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EL PODER REAL DEL VATICANO

Enviado por   •  28 de Diciembre de 2017  •  11.030 Palabras (45 Páginas)  •  282 Visitas

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De conformidad con el Tratado de Letrán firmado por la Santa Sede y el Gobierno de Italia decreta en su artículo 4° “La soberanía y la jurisdicción exclusiva que Italia reconoce a la Santa Sede sobre la Ciudad del Vaticano implica que en la misma no puede producirse ninguna injerencia de parte del Gobierno italiano y que en ella no hay otra autoridad que la Santa Sede”

El Estado Ciudad del Vaticano y la Santa Sede, están unidas indisolublemente a la persona del Sumo Pontífice, que es el Jefe de Estado, que goza de la plenitud de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

Durante la Sede vacante, estos poderes pertenecen al Colegio de Cardenales. El Sumo Pontífice administra el Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano.

La Figura Jurídica del Estado Ciudad del Vaticano

La verdadera característica de la Ciudad del Vaticano y que la distingue netamente de cualquier otro Estado, es el fin mismo por el cual ella ha surgido y que por otra parte es su razón de ser. El fin preciso de los Tratados de Letrán fue el de crear un Estado que no posea un fin en sí mismo, sino al servicio de la Santa Sede para asegurarle una soberanía indiscutible en el Derecho Internacional Público. Se trata de un Estado Soberano pero cuya soberanía no se justifica sino en la función de la soberanía espiritual del Romano Pontífice.

El Estado de la Ciudad del Vaticano surgió con un preciso carácter instrumental y es allí donde es necesario ver su rati vitae. De esta peculiaridad fundamental provienen todas las características que se encuentran en sus elementos. El Estado de la Ciudad del Vaticano posee, como cualquier otro Estado, justificación en sí mismo o en el hecho de su existencia jurídica, sino en orden a la existencia de otro ente, la Iglesia Católica o, mejor dicho, la Santa Sede.

El fin por el cual fue constituido el Estado de la Ciudad del Vaticano hace comprender la razón por la cual el territorio es pequeño en extensión y con escaso número de habitantes. También es por ello que posee normas especiales establecidas para la adquisición y la perdida de la ciudadanía, principios generales en orden a la organización administrativa y económica y a la seguridad pública, así como la delegación del poder punitivo de los delitos cometidos en la Ciudad del Vaticano a la Republica de Italia.

El carácter particular del Estado pontificio corresponde perfectamente a la naturaleza de la institución divina que se quiere preservar buscando simbolizar y asegurar la plena y absoluta independencia de cualquier otro Estado.

La Santa Sede nunca declino su pretensión de poseer una efectiva soberanía también en el campo político temporal, explicando y justificando al mismo tiempo que esa exigencia es debida a necesidades religiosas y espirituales.

Según el pensamiento católico este civiles principatus no posee más que una única y una bien determinada razón de ser, una única e inmutable función, que es la de ser el praesidium et médium moraliter necessarium para la exigencia y la misión espiritual de la suprema institución de la iglesia. Este concepto se encuentra solemnemente consagrado en los mismos tratados de Letrán al decir en su preámbulo que “debiendo asegurar a la Santa Sede la absoluta y visible independencia y garantizar una soberanía indiscutible aun en el campo internacional ha sido revisada la necesidad de construir con particular modalidad, a la Ciudad del Vaticano, reconociendo sobre la misma Santa Sede la plena propiedad y la exclusiva y la absoluta jurisdicción de potestad soberana. Más adelante dice que la “la Santa Sede sostiene que con los acuerdos que hoy suscribe le viene asegurada adecuadamente la debida libertad e independencia al gobierno pastoral de la diócesis de la Roma y a la iglesia católica en Italia y en el mundo.

El antiguo Estado Pontificio, aun existiendo antes y sobre todo como organismos al servicio de la suprema institución de la iglesia y de los intereses espirituales de la catolicidad un organismo al servicio de las necesidades y de los intereses temporales de la población de la provincia romana.

El fin principal de aquel Estado era extra-estatal, pero conservaba y perseguía también fines secundarios políticos como todos los Estados.

En cambio, el Estado de la Ciudad del Vaticano, aun poseyendo teóricamente esta misma posibilidad es una organización existente y operante únicamente para los intereses universales y espirituales de la iglesia, faltándole prácticamente todo aquello que pudiera en forma efectiva otorgarle fines estatales propiamente dichos.

El Estado de la Ciudad del Vaticano es la garantía del orden político territorial de la independencia pontificia. Esto es la causa final principal pero también encarna las garantías complementarias de orden jurídico personal concerniente a la persona misma del Romano Pontífice, así como a la persona de los dignatarios y funcionarios pontificios y de los miembros de los conclaves y concilios, a la actividad religiosa de la Santa Sede ya sea en el orden católico como en el mismo territorio italiano.

Como ya se escribió anteriormente, los tres poderes del Estado Ciudad del Vaticano, recaen en el sumo pontífice, “La forma de gobierno del Estado es la monarquia absoluta. El Jefe del Estado es el Sumo Pontifice, que tiene plenos poderes Legislativo, Ejecutiivo y Judiacial. Durante el periodo de sede vacante, dichos poderes son ejercidos por el Colegio de cardenales.

El sumo pontífice, elegido durante el conclave por los cardenales que no han alcanzado los ochenta años de edad, se convierte en Soberano del Estado cuando acepta su elección al Pontificado.

Esta forma de gobierno del Estado de Vaticano, se ha consolidado durante tantos años, su forma de gobernar, esta estructura institucional, en su forma institucional. Desde el punto de vista psicológico, se considera a la iglesia como institución social y religiosa, que ha actuado a través de la historia como un factor de cambio y como integradora en el aspecto sociocultural de las sociedades.

La forma de gobierno del Estado de Vaticano, va más enfocada a un gobierno espiritual, donde sus bases se encuentran en leyes canónicas, que son aplicadas en sus agremiados, es por esta razón que su forma jerárquica, establece normas, leyes decretos que para sean cumplidos por sus seguidores, acto que afecta a un Estado internacional.

Este tipo de gobierno que detenta el Estado Ciudad del Vaticano, es de forma jerárquica e institucionalizada, “la iglesia es una sociedad provista

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