Un Análisis del grito de la independencia y su jurisprudencia
Enviado por Rimma • 30 de Noviembre de 2018 • 2.079 Palabras (9 Páginas) • 347 Visitas
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libertad”. (Del libro HISTORIA DE COLOMBIA del Dr. Javier Ocampo López)
Un precursor que lucho por su libertad fue el famoso José Antonio Galán influenciado por la ilustración, las injusticias y seguidor de Antonio Galán, que es propagador de las ideas de igualdad, de los Derechos para el hombre y del ciudadano que repartió a todas las casas ya lo expuesto.
El caudillo hombre de armas y un gran héroe del frente de los comuneros, se enfrenta a los hacendados criollos y españoles. Tres días después, Galán y sus compañeros son prisioneros, hasta que se conoce su sentencia de muerte:
“Condenamos a José Antonio Galán a que sea sacado de la cárcel, arrastrado y llevado al lugar del suplicio, donde sea puesto en la horca hasta cuando naturalmente muera; que, bajado, se le corte la cabeza, se divida su cuerpo en cuatro partes y pasado por las llamas ( para lo que se encenderá una hoguera delante del patíbulo); su cabeza será conducida a Guaduas, teatro de sus escandalosos insultos; la mano derecha puesta en la plaza del Socorro, la izquierda en la villa de San gil; el pie derecho en Charalá, lugar de su nacimiento, y el pie izquierdo en el lugar de lo Mogotes; declarada por infame su descendencia, ocupados todos sus bienes y aplicados al fisco; asolada su casa y sembrada de sal, para que de esa manera se de olvido a su infame nombre y acabe con tan vil persona, tan detestable memoria, sin que quede otra que la del odio y espanto que inspiran la fealdad y el delito” Sentencia de Muerte del 30 de enero de 1782. (Del libro HISTORIA DE COLOMBIA del Dr. Javier Ocampo López)
El acontecimiento de Galán, a gran parte de la población llevo a cogerle más odio a los Españoles y que su permanencia no fuera más. Querían líderes de la Granada, defendieron la separación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y judicial, según las ideas de John Locke y Montesquieu, aceptaban los derechos humanos, el espíritu de las leyes, la libertad de pensamiento, libertad de Comercio y en general, las ideas de democracia, igualdad, fraternidad y soberanía popular. Todos estos ideales lo planteo Antonio Nariño a la población humilde y sumisa.
Para hacer efectivo lo planteado empezaron a crear ideas, para nombrar un cabildo abierto y así el acta de la revolución (realmente un Acta de independencia) del 20 de julio de 1.810 se reconoce a Fernando VII pero de una manera teórica, porque en la práctica se dé un gobierno, la voluntad de convocar un congreso, de hacer una constitución de sentar una patria y de una vez adoptar una forma federal.
Después del gripo de independencia se firma la primera Acta expedida y da paso a la creación de muchas Constituciones para cada provincia.
Por ejemplo la creada, del 30 de Marzo de 1.811, llamada “Constitución de Cundinamarca”
Reúne una estructura más concreta de lo que en si puede ser una constitución, se compone así:
Respeto a la monarquía Española, respetada por Fernando VII, se establecía un sistema de gobierno ejercido por los tres poderes
Máximo poder la soberanía popular.
El poder ejecutivo, que correspondía al Rey, “auxiliado de sus ministros y con la responsabilidad de estos”, cuando se hallara dentro del territorio y no estuviera impedido (por enfermedad, demencia o cautiverio), y, en defecto del Rey, al Presidente de la Representación Nacional, “asociado de dos Consejeros y bajo la responsabilidad del mismo Presidente”. El periodo del Presidente era de tres años.
El poder legislativo correspondía “a los miembros nombrados por el pueblo para este efecto”, quienes integraban el denominado “Cuerpo Legislativo”. El número de estos miembros eran diecinueve.
El poder Judicial estaba regulado en el Titulo VII de la Constitución. Como lo decía su artículo 1, consistía “en la autoridad de examinar las diferencias que se suscitan entre los ciudadanos, fijar sus derechos, juzgar sus demandas y querellas y aplicar las penas establecidas por las leyes a los infractores de ellas”. (Del libro La llama de la INDEPENDENCIA, de José Gregorio Hernández Galindo, pag.115, 116 y siguientes).
En 1.812 logramos nuestra libertad, el libre pensamiento, la primera Acta del 20 de Julio, cada una de las varias provincias profirió su propia Constitución, precedida por su Acta de Independencia, en el entendido de que cada cual era un Estado: el Estado Libre e Independiente del Socorro; el Estado Libre de Cundinamarca; la Federación de las provincias Unidas de Nueva granada; la Republica de Tunja, el Estado Soberano de Antioquia; El Estado de Cartagena de Indias; el Estado de Mariquita. Esta acta se expresa que la independencia se declaraba sobre la base de la libertad de las provincias, ligadas únicamente por un sistema federativo.
Constituciones Provinciales:
La Constitución de Cundinamarca de 1811 (4 de abril).
La Constitución de la República de Cundinamarca de 1812 (17 de abril).
La Constitución de la Republica de Tunja de 1811 (9 de diciembre).
La Constitución del Estado Soberano de Antioquia de 1812 (3 de mayo).
La Constitución del Estado Soberano de Cartagena de Indias de 1812 (14 de junio).
La Constitución o Forma de Gobierno del Estado de Mariquita de 1815 /21 de junio).
La Constitución Provisional de la Provincia de Antioquia de 1815 (10 de julio).
El 27 de noviembre de 1811 los diputados de las provincias de Antioquia, Cartagena, Neiva, Pamplona y Tunja firmaron el acta de la Confederación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada. Allí se convino desconocer por completo el gobierno de la Monarquía Española y se declaró que todas las provincias eran iguales, independientes y soberanas. (Del libro La llama de la INDEPENDENCIA, de José Gregorio Hernández Galindo, pag.115, 116 y siguientes).
No acabamos con la monarquía, pero más adelante llegará un militar llamado Simón Bolívar que cambiara todos los poderes, acabara con la legislación Española en algunas provincias, en 1819 y creara un país conformados por mas países, gobernara un poder central y sólo legislara una Constitución………..
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