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Trabajo Práctico n° 1: Argentina Física y Política

Enviado por   •  26 de Noviembre de 2018  •  5.469 Palabras (22 Páginas)  •  309 Visitas

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Tratados limítrofes entre Argentina y Uruguay:

Debido a la indeterminación de las aguas del río Uruguay, los gobiernos de la Argentina y Uruguay venían discutiendo desde tiempo atrás el dominio de catorce islas ubicadas en dicho río. Para solucionar estas diferencias, en 1916 el ministro de relaciones exteriores uruguayo Baltasar Brum y el ministro argentino en Montevideo, Enrique Moreno, habían firmado un tratado que en su artículo 1º establecía que la línea divisoria entre ambos países partía de la desembocadura del Cuareim, límite con Brasil, seguiría por el thalweg del río Uruguay hasta su desembocadura en el río de la Plata, quedando bajo el dominio argentino las islas situadas al occidente de la línea divisoria y bajo el dominio uruguayo las ubicadas al oriente. Por el artículo 2º se determinaban las islas argentinas y uruguayas. Pero este tratado fue rechazado por el partido blanco uruguayo, y se sucedieron los incidentes en las islas con motivo del otorgamiento de títulos o actos de policía. Justamente para evitar estos incidentes, el 13 de enero de 1938 el canciller argentino, Carlos Saavedra Lamas, y el embajador del Uruguay, Eugenio Martínez Thedy, firmaron en Buenos Aires un acta, por la que los gobiernos argentino y uruguayo convenían en mantener el statu quo existente en las islas ubicadas en el río Uruguay al 1º de enero de 1936, hasta estudiar la solución definitiva del problema Ambos gobiernos se comprometían al estudio conjunto del río Uruguay a solucionar sus conflictos, por vía amistosa, a través de sus respectivas cancillerías y a estudiar el aprovechamiento de la fuerza hidráulica del río Uruguay a través de la formación de una Comisión Técnica Mixta Argentino-Uruguaya.

Tratados limítrofes entre argentina y Paraguay:

Hay 1699Km de límites dividido en Fluvial con los Ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo y Geométrico en los esteros de Patiño.

Mediante el tratado firmado en 1876 con la República del Paraguay se fijó el límite en el río Paraná, quedando la isla de Apipé para la Argentina y la de Yaciretá para Paraguay. En el río Paraguay el canal principal define la soberanía de las islas, quedando la de Cerrito en poder de la Argentina. La posesión del territorio entre los ríos Pilcomayo y Verde fue sometido al arbitraje de los Estados Unidos; En noviembre de 1878, el presidente Rutherford Hayes emitió su laudo otorgándoselo a Paraguay. Esto dio lugar a un nuevo tratado en 1945 donde se define con precisión por donde pasa la línea del límite en el río Paraguay.

Tratado del Río de la Plata: Suscripto en Montevideo consiste en, no fijar un límite en el río, sino establecer un estatuto para el uso de sus aguas. En primer lugar se fijan a lo largo de ambas costas dos franjas cuyo ancho es de dos millas marinas en la zona que va desde la línea recta imaginaria que une la localidad oriental de Colonia con Punta Lara en Argentina, hasta el paralelo de Punta Gorda, y de 7 millas marinas entre aquella línea y el límite exterior del río. En ellas cada estado ejerce jurisdicción exclusiva fuera de esta franja costera, o sea en todo el resto del río, el tratado reglamenta separadamente cada uso de las aguas: navegación, complementos de carga, pesca, salvamento, etc. Esta zona es denominada en el acuerdo “aguas de uso común”. Asimismo el artículo 2 dice que los límites exteriores harán lo posible para que no sobrepasen los veriles (orilla o borde de un bajo, sonda, placer, etc.) de los canales en las aguas de uso común y para que queden incluidos los canales de acceso a los puertos. Tales límites no se aproximan a menos de 500 metros de los veriles de los canales situados en aquellas aguas ni se alejaran más de una misma distancia de los veriles y la boca de los canales de acceso a los puertos. Los artículos desde el 7 hasta el 22 hablan sobre la navegación y construcción de obras y canales. El artículo 12 dice que el estado que construye alguna obra, se hará cargo de su mantenimiento y administración. El artículo 41 comenta sobre el lecho y el subsuelo, establece una línea geográfica que separa las superficies en que cada estado ejercerá su actividad, esta línea esta determinada por 25 puntos de latitud sur y de longitud oeste. Igualmente la línea determinada en el artículo 41es utilizada para adjudicar jurisdicción sobre las islas existentes y las que emerjan en el futuro (artículo 44). Todo lo que se encuentre a la izquierda de esta línea formará parte de Uruguay, y todo lo que forme parte a la derecha de la línea es parte de Argentina. Hay una única excepción en el artículo 45, que la isla Martín García que se encuentra a la izquierda de la línea, pertenece a Argentina. El artículo 59 establece una comisión administradora del río, compuesta por la misma cantidad de funcionarios, tanto uruguayos como argentinos. Esta comisión se hará cargo de los estudios, investigaciones, etc. La segunda parte del tratado se refiere al frente marítimo del Plata. Se traza una línea de límite entre ambos estados, por una recta que une Punta del Este, en el Uruguay con la Punta Rasa del cabo San Antonio en Argentina (artículo 70).Entonces, a diferencia de un tratado de límites, que se agota con los trabajos de demarcación, el Tratado establece (además de la sección sobre límites) un completo y dinámico estatuto para enmarcar la cooperación de las Partes en el futuro, en lo que se refiere a la mayoría de los usos y explotación de sus recursos y la protección del medio acuático. El acuerdo sobre límites resolvió en forma inteligente adoptando un criterio funcional las diferencias de opinión que existían entre ambos países ribereños y que habían sido congeladas por el Protocolo Ramírez-Sáenz Peña de 1909. El elemento de estatuto del Tratado, por su parte, suministró un marco de principios, normas e instituciones para la cooperación binacional de largo plazo. El Tratado y las dos Comisiones binacionales funcionan como mecanismos para la cooperación binacional en numerosos asuntos de interés común, incluyendo la conservación de los recursos vivos acuáticos, la protección del medio ambiente y la construcción y operación de canales de navegación.

5) Cuenca del Plata:

Es la más importante de la República Argentina y la segunda en importancia del continente.

Recoge las aguas que bajan de la Puna, del Sistema Sub-andino, de las Sierras Pampeanas y

de los ríos que recorren las llanuras Pampeana y Chaqueña y de la Mesopotámica.

Por sus dimensiones y posibilidades

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