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Derecho de las personas y familia

Enviado por   •  19 de Agosto de 2018  •  6.072 Palabras (25 Páginas)  •  257 Visitas

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de los apellidos mediante sorteo. (Art. 53, Código Civil)

2.- Domicilio.- El domicilio de la persona física según el articulo 25 del Código Civil, es el lugar en el que reside con el propósito de establecerse en él; a falta de este, el lugar en el que tiene el principal asiento de sus negocios; y a falta de uno y otro el lugar en el que se encuentre.

Se presume el propósito de establecerse en el lugar, cuando se reside por mas de 6 meses en el.

• El domicilio legal es el lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aun que de echo no este presente allí.

• El domicilio del menor de edad es el de la persona que ejerce la patria potestad sobre él.

• El domicilio del incapacitado es el de su tutor.

• El domicilio de los militares en servicio activo es el lugar en que están destinados.

• El domicilio de los casados es el lugar en donde hayan establecido la morada conyugal.

3.- Estado.- Se alude generalmente con la calificación de civil, es el conjunto de cualidades que la ley toma en consideración para atribuirles efectos jurídicos; puede ser casado o soltero.

Para Rafael de Pina el Estado ofrece dos aspectos:

1. Estado de familia: Padres, hijos, esposas, maridos, hermanos, etc.

2. Estado de nacionalidad: Los nacionales y extranjeros.

4.- Patrimonio

Teorias:

a) Clásica subjetivista ó personalista.- Considera al patrimonio como un reflejo de la personalidad.

La doctrina subjetivista ha definido al patrimonio como el conjunto de bienes o riquezas que corresponden a una persona o como el conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a un solo titular. Afirma que toda persona tiene patrimonio aunque no tenga bienes.

b) Objetiva o económica.- Concibe al patrimonio como una individualidad jurídica propia, sin tomar en cuenta el hecho de que este unido o no a una persona.

c) Capacidad e Incapacidad de las personas físicas

La personalidad es la aptitud para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas.

La capacidad presenta dos manifestaciones:

1. Idoneidad para tener derechos (estática) = capacidad de goce

2. Idoneidad para ejercitar esos derechos (dinámica) = capacidad de ejercicio.

Incapacidad:

1. Natural.- Es la derivada de la falta de edad o de la enfermedad.

2. Legal.- Se encuentra fundada en las demás causas establecidas en la ley.

Estado de Interdicción.- Es un estado especial de las personas que constituye una incapacidad para la realización de determinados actos civiles. Se produce en virtud de una resolución judicial de carácter civil.

• Art. 2 C.C.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no queda sometida por razón de su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles.

• Art. 19 C.C.- La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el código civil.

• Art. 20 C.C.- La minoría de edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas por la ley son restricciones a la personalidad jurídica, pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.

• Art. 21 C.C.- El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.

e) Representación Legal

• Según el diccionario jurídico del instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM, es el acto de representar o la situación de ser representado. Sustituir a otro o hacer sus veces.

• Implica la actuación a nombre de otro en el campo del derecho.

• Una persona que no es a quien corresponde los intereses jurídicos en juego ponen su propia actividad, su querer al servicio de intereses ajenos, realizando un acto jurídico a nombre de la persona a quien pertenecen.

• La representación legal dimana directamente de la ley, como es el caso de las personas incapaces que la ley confiere a las personas que los tienen a su cuidado, a través de las instituciones de la patria potestad y la tutela.

f) Nombre

g) Domicilio

h) Estado Civil

i) Acciones del Estado Civil

Art. 23 C.C.- Las acciones del estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio y nulidad de este, filiación, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio y ausencia, o atacar el contenido de las constancias del registro civil para que se anulen o rectifiquen.

Las decisiones judiciales recaídas en el ejercicio de acciones del estado civil perjudican a los que no las litigaron.

Las sentencias.- Pueden ser declarativas y constitutivas de Estado y producen efectos contra todos.

j) Nacionalidad, ciudadania y naturalización

• Es un vinculo jurídico establecido entre el individuo y el Estado que produce obligaciones y derechos recíprocos.

• El vinculo jurídico que supone la nacionalidad puede renunciarse, readquirise o modificarse a voluntad.

• La Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

Nacimiento:

1. Los que nazcan en territorio de la republica sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.

2. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido

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