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Auditoría del IVA, en relación a la contabilidad.

Enviado por   •  4 de Mayo de 2018  •  2.817 Palabras (12 Páginas)  •  279 Visitas

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6 Objetivos Específicos

Con propósito de cumplir con los objetivos generales, es preciso establecer una serie de metas específicas tales como:

- Verificar que se haya declarado y pagado oportunamente el impuesto.

- Determinar la exactitud de las bases imponibles afectas a impuesto.

- Verificar la existencia de una planificación eficiente y eficaz.

- Detectar posibles errores u omisiones en la declaración de impuestos presentada por el contribuyente.

- Detectar el posible incumplimiento tributario y planificar la carga tributaria para un período determinado.

- Que los impuestos enterados en las arcas fiscales correspondan legalmente a los hechos económicos gravados.

- Verificación correcta de la determinación de los impuestos establecidos en el D.L. 825 de 1974.

- Detectar posibles contingencias tributarias, provocadas por omisiones y errores de la empresa, y subsanarlos conforme a los procedimientos previstos en el código tributario artículos 126 y 127.

- Prevenir contingencias tributarias.

- Prevenir los efectos de las contingencias tributarias como lo pueden ser eventuales infracciones y sanciones.

- Recopilar y recabar antecedentes contables tributarios, oponerlos a eventuales revisiones efectuadas por el S.I.I. dentro de los plazos de prescripción. (Form.29, Balance Tributario, Sistema Contable, Libros Auxiliares Compras y Ventas)

7 Naturaleza

La auditoría tributaria realizada se crea por la necesidad de ajustarse a la normativa legal tributaria vigente.

Normativa

Las normas que rigen al S.I.I. son; el Estatuto Orgánico del S.I.I. (D.F.L. Nº 7/80) y el Código Tributario ( Art. 6, Inc. 1°). Por el contrario, esta auditoría efectuada por terceros no posee disposiciones legales que establezcan su obligatoriedad. Se deben tener en consideración, los principios y normas contables de general aceptación (Boletín Técnico Nº 1 del Colegio de Contadores), las normas e instrucciones que regulan la empresas en particular; Instrucciones de la S.V.S., Bancos e Instituciones Financieras, Superintendencia de Administradores de Fondos de Pensiones y Ministerio de Economía, las Normas de Auditoria de general aceptación (Boletín Técnico N° 2 del C de C.), las disposiciones tributarias y circulares interpretativas, jurisprudencia administrativa y judicial, en lo que fuere pertinente.

Alcance de la Auditoria

La orientación será básicamente en las siguientes cuentas:

I.V.A.

Remanente de Crédito Fiscal.

Reajuste Remanente Crédito Fiscal.

Mercaderías, Ventas y Compras. La explicación contable de lo que representa cada una de estas cuentas en el balance, será señalada a continuación:

Tratamiento contable I.V.A. Débito Fiscal (Pasivo)

I.V.A. Crédito Fiscal > I.V.A. Débito Fiscal = Remanente de Crédito Fiscal.

I.V.A. Crédito Fiscal

Cargos:

I.V.A. recargado en las Notas de Crédito Emitidas. Traspaso de crédito fiscal por imputación mensual. Pago efectivo.

Abonos:

I.V.A. recargado en las facturas emitidas. I.V.A. en Notas de Débito emitidas. I.V.A. incluido en boletas emitidas.

8 Tratamiento contable I.V.A. Crédito Fiscal (activo) Cargos:

I.V.A. recargado en facturas de compra. I.V.A. recargado en las Notas de Débito Recibidas. I.V.A. pagado por importaciones. Reajuste cuando existe remanente de crédito fiscal.

Abonos:

I.V.A recargado en las Notas de Crédito recibidas. Traspaso del débito fiscal por imputación mensual. Remanente de Crédito Fiscal Es el saldo a favor que nace de la confrontación mensual entre el crédito fiscal con el débito fiscal y tiene el siguiente tratamiento como una cuenta de activo:

Se acumula con los créditos fiscales que se originen en el período tributario siguiente, para que juntos sean imputados al débito fiscal del respectivo período.

Se imputa el remanente de crédito fiscal a los débitos. El remanente debe ser reajustado convirtiéndose a U.T.M.

Si no se utiliza el reajuste antes mencionado, el remanente no se pierde, lo que se pierde es el reajuste, ya que no puede invocarse como crédito fiscal al mes siguiente.

Reajuste Remanente de Crédito Fiscal Corresponde a la comparación entre el remanente del mes anterior, expresado en U.T.M., y el mismo remanente expresado en U.T.M., pero del mes en curso. La diferencia que nace es el reajuste al remanente del crédito fiscal, el cual es abonado a una cuenta de resultado llamado "Otros Ingresos" y debe formar parte de los ingresos brutos afectos a la tasa de P.P.M.

9 Tratamiento contable de las cuentas relacionadas Mercaderías

El saldo muestra la cantidad de mercaderías existentes en un período determinado, se carga por el inventario inicial, compras, fletes y embalajes (optativo), costo por la devolución de ventas, notas de débito recibidas, corrección monetaria. Se abona por: Costo de ventas, devolución de compras, retiros, notas de crédito recibidas, castigo, mermas.

Ventas

Se carga por las devoluciones de ventas y las notas de crédito emitidas. Se abona por las ventas y las notas de débito emitidas.

Compras

Las compras de mercaderías están compuestas por: Compras+ FES (Fletes y Seguros hasta la bodega el adquiriente)+ Notas de Débito Recibidas= TOTAL COMPRAS DEL PERÍODO- Devolución de Compras- Nota de Crédito Recibidas= COMPRAS NETAS DEL PERÍODO

10 Ejecución del Trabajo

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