ANTECEDENTES DEL DERECHO COMERCIAL
Enviado por Albert • 29 de Enero de 2018 • 7.144 Palabras (29 Páginas) • 690 Visitas
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En La Española, tras las devastaciones de Ozorio entre 1605 y 1606, el empobrecimiento de la corona española hace cambiar la política fiscal, declarándose algunos puertos libres, con el nacimiento de la colonia francesa en la parte oeste de la isla, aunque la principal actividad comercial siguió siendo privilegio de la Casa de Contratación de Sevilla.
Las guerras en Europa, donde España llevaba las de perder y la corriente liberal de Francia provocaron cambios en las colonias españolas, poniéndose fin en el siglo XVIII al régimen monopolio, y abriéndose el comercio hacia otras islas del Caribe.
Por una ordenanza en Francia, en 1801 se redacta un Código de Comercio para ser aplicado en la parte francesa de La Española (hoy Haití), pero con la proclamación de la República en 1844, se decidió mantener vigente los códigos haitianos, que se derivaron de Francia, que aunque pudo haberse vista amenazada por el creciente imperio de Inglaterra a principios del siglo XIX, la hegemonía británica solo sería a nivel económico. Los franceses conquistarían la civilización occidental en el resto de los aspectos.
De ahí que el presidente Ulises Heureaux, Lilís, que gobernaba la República Dominicana a finales de ese siglo, ordenó la traducción al español y a la realidad dominicana todos los textos franceses. Pero el desarrollo industrial y el comercio en nuestro país no se inician hasta bien entrada la primera década del siglo XX, con la instalación de grandes centrales azucareras y empresas de servicio, como el telégrafo, la electricidad, aunque el comercio en sí mantendría los mismos patrones de los tiempos de la colonia.
Los gobiernos dominicanos, desde principios del siglo pasado y hasta la era de Trujillo, se mantenían atentos a cómo evolucionaba el Código de Comercio en Francia. Por lo que para 1935, se fueron adoptando algunas disposiciones francesas en las leyes dominicanas, sobre todo las que regulaban la actividad comercial.
Unos años más tarde, en 1940, surge la iniciativa de sustituir la legislación francesa por una más adecuada a la realidad social, política y económica de los dominicanos. Un movimiento encabezado por el jurista José Humberto Ducoudray, quien consideró apropiado modificar varios códigos, entre ellos el de comercio; que aunque la tiranía los ignoró, se convirtieron, para la época en una legislación avanzada.
A partir de la caída de Trujillo y luego de la Guerra de Abril y la invasión norteamericana, en 1966, el Código de Comercio Dominicano se fue convirtiendo en una legislación desfasada, lejana a los nuevos tiempos.
Con el paso del siglo, se han ido quitando muchas de estas leyes sobre comercio, mermando así a este instrumento legislativo su carácter de conjunto de normas regulatorias, convirtiéndole hoy en letra muerta.
A principios de los 80´s, en el gobierno de Jorge Blanco, se hicieron pequeñas modificaciones al Código de Comercio, tal como lo hiciera su antecesor Guzmán Fernández; se redactó un nuevo Código, pero cayó en el limbo legislativo.
El Convenio de Marrakecht, de 1995, impuso al país la necesidad de un nuevo marco regulatorio sobre comercio, lo que trajo como consecuencia, la formación de una comisión para la redacción de un nuevo código. Aún se espera su aprobación en el Congreso Nacional.
Recientemente, iniciado ya este milenio, acuerdos como el DR-CAFTA, CARICOM, y otros suscritos con la Unión Europea, han venido a impulsar el desarrollo de este derecho, promoviendo reformas en diversas instituciones, dotando al país de una legislación más moderna, acorde con estos tiempos, teniendo como ejemplo la Ley General de Sociedades y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, de Arbitraje Comercial, entre otras.
CAPITULO II
FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL
2.1 LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA.
La Constitución de la Republica es, al igual que en otras materias, la fuente prima de este derecho. Al efecto, y como ya hemos señalado establece en su artículo 50, y como uno de los derechos económicos y sociales de que son titulares todos los habitantes de la nación, los cuales deben ser titulados y garantizado por el Estado, el reconocimiento y garantía de la “libre empresa, comercio e industria”, como la libertad y el derecho de que gozan “Todas las personas… a dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las prescritas en esta Constitución y las que establezcan las leyes.
2.3 LA LEY
La ley, en sentido lato, es una regla escrita y obligatoria dictada por una actividad competente, siendo general en su aplicación. Puede ser imperativa, y en consecuencia, no puede ser descartada por los interesados, reputándose como de orden público, o bien supletoria, la cual no se aplicara sino en la ausencia de una voluntad contraria de los interesados.
2.4 LAS LEYES PROPIAMENTE COMERCIALES.
- El Código de Comercio. El cual, como se lleva dicho se ha quedado rezagado en el tiempo, dejando de regular una serie de situaciones que el devenir económico e histórico han ido desarrollando, tal como lo es el Contrato de Tarjeta de Crédito, siendo de esta manera imperativo y necesario su adecuación a los tiempos actuales.
- B) La Leyes Posteriores al Código. La mayoría han sido promulgadas durante el siglo XX, y hasta nuestros días. Han venido, casi todas ellas, a completar las disposiciones del código, algunas, a modificar su contenido y a regular de manera específica determinadas actividades económicas que aquel no regula, sino que organiza de forma regular.
Seis periodos históricos se corresponden a las corrientes legislativas, en las cuales pueden ser clasificadas e incluidas, las diversas leyes que comportan y regulan nuestro derecho comercial:
- El liberalismo económico, dominante hasta un poco más allá del 1914. En nuestro país, caracterizado por una legislación impregnada de menos severidad, con más libertad y una facilidad de crédito mayor.
- La Intervención del Estado. Que se manifiesta en las primeras décadas del siglo XX, a través de una legislación tendente a remediar el abuso nacido del liberalismo cuasi absoluto y a reprimir los fraudes.
- La intervención del Estado por vía autoritaria. Que se va a intensificar a partir del 1936, y se prolongara más allá del fin de la segunda guerra mundial, y hasta bien entrada la década del 1960.
- El poder reglamentario y el derecho de
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