ENSAYO ACERCA DE LA NATURALEZA Y OBJETIVO DEL JUICIO DE AMPARO
Enviado por John0099 • 31 de Octubre de 2018 • 1.054 Palabras (5 Páginas) • 429 Visitas
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Este sistema de protección constitucional tiene como objetivo no solo el respeto a las normas constitucionales, sino también al régimen jurídico secundario.1
El CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD se ha revelado como un medio jurídico de protección o tutela de constitucionalidad, debiendo advertirse en el primer documento jurídico político mexicano que lo instituyo , en la Constitución de Yucatán en 1840 que se declaró en contra cualquier acto del gobernador o Ley de la legislatura que , en agravio del gobernado, violase la constitución y no únicamente los preceptos en que se consagraba las garantías individuales.
Sustanciación Del Juicio de Amparo Indirecto.
PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. La acción constitucional se ejercita ante un Juez de Distrito del Poder Judicial de la Federación, cuando los actos de autoridad que se reclamen no sean sentencias definitivas o laudos laborales definitivos, el artículo 107fracción VII fija la competencia de estos órganos sobre los que descansa la procedencia del amparo indirecto o bi-instancial, entonces debemos entender que si se trata de cualquier acto de autoridad que no sea alguna de las resoluciones mencionadas procederá el mismo.
El Artículo 114 de la ley de amparo establece los casos de procedencia del juicio indirecto de garantías partiendo de lo dispuesto en las fracciones V, VI, y VII del artículo 107 Constitucional, indicando:
.-“El amparo se pedirá ante el juez de Distrito:
I.- Contra leyes federales o locales, tratados internacionales, reglamentos expedidos por el Presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional, reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados, u otros reglamentos, decretos o acuerdos de observancia general, que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de aplicación, causen perjuicios al quejoso.
II.- Contra actos que no provengan de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo. En estos casos, cuando el acto reclamado emane de un procedimiento seguido en forma de juicio, el amparo sólo podrá promoverse contra la resolución definitiva por violaciones cometidas en la misma resolución o durante el procedimiento, si por virtud de estas últimas hubiere quedado sin defensa el quejoso o privado de los derechos que la ley de la materia le conceda, a no ser que el amparo sea promovido por persona extraña a la controversia.
III.- Contra actos de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo ejecutados fuera de juicio o después de concluido. Si se trata de actos de ejecución de sentencia, sólo podrá promoverse el amparo contra la última resolución dictada en el procedimiento respectivo, pudiendo reclamarse en la misma demanda las demás violaciones cometidas durante ese procedimiento, que hubieren dejado sin defensa al quejoso. 3
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C O N C L U S I O N
La gran diferencia entre la finalidad tutelar del Juicio de Amparo es impugnar jurídicamente los actos de las autoridades de los Estados, esto solo procede cuando existe una contravención constitucional en los concebidos casos contenidos en el art. 103.
Es visto como un recurso cuando se utiliza contra cualquier violación legal en los términos especificados por el ordenamiento de la ley suprema.
Es por esto que el amparo indirecto es un sistema de defensa de la Constitución y de las Garantías individuales , de tipo jurisdiccional.
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