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La vulneración de derechos es mencionada porque existen y han existido empresas o entidades en las que sus empleados son utilizados por los empleadores de forma arbitraria por sus empleadores.

Enviado por   •  7 de Enero de 2018  •  3.305 Palabras (14 Páginas)  •  551 Visitas

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A lo que se refiere con esto es que, se penalizará a quien siendo mayor de edad, responsable y consecuente de sus actos, sea capaz de “contratar” a un niño para que ejerza una jornada laboral y a su vez, crear grandes centros de educación a nivel nacional y sobretodo en las localidades menos favorecidas, ya que es en estas en donde existe un mayor número de niños realizando trabajos, otorgar subsidios de mantenimiento a los niños que se compruebe están menos favorecidos, realizar campañas que incentiven el pensamiento de todos los ciudadanos y hacerlos crear conciencia de todo el daño que le hace a la vida y al país el que un niño trabaje. Todo esto con el fin de tener en un futuro una Colombia educada y con conciencia ciudadana.

Otro política que debe empezar a implementar el Ministerio de Trabajo Colombiano es que exista un mayor número de empleos formales que informales, este es el fenómeno que estamos viviendo hoy en día como lo revela el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística).

“El trabajo informal sigue sin ceder en el país, y correspondió al 51,6 por ciento de la población ocupada de las 13 principales ciudades, en donde el Dane mide el fenómeno, en el trimestre terminado en noviembre del año pasado.

De esta manera, incluso hay un aumento de dicho tipo de trabajo, que se considera de calidad deficiente, frente al trimestre terminado en octubre, cuando su incidencia fue de 51,3 por ciento, y un incremento mayor frente al 51,1 por ciento registrado un año atrás.

De acuerdo con el DANE, la población ocupada informal se encuentra principalmente en comercio, hoteles y restaurantes, en donde está el 41,4 por ciento.

El informe señala que el 57,7 por ciento de los informales son trabajadores por cuenta propia, y el 52,1 tienen educación secundaria.

Entre las mujeres, el trabajo informal alcanza el 55,8 por ciento, mientras que entre los hombres llega a 47,9 por ciento”. (El Tiempo, 2013)

Todo este problema del trabajo informal surge debido a la tasa tan baja de empleo que existe en Colombia, y que hace que las personas se dediquen a emplear otras técnicas para obtener dinero y así satisfacer sus necesidades, la técnica de ser auto empleado, el trabajar para ti mismo, pero no con una gran inversión debido a la situación en la que nos encontramos, sino con un esfuerzo, tener un negocio del que vivir, ya sea pequeño, pero que sea tu sustento. Por esto, por no haber tanto empleo en el país existen tantos vendedores informales que carecen de garantías como a las que están suscritos los empleados formales.

Estos vendedores informales carecen de demasiadas garantías y servicios una de ellas y la más importante es no estar vinculado a un sistema de salud.

4. ¿Qué amparo constitucional tiene?

El derecho al trabajo tiene gran relevancia dentro del ordenamiento jurídico colombiano, por lo que desde su preámbulo se menciona:

“ …y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden un orden político, económico y social justo..”

Dentro del articulado de la Constitución Política de 1991 también se consagran:

Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

Artículo 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:

Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.

Artículo 13 de la Ley 1306 de 2009: El derecho al trabajo de quienes se encuentren con discapacidad mental incluye la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo estable, libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles en condiciones aceptables de seguridad y salubridad. El Estado garantizará los derechos laborales individuales y colectivos para los trabajadores con discapacidad mental.

Los empleadores están obligados a adoptar procesos de selección, formación profesional, permanencia y promoción que garanticen igualdad de condiciones a personas con discapacidad mental que cumplan los requisitos de las convocatorias.

Artículo 9° de la Ley 1429 del 2010: Descuento sobre el impuesto de la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina. Los empleadores que vinculen laboralmente a nuevos empleados que al momento del inicio del contrato de trabajo sean menores de veintiocho (28) años, podrán tomar los aportes al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima correspondientes a los nuevos empleos, como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios (...)

Artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre:

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure, así como a su familia, una

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