Cuestionario derecho familiar
Enviado por Rimma • 14 de Diciembre de 2018 • 1.118 Palabras (5 Páginas) • 322 Visitas
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LEVISIMOS: son dispensables.
DISPENSABLES: la autoridad puede eximir a los contrayentes del impedimento establecido en la ley.
NO DISPENSABLES: deberán concurrir sin excepción para que el juez pueda celebrar el matrimonio.
Efectos:
Hijos, bienes y cónyuges
- ¿Qué es el divorcio?
R: El divorcio disuelve el vínculo matrimonial, a petición de uno o de ambos cónyuges, y solo es válido mediante la sentencia de una autoridad judicial competente.
- ¿Cuándo procede el voluntario, el administrativo y el encausado y quien lo promueve?
R: Administrativo: Es aquel donde los consortes están de acuerdo con el divorcio, que habiendo tenido algún tipo de sociedad conyugal, ésta se haya liquidado de común acuerdo. REGISTRO CIVIL O NOTARIA PÚBLICA
Voluntario: Esta es la manifestación de la voluntad de ambos cónyuges para la disolución del vínculo matrimonial. POR VÍA JUDICIAL, DEBE DE DECLARARLO UN JUEZ
- Encausado: Es la disolución del vínculo matrimonial, solicitada por cualquiera de los cónyuges a la autoridad judicial, manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita.
- ¿Qué debe de contener el convenio de divorcio y cuáles son sus efectos?
R: En su caso determinar la casa que servirá de habitación al cónyuge y a los hijos, obligando a comunicarse los cambios de domicilio inclusive después de decretarse el divorcio.
- La cantidad que integrara la pensión alimenticia a favor del cónyuge acreedor señalando la forma de pago y la de garantizarla.
- Señalar la manera de administración de los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta cuando se liquide.
- ¿Qué es el concubinato?
R: Hecho jurídico consistente en la unión de dos personas, sin impedimento para contraer matrimonio, que hacen vida en común, como si estuvieran casados, por cinco años, o antes si han concebido un hijo en común en dicha relación.
- Características del concubinato
R: temporalidad, procreación, publicidad, fidelidad y continuidad.
- ¿Qué es una sociedad de convivencia?
R: Dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad con capacidad jurídica plena, deciden establecer un hogar común para convivir voluntaria o públicamente sobre los principios de solidaridad y ayuda mutua.
Surte efectos frente a terceros cuando está registrada en el órgano político administrativo correspondiente.
Estimado Lic. José Alfredo Romero Reina
Director de las Carreras de RICP
Buenos días, me permito enviarle el reporte de los alumnos que no se presentaron a la asignación de la materia de vinculación, solicitando su apoyo para informarles que aún se encuentran en tiempo para solicitar su asignación y evitar reprobar la materia.
Alumno que no se presentó a asignación:
- BAHENA TRUJILLO IVETTE MARISOL 109477 RICP
- MUÑIZ ZAPATA SAMANTHA ESTEPHANIA 109798 RICP
- ORTIZ MORA DIANNE ITZEL 109692 RICP
- PATRON REYES LEONCIO 109076 RICP
- SANTAMARIA MEJIA JOSE MANUEL 106686 RICP
Agradezco su atención y apoyo
Deseándole un excelente día.
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