TRABAJO DE DERECHO COMERCIAL
Enviado por Jillian • 6 de Agosto de 2018 • 792 Palabras (4 Páginas) • 330 Visitas
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La corporación cuenta con cinco empleados de planta. Los colaboradores son los mismos afiliados que se nombren en comisión para realizar tareas específicas en las fechas de celebraciones o eventos programados.
Brindándole estos servicios a 642 Pensionados de la empresa puertos de Colombia Corpecol.
Instalación en Cali de la Corporación de pensionados de la empresa puertos de Colombia Corpecol
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5. Conclusiones como grupo en las que se indiquen entre otras cosas, si la entidad visitada cumple con el objeto social, para el cual fue constituida o tiene algún otro objeto social, si cumple su funcionamiento con la normatividad vigente en Colombia para este tipo de entidades, y que recomendaciones harían a la entidad en caso de su funcionamiento y cumplimiento de las normas legales no sea el acuerdo.
En la Visita encontramos que esta entidad cumple a cabalidad los parámetros que indican la ley como una corporación prestadora de ayuda en el ámbito de las personas asociadas a esta corporación, que es el caso de las personas Pensionadas en el gremio portuario colombiano, estas personas albergan esperanzas y ayudas para recrearse y hacer actividades que genere ayudas como sociedad solidaria, se tiene una administración delegada por otras personas pertenecientes del régimen.
A continuación, algunos de los estatutos de control y revisión sobre esta Corporación al pertenecer al régimen estatal. Como el gremio Portuario nacional.
“ La Constitución Política de Colombia de 1991 define las diferentes formas asociativas con posibilidad de constitución. Incluye también las funciones de inspección, vigilancia y control por parte del Estado.
Las referencias a formas asociativas incluyen: Garantía del “derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad” (artículo 38).
Protección y promoción por parte del Estado a las formas asociativas y solidarias de propiedad (artículo 58).”
Fragmento del cartilla sobre asociaciones www.orgsolidarias.gov.co
Entidad sin ánimo de lucro
Personería Jurídica
Vigilada Por
Disposiciones Legales
Asociaciones, corporaciones, fundaciones e instituciones de utilidad común; gremiales; de beneficencia; profesionales; juveniles; sociales; democráticas y participativas; cívicas y comunitarias; de egresados; promotoras de bienestar social y ayuda a indigentes; drogadictos e incapacitados (salvo las empresas privadas del sector salud); clubes sociales.
.En los departamentos puede suspenderla o cancelarla el gobernador. En Bogotá, D. C. puede suspenderla o cancelarla el Alcalde Mayor (Oficina de Personas Jurídicas).
En los Departamentos: el gobernador. En Bogotá, D. C. el Alcalde Mayor, a través de la Oficina de Personas Jurídicas
Ley 22, de 1987 D. 1318 de 1988 (Pres. Rep.) D. R. 1529 de 1990 (Pres. Rep.) D. 525 de 1990 (Pres. Rep.) D. Distrital 059 de1991 D. 2150 de 1995 (Pres. Rep.) Ley 720 de 2001 y su decreto Reglamentario 4290 de 2005.
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