EL TEMA DE LA INDEPENDENCIA
Enviado por Christopher • 10 de Octubre de 2017 • 2.502 Palabras (11 Páginas) • 630 Visitas
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AUTOEVALUACION TEMA V
1.- ¿CUÁL FUE EL PRIMER PODER FEDERAL INSTALADO EN MÉXICO?
R: El 31 de enero de 1824, el Congreso Constituyente aprobó el Acta Constitutiva de la Federación, instrumento jurídico para el gobierno y la organización política provisional, en tanto se concluía y aprobaba la Carta Magna. El artículo sexto del Acta señalaba las partes integrantes de la Republica, así como el papel de los Estados Componentes de la Federación, su administración y los gobiernos internos.
Las discusiones de los constituyentes, iniciadas el primero de abril, concluyeron el 4 de octubre del mismo año, día en que se dio a conocer a la nación mexicana la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, redactada y aprobada por el Congreso Constituyente, conforme lo indicara el Plan de Casamata, que a la sazón derruía las bases de la colonia y del imperio criollo. El Pacto Federa, firmado por los 99 diputados, queda sellado bajo el símbolo de la unidad nacional y el respeto a cada una de las partes integrantes de la Federación.
2.- ¿CUÁL FUE EL PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE Y QUIEN LO DECLARÓ?
R: El congreso de Chilpancingo
A iniciativa de José María Morelos y Pavón, el 14 de septiembre de 1813, se instala en Chilpancingo el Primer Congreso Mexicano que habría de proclamar formalmente su independencia, y en el que estaban representadas todas las provincias del país. “A la asamblea constituyente asistieron 17 diputados, uno por cada provincia”
3.- ¿COMO ESTÁ CONSTITUIDA LA CONSTITUCIÓN DE 1857?
R: El sistema de gobierno establecido era de carácter republicano, representativo, federal y dividido en tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Se destaco la prohibición expresa de reelegir de modo sucesivo a los encargados del poder ejecutivo, tanto en la unión como en los estados.
La carta Magna, integrada por VIII títulos y 120 artículos, en los primeros 29 establecida los derechos del hombre y consagraba las siguientes libertades: de enseñanza, de trabajo, de pensamiento, de petición, de asociación, de comercio e imprenta. Además, incorporo algunas de las leyes que le habían precedido en el gobierno provisional, como la de coacción civil para los votos monásticos, en su artículo quinto; la Ley Guares, artículo trece; la Ley Lerdo, artículo 27, que retomaba el federalismo, la democracia representativa y permitía al gobierno intervenir en los actos del culto y en las disciplinas eclesiásticas.
4.- JURÍDICAMENTE, ¿CUÁL ES EL SENTIR DE LA CONSTITUCIÓN DE 1857?
R: El nuevo mandamiento constitucional dejó inconformes a los privilegiados, empezando por la iglesia, al punto que el mismo jerarca mundial Pío IX, dijo que ésta constituía un insulto a la religión, y desde el solio papal condenó y declaró reprobabas las leyes, y consideró sin valor a la Constitución. Paralelamente, fulminó a todos los que obedecían al gobierno. Por su parte, el episcopado mexicano, haciéndose eco de los rencores del papa, repartió excomuniones por doquier. La guerra civil promovida por la iglesia, amenazaba de nuevo al país, pues no podía renunciar tan fácilmente a los privilegios de que gozaba. “Comonfort, confirmado en la presidencia de la Republica, debía poner en práctica en nuevo documento político, pero no lo hizo, los conservadores, con el general Félix Zuloaga como jefe proclamaron el plan de Tacubaya, que pedía el desconocimiento de la Constitución.”
5.- ¿CUÁL ES EL ORIGEN Y DESARROLLO DEL AMPARO?
R: Al comienzo del año 1857, la nueva constitución estaba lista para ser firmada. Su tono era anticlerical. Esta constitución contiene en la sección I del título I una importante lista de los derechos individuales, que incluso son calificados como “la base y el objeto de las instituciones sociales”. Además, en sus artículos 101 y 103 reglamenta el juicio de amparo, continuando la línea que va desde el Poder Conservador a la Constitución yucateca de 1840, al proyecto minoritario de 1842 las bases de 1843 hasta el artículo 25 del Acta de reformas de 1847.
Una de las instituciones más nobles de nuestro sistema jurídico es, sin duda, el juicio de garantías o juicio de amparo.
Los antecedentes de nuestro actual amparo son el habeas corpus y la Judicial Review del derecho ingles y estadounidense; la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en Francia; y los recursos de fuerza y las apelaciones ante la Real Audiencia, etc.
En los Elementos constitucionales de Ignacio López Rayón de 1811 se establece que la Suprema Corte velará por las infracciones de la Constitución y leyes generales, según se prevenga por la ley.
En la Constitución de 1824 se faculta a la Suprema Corte para conocer de las infracciones de la Constitución y leyes generales, lo que implica un control de constitucionalidad y legalidad, pero la ley reglamentaria respectiva no llego a expedirse.
6.- ¿CUÁL ERA LA RELACIÓN ENTRE EL ESTADO Y LA IGLESIA?
R: Las relaciones Iglesia-Estado siempre fueron conflictivas durante el periodo de 1821-1940, es decir, desde la consumación de la Independencia hasta el inicio de gobierno del Presidente Manuel Ávila Camacho, cuando la política del Estado mexicano se suavizo y ambas instituciones trataron de mantener una relación respetuosa y hasta cierto punto cordial, si bien en muchas ocasiones vulnerando los textos constitucionales y legales vigentes.
El emperador Maximiliano pretendió revivir el Regio Patronato, pero no acepto derogar la libertad de cultos: de alguna forma simpatizaba con las ideas liberales juaristas, a pesar de que declaraba la fe católica como religión de Estado. Además, confirmó las leyes de desamortización de bienes eclesiásticos; ordeno que los sacerdotes prestaran gratuitamente sus servicios religiosos, quedando sujetos a sueldo del gobierno; y llego al extremo de exigir que la correspondencia entre el clero y la Santa Sede fuera supervisada por el gobierno mexicano, todo lo cual impidió un arreglo con Pedro Francisco Meglia, enviado por el papa para negociar con el Imperio.
En los últimos años del presidente Juárez se suavizo mucho el trato con la Iglesia. Pero en 1872, al asumir el cargo presidencial Sebastián Lerdo de Tejada, elevo al rango constitucional las Leyes de Reforma y se prohibió al Congreso legislar para establecer o impedir
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