MANUAL DE DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Enviado por Jillian • 5 de Septiembre de 2018 • 3.087 Palabras (13 Páginas) • 306 Visitas
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Con relación al sujeto pasivo es el sujeto de derecho que tiene la titularidad del bien jurídico tutelado por un determinado tipo penal, EL ESTADO, como persona jurídica es el titular del bien jurídico protegido en este tipo de delitos.-
La Administración Pública, como persona jurídica, necesita para el cumplimiento de sus objetivos voluntad y manifestación que esto puede ser posible en las personas físicas, por ello, afirmamos que son las personas físicas (servidores públicos), quienes se encuentran a cargo de la función de la administración pública. Tal como lo establece el Código Penal algunas conductas tipificadas en los Delitos contra la Administración Pública, podrían ser realizadas por particulares (Cohecho cometido por particular).
- Personas penalmente responsables de los delitos y faltas
El artículo 41 del Código Penal establece quienes son personas penalmente responsables de los delitos y faltas los autores y los partícipes.
Al respecto se establece en este artículo que los autores pueden ser directos, intelectuales, mediatos o coautores. Y, que son partícipes los inductores, los cooperadores necesarios y los cómplices.
De acuerdo al artículo 38 del mismo Código, se considera como autoridad, funcionario o empleado público a efectos penales: “…todo el que, por disposición inmediata de la ley o por elección directa o indirecta o por nombramiento, comisión de autoridad competente o vinculación contractual, participe en el ejercicio de funciones públicas, incluyendo a los miembros del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional o cualquier otro agente de Autoridad…”.
De igual forma, nuestra legislación penal reconoce que en los casos donde la autoridad, funcionario o empleado público a quien se le imputen cargos penales se halle protegido por el fuero especial de la inmunidad, el plazo de la prescripción para el ejercicio de la acción penal queda interrumpido durante todo el tiempo que goce de ese beneficio procesal que impide someterlos a la justicia penal.
A continuación, se listan algunas de las figuras penales que han sido contempladas en nuestro Código Penal.
- DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El Título XIX del Código Penal, denominado Delitos contra la Administración Pública, contiene diez capítulos referidos a los siguientes aspectos: los abusos de autoridad (Capítulo 1), la desobediencia y denegación de auxilio (Capítulo II), la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos (Capítulo III), los delitos contra el acceso de la información pública (Capítulo IV), el Cohecho (Capítulo V), el tráfico de influencias (Capítulo VI), del peculado (Capítulo VII), la malversación de caudales públicos (Capítulo VIII), los fraudes y exacciones (Capítulo IX) y las negociaciones prohibidas a los funcionarios o empleados públicos y de los abusos en el ejercicio de su función (Capítulo X).
- Delitos contra el Servicio Público
Los delitos contra la Administración Pública están establecidos en los artículos 432 al 459. En la tabla siguiente se muestran estos delitos con su causa y sanción.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
CONDUCTAS PENALES
D E L I T OS
CONDUCTA TÍPICA
TIPO SUBJETIVO
SANCIÓN
Abuso de autoridad o funciones (Art. 432)
La Autoridad, funcionario o empleado público que ordena o cometa cualquier acto contrarios a la Constitución Política, leyes o reglamentos, en perjuicio de los derechos de cualquier persona
Doloso
6 m – 2 a de prisión, e inhabilitación para ejercer el cargo de 6 m – 4 a
Incumplimiento de Deberes
(Arto. 433 CP)
Omitir, Rehusar o Retardar un acto propio de sus funciones. En general, se sanciona al funcionario, autoridad, o empleado público no cumple el cometido de su cargo.
Doloso
El sujeto conoce lo incorrecto de su comportamiento
6 m- 1 a de prisión, e inhabilitación para ejercer el cargo por el mismo período
Abandono de Funciones Públicas (Arto. 435 CP)
Abandonar injustificadamente las funciones del cargo produciendo un daño al servicio
Doloso
La voluntad de abandonar las funciones que generan un daño real.
Se exceptúa el ejercicio al derecho de huelga.
100 a 500 días multa o 10 jornadas de trabajo a favor de la comunidad de 2hrs. Diarias.
El día multa es calculado por el Juez sobre la base de una tercera parte del ingreso del acusado, y en su defecto en base al salario mínimo del sector industrial. (Arto. 64 CP)
Acceso indebido a documentos o información pública reservada
(Arto. 440 CP)
Acceder o permitir que terceros accedan a documentos o información pública reservada conforme la Ley de la materia.
Doloso o Imprudente (violación a las normas elementales de cuidado)
1 a 3 años de prisión e inhabilitación de 2 a 4 años para ejercer empleo o cargo público.
Revelación, Divulgación y aprovechamiento de información
(Arto. 441 CP).
Revelar, divulgar o facilitar de alguna manera información o documentos declarados como información pública reservada conforme la Ley.
Por documento debe estarse a lo indicado en el Arto. 39 CP
Doloso. El sujeto tiene que estar consciente de que la información divulgada constituye información pública reservada.
3 a 5 años de prisión e inhabilitación por el mismo
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