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GUIA Derecho Procesal Mercantil

Enviado por   •  28 de Noviembre de 2017  •  3.567 Palabras (15 Páginas)  •  565 Visitas

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Los jueces de ajustan al sistema legal o tasado y casi nunca por no decir nunca se ajustan al sistema de libre apreciación judicial.

CLASIFICACIÓN DE LAS SENTENCIAS

Por su finalidad

Por su impugnabilidad

1.- Declarativas: Reconocen el Derecho sustantivo de alguna de las partes. (prescripción adquisitiva, sentencia absolutoria)

2.- Constitutivas: Establecen una nueva situación jurídica.(sentencia que constituye una servidumbre de paso, decretan el divorcio)

3.- Condenatorias: Imponen una obligación a la parte vencida (condenan a pagar una suma de dinero, entregar un bien

En un asunto de reconocimiento de paternidad, la sentencia será declarativa porque reconoce la acción del actor; será constitutiva porque entre el demandado y el menor no reconocido surge una relación (situación jurídica de padre-hijo); y podrá ser condenatoria si en la misma sentencia se decreta el pago de una pensión alimenticia.

1.- Impugnables: susceptibles de ser impugnadas por un medio de impugnación ordinario

2.- Inimpugnables: NO son susceptibles de ser impugnadas por un medio de impugnación ordinario

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LAS SENTENCIAS

Son los recursos que otorga la legislación vigente para refutar o combatir alguna resolución judicial que la parte afectada considera inválida o antijurídica, o como lo sostiene CARNELUTTI se trata esta vez de “Juzgar el juicio del Juez” lo que no se puede hacer más que “volviendo a juzgar aquello que el juez ha juzgado ya”

Reexaminar la resolución emitida por el Juez

Los recursos son genéricamente hablando medios de impugnación de los actos procesales

Esta posibilidad de atacar las decisiones judiciales se da para evitar una aplicación de justicia deficiente, ya sea por parcialidad (producto de la corrupción) o por ignorancia extrema del Juzgador la que de cualquier manera afecta sensiblemente la esfera jurídica del Gobernado

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[pic 2]

a).- Se otorgan vs. Resoluciones judiciales

Características de b).- Interpuestos por la parte afectada

los medios de impugnación c).- Resueltos por el propio Juez o un Superior Jerárquico

d).- Pueden modificar total o parcialmente la resolución

COSA JUZGADA

Certidumbre que tiene todo gobernado de que lo resuelto en las sentencias emitidas por el órgano jurisdiccional tendrán permanencia y por tal razón no podrán ser analizadas en otro juicio.

La cosa juzgada tiene dos efectos

Sentido Formal

Sentido Material

Preclusión del Derecho a Impugnar la sentencia por algún medio legal, ya sea por inexistencia del recurso o por no haberlo ejercido oportunamente.

La verdad que debe aceptarse como definitiva en futuros juicios (indiscutibilidad o firmeza de lo resuelto en la sentencia)

CONCEPTO DERECHO PROCESAL MERCANTIL

Es un conjunto de etapas procesales seguidas ante la autoridad competente, con el objeto de resolver conflictos suscitados por la realización de actos de comercio o entre comerciantes, dirimiendo dichas controversias mediante una resolución.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

Este se encuentra inmerso en los numerales 17 párrafo segundo; 73 fracción IX y 104 fracción II.

DELIMITACIÓN DEL PROCESO MERCANTIL.

Esta la encontramos en el numeral 1049, del Código de Comercio

JUICIOS MERCANTILES

Desde el punto de vista de su significación gramatical, se entiende por juicios mercantiles aquellos que el juez conoce de una controversia entre partes sobre cuestione relativas al comercio, al sujeto comerciante, a mercancías o tratos comerciales.

Son los que tienen por objeto ventilar y decidir controversias que se originen entre comerciantes o entre personas que practican o ejecutan actos de comercio.

Articulo 1049 C.C. Son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que, conforme a los artículos 4, 75 y 76, se deriven de los actos de comercio.

Art. 4.- Comerciantes Accidentales

Art. 75.- Actos de Comercio (catálogo)

Art. 76.- Actos que no se reputan de comercio

ESQUEMA EN HOJA A PARTE

[pic 3][pic 4]

-Juicios Ordinarios Juicio Oral Mercantil

Tipos de Juicios -Juicios Ejecutivos

Mercantiles (Art. 1055 CC) -Especiales

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PROCEDIMIENTO CONVENCIONAL

Este se encuentra previsto en los artículos 1051,1052 y 1053, del Código de Comercio[pic 5]

-Existen porque el CC los prevé, pero poco se usan.

-El Juez debe preferir este procedimiento frente a otros

-Se debe crear antes de la controversia

-Se debe crear al momento de llevar a cabo el acto

PROCEDIMIENTO jurídico de comercio

CONVENCIONAL -Son usados por lo regular por Instituciones de Crédito

-No es exclusivo de bancos…“Donde la Ley no Distingue el Juez no puede Distinguir

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