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ANTECEDENTES DEL NUEVO SISTEMA PENAL

Enviado por   •  25 de Enero de 2018  •  5.762 Palabras (24 Páginas)  •  454 Visitas

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www.gestiopolis.com/economia-2/analisis-de-los-juicios-orales-en-mexico.htm

ESTADISTICAS

PRIMER JUICIO ORAL EN MEXICO

En Durango se realizó el primer juicio oral en le historia de nuestro país se llevó a cabo por el delito de homicidio, así lo dio a conocer el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Apolonio Betancourt Ruiz.

Lun, 19,04,2010

Durango realiza el primer juicio oral.

Durango, Durango.- El Primer Juicio de la Reforma Constitucional del Poder Legislativo Federal que se concretó en Durango con el nuevo sistema de justicia penal, se convierte también en el primer juicio oral en la historia de México, el cual se está llevando a cabo por el delito de homicidio, así lo dio a conocer el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Apolonio Betancourt Ruiz.

El Magistrado Presidente explico que el conflicto se encuentra en saber si es homicidio calificado u homicidio en riña, pues la modalidad cambia ya que el imputado confiesa haber cometido los hechos.

“Este tribunal colegiado se encuentra integrado por el Lic. Juan Guillermo Toro Lerma, como presidente así como los jueces en oralidad Lic. Juana Margarita Peralta Caballero y el Lic. José Ricardo Castro Romero, quienes apunto de las 10:00 horas el 19 de Abril del 2010, iniciaron este juicio, el cual podría durar de tres a cuatro días”.

Destaco que este juicio en términos del sistema tradicional, pudo haberse llevado de un año a año y medio; pero con el nuevo sistema se llevando a cabo en tres meses y medio, convirtiéndose esto en el éxito de una reforma penal constitucional, que obliga a que todos seamos eficaces en la presentación de los responsables de la comisión de delitos.

Y explico brevemente el procedimiento de un juicio oral, “la acusación tiene que hacerse públicamente al juez de manera oral, no escrita; segundo no se puede tomar ningún dato que no haya sido expresado oralmente en la sala; tiene que resolver directamente el juez; tiene que resolver una vez que se desahogaron las pruebas mismas audiencia de desahogo de pruebas de testigos, la calificación, valoración, sentencia, así que todo lo que se lleva año y medio y hasta dos, ahora lo estamos haciendo en tres meses y medio.

Aclaro que este tipo de juicios también destacan en lo que a inmediación se refiere, pues el juez está presente y observando la actitud de los testigos, del inculpado y de la víctima.

Resulta que Durango es el primer estado que concreta esta política nacional de una nueva justicia para los mexicanos y con creces de manera exitosa.

Al desarrollo de este juicio llegaron personas de Baja California, especialistas en el nuevo sistema de justicia penal quienes analizan el desempeño de Durango.

Apolonio Betancourt explico que para mayor se entienda el beneficio que este tipo de juicios traerá la sociedad y sobre todo a aquellas personas que sean señaladas por algún delito, es la rapidez con la que se juzgaran las cosas y se obtendrá la sentencia.

“Una vez que se desahogan los testigos, el juez resuelve y si resulta ser inocente de aquí mismo, de la sala sale en libertad, si resulta responsable, se queda en el Centro Penal y recibe su condena; aunque queda el recurso de apelación y amparo, pero en la primera instancia ya se aceptó toda diligencia y lo que antes se realizaba en uno, dos o hasta tres años, ahora en meses se esclarece la culpabilidad o inocencia del imputado”.

CLAVES

Durango cuenta con 15 jueces para el Nuevo sistema de justicia penal, 25 defensores públicos y Agentes del Ministerio Publico.

En total son 75 personas las que cuentan con capacidad para realizar este tipo de juicios orales.

Se trata de Jueces, Magistrados, personal administrativo y defensores públicos.

brayangarciap.blogspot.in/2010/05/juicios-orales-en-mexico.html?m=1

http://www.milenio.com/node/425880

HISTORIA DEL JUICIO ORAL EN MEXICO

INTRODUCCION

El propósito del presente trabajo es analizar fundamentalmente desde el punto de vista histórico y jurídico si los antecedentes y conocimientos del nuevo sistema de justicia penal en México -el cual está basado en relación ante los actos antijurídicos o ilícitos en materia penal en un sistema de juicio acusatorio, cuya expresión procedimental es la oralidad (herencia griega, como acredita entre otros testimonios con el juicio de Sócrates, y romana con Cicerón como gran orador del foro, retomada principalmente por el derecho anglosajón)- cumplen con el objetivo principal de mejorar la transparencia, prudencia, honestidad, coherencia, eficacia y eficiencia, calidad en argumentación, en aras de elevar la solidez de la procuración, administración e imputación de justicia penal en nuestro país.

Cabe señalar que el denominado proceso penal oral ya se encuentra implementado en algunas entidades federativas de la República mexicana, y se espera terminar de establecerlo a nivel nacional, tanto en el fuero federal como en el estadual.

Las criticas intentaremos llevar a cabo parten de la recuperación de nuestra tradición jurídica romano-germánica, y considerando a la epistemología como el conocimiento del conocimiento, filosofía de la ciencia o teoría del saber, desde una posición haberleana, y entendiendo al derecho como una ciencia cultural en continuo cambio y perfeccionamiento, tomando como un producto de sociedad en su momento histórico determinado, desde el punto de vista de Peter Haberle –quien precisamente hace un cuarto de siglo (1982) defiende esta teoría- pues “el método utilizado en el presente trabajo se corresponde con la teoría constitucional comparada desde una perspectiva cosmopolita, en cuanto ciencia de la cultura y de los textos”. Por lo cual atiende a laborar que se desarrollara, pues este autor menciona que:

La constitución es cultura. Esto significa que no está hecha solamente de materiales jurídicos. La constitución no es un ordenamiento dirigido a juristas, y para que estos puedan interpretar las reglas antiguas y nuevas, sino que también sirve esencialmente para los no juristas, para los ciudadanos. La constitución además de ser texto jurídico y una obra normativa,

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