Igualdad de oportunidades y diversidad
Enviado por Jerry • 12 de Julio de 2018 • 1.002 Palabras (5 Páginas) • 443 Visitas
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- Acoso sexual, es una de las problemáticas más comunes en las corporaciones donde un trabajador mediante presiones u ofrecimientos pretende recibir de otro favores sexuales, cuando este último no lo quiere.
- Discriminación indirecta: Esto se da por medio de la solicitud de pre-requisitos excesivos sin justificación alguna de su existencia, como solicitar un diploma universitario en el momento de cubrir una vacante de servicios generales.
- La discapacidad: esto no debe ser un impedimento para no contratar a un candidato en el momento de cubrir una vacante, pues dependiendo del tipo de trabajo el empleador puede hacer adaptaciones con el fin de facilitar el trabajo para aquellos que tengan limitaciones físicas o mentales como un aporte para su rehabilitación vocacional.
- Matoneo: es una forma de acoso mediante la cual se intimida y agrede a un trabajador, coartando la oportunidad de realizar sus labores en un ambiente tranquilo y seguro.
En América latina las leyes laborales son una rama del derecho social que responden, en teoría, a una exigencia por la dignificación de las condiciones de vida de la clase trabajadora; si bien debemos reconocer el avance de los países de nuestro continente en este materia, también es claro que a pesar de que sus leyes de han modernizado para la protección de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores, no existen las herramientas legales y el compromiso político para garantizar el cumplimiento de estos preceptos básicos de equidad e igualdad de oportunidades, por lo que existe aún la discriminación en sus diferentes expresiones.
Caso de Estudio:
El ejemplo referido manifiesta una clara intención de acoso sexual de una mujer de color, hacia un hombre caucásico que manifestó a través de su canal de comunicación en el trabajo, una reclamación y solicitud de intervención directa, la cual fue manejada de manera informal y verbal, dando como resultado una acción en contra de la empresa por la manipulación acomodada de los hechos, por parte del autor de la conducta de acoso, dando vuelta a los argumentos y a la situación creando un nueva condición en la cual ella pasa a ser la víctima de una conducta de discriminación racial en razón de su color de piel.
Consideramos que la situación se manejo de una manera inapropiada al no dársele el crédito suficiente y un manejo oficial a la reclamación, documentando la versión de cada una de las partes para sustentar documentalmente las actuaciones futuras.
Consideramos que quien manifestó sentirse víctima de una conducta inapropiada contaba con los elementos probatorios suficientes para presentar su queja, pues al declararse abiertamente como una persona casada y comprometida con su familia, no tenía porque recibir de una compañera de trabajo, notas personales y llamadas telefónicas en fechas comprometedoras y en una actitud insinuante.
Claramente se nota la ausencia de políticas para informar y prevenir la ocurrencia de actos de acoso y se debe implementa un programa de acción afirmativa que permita socializar, documentar, controlar, vigilar y prevenir la conductas de acoso laboral.
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