la ley. Están obligadas a llevar su contabilidad en libros en la forma especial prescrita en los arts. 61 a 66 de la ley 19.550 y en el art. 44 del Cód. De Comercio, con la confección de balances, de estado de resultados, de notas y cuadros complementarios y sus memorias en tantos ejemplares como lo exige el art. 67 de la ley.
Trasmisión de la calidad de socio La calidad de socio no se transmite a los heredares o sucesores universales de acuerdo con el art. 1195 del Cód. Civil. Así lo dispone expresamente el art. 1670: No tienen calidad de socio los herederos o legatarios de los derechos sociales, si todos los otros socios lo consintiesen en la sustitución, o si esta no fuese convenida con el socio que hubiere fallecido y aceptada por el heredero En las sociedades comerciales, aun en las sociedades de personas, ese principio se debilita, (La calidad de socio no se transmite a los herederos o sucesores universales de acuerdo con el art. 1195 del Cód. Civil.), con mayor razón en las de simple capital, como son por ejemplo, las anónimas.
¿Cuál sociedad elegirías para iniciar un negocio? describiendo las razones de ello.
La sociedad civil es una fórmula interesante para poder iniciar una actividad empresarial, por su sencillez administrativa, desde el momento de la constitución, y los bajos requisitos de aportación de capital. Sin embargo, siempre deben tenerse en cuenta todos los aspectos prácticos de la misma, no siendo recomendable en situaciones en las que, por ejemplo, se requiera un volumen de endeudamiento importante.
Tampoco conviene perder de vista a la hora de analizar la conveniencia de este tipo de sociedad, situaciones en las que se esté expuesto a demandas. Por ejemplo, en el caso de un medio online, que pudiera ser demandado por un uso de una imagen, las consecuencias para los socios podrían ser muy desagradables y tener un impacto nefasto en su patrimonio personal. En este caso, ante este riesgo, tal vez sería más prudente optar por la fórmula de la sociedad limitada.
Conclusión
La naturaleza civil o comercial de una sociedad se deduce de su objeto social. Si el objeto de una sociedad es civil, en los términos del artículo 23 del Código de Comercio, la misma será civil. La principal diferencia entre unas y otras es que las sociedades comerciales se deben matricular en el registro mercantil, mientras que las sociedades civiles no tienen esta posibilidad.
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