ENSAYO reforma energetica
Enviado por Jillian • 25 de Diciembre de 2018 • 9.433 Palabras (38 Páginas) • 409 Visitas
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En el mismo periodo, también fue publicada la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional que creó instrumentos para celebrar contratos con los particulares a fin de que éstos lleven a cabo por cuenta del Gobierno Federal, los trabajos de exploración y explotación de hidrocarburos sin poner el riesgo los derechos del Estados sobre éstos; también estableció el régimen de concesiones para la construcción de refinerías y oleoductos y para la distribución de gas.
«El Ejecutivo, al formular la iniciativa que culminó con la reforma constitucional de que se trata, y después en diversas declaraciones, ha expresado su punto de vista de que la exclusión de los particulares del régimen de concesiones que el artículo 27 fija para la explotación de los recursos naturales del dominio público, no implica que la Nación abandone la posibilidad de admitir la colaboración de la iniciativa privada, sino simplemente que esa colaboración deberá realizarse en el futuro dentro de las formas jurídicas diversas de la concesión…»
Lázaro Cárdenas del Río en la iniciativa de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional de 1940[3]
En 1958 se expidió una nueva Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional que eliminó la posibilidad de celebrar contratos con particulares en la explotación y reservó todas las actividades de la industria petrolera a Petróleos Mexicanos. Dos años más tarde, en enero de 1960, una reforma constitucional incorpora dicha prohibición de contratos al artículo 27 de la Carta Magna.
En febrero de 1983 se reformaron los artículos 26, 27 y 28 de la Constitución para establecer que no constituyen monopolios las funciones exclusivas que el Estado ejerza en áreas estratégicas de petróleo y demás hidrocarburos, así como petroquímica básica.
El carbón fue uno de los primeros combustibles fósiles que el ser humano ha utilizado para diversas actividades así como el gas natural y el petróleo, éste último a llegando a ser el principal sustento de toda la economía. Ahora en el mundo actual, la energía es de uso vital para realizar nuestras actividades cotidianas.[4]
En México se necesitaba establecer quien iba a administrar el control del petróleo, por consiguiente se creó la primera reforma energética impulsada por el presidente Lázaro Cárdenas el 9 de noviembre de 1940[5], estableciendo que el Estado tendría el control del petróleo y la única empresa que se encargaría de extraer los recursos de los hidrocarburos fuera PEMEX. Antes ya había existido una reforma energética en 1938, misma que se plasmó en el artículo 27 Constitucional, que dio el dominio de todos los minerales entre ellos,
“el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos, o gaseosos que se encuentren en tierras mexicanas es propiedad del gobierno”
El 27 de diciembre de 1935 el Sindicato Único de Trabajadores se incorporó al Comité de Defensa Proletaria. El 18 de marzo de 1938, el Presidente de México Lázaro Cárdenas tomo la oportunidad de poder expropiar la industria petrolera que incluyó todos los recursos e instalaciones existentes en territorio mexicano.
El 25 de abril de 2012, el entonces candidato a Presidente de México de la coalición Compromiso por México, Enrique Peña Nieto, hizo el compromiso de concretar una reforma energética para disminuir las tarifas eléctricas en beneficio de la población y la industria,[6] reafirmado en su primer mensaje a la nación el 1 de diciembre de 2012.[7]
La Reforma Constitucional en Materia de Energía aprobada por el Congreso Constituyente Permanente y promulgada por el Presidente de la República permitirá dar un paso decidido rumbo a la modernización del sector energético de nuestro país, sin privatizar a las empresas públicas dedicadas a los hidrocarburos y a la electricidad[8]. Al hacerlo, se propone mantener la rectoría del Estado y ratificar que la propiedad de los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo seguirá siendo de la Nación. Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) serán dotados de mayor autonomía y de un nuevo carácter como empresas productivas del Estado, 100% públicas y 100% mexicanas.
Esta reforma surge del estudio y valoración de los elementos de las distintas iniciativas presentadas por los partidos políticos representados en el Congreso. Estas propuestas fueron enriquecidas gracias a una amplia discusión en los foros de expertos organizados por el Poder Legislativo, por académicos y por especialistas en la materia. La cual consiste en modificar el párrafo sexto del artículo 27, los párrafos cuarto y octavo del 28 constitucional que nos dice actualmente,
“No constituirán monopolios las funciones que el estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el congreso de la unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta constitución; el estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.”
Se podría decir que el artículo 27 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, se modificaría mediante lo propuesto en el mismo artículo de 1940 que realizo el presidente Lázaro Cárdenas Del Rio quien se destacó por la reforma agraria y por la nacionalización de los recursos del subsuelo en especial del petróleo mexicano.
El artículo 27 de 1940 nos decía:
“El dominio de la nación es inalienable e imprescriptible, y solo podrán hacerse concesiones por el gobierno federal a los particulares o sociedades civiles o comerciales constituidos conforme a las leyes mexicanas, con la condición de que se establezcan trabajos regulares para la explotación de los elementos de que se trata y se cumpla con los requisitos que prevengan las leyes. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, no se expedirán concesiones y la Ley Reglamentaria respectiva determinará la forma en que la Nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos.” [9]
Dentro del marco de los acuerdos y compromisos establecidos en el
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