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DERECHO PROCESAL MERCANTIL.

Enviado por   •  17 de Noviembre de 2017  •  1.992 Palabras (8 Páginas)  •  563 Visitas

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Y MORALES?

Pueden otorgar poder en otras palabras delegar la facultad de representación a favor de personas físicas para que realicen actos jurídicos en su representación es decir se produce a través de un mandato o poder notarial.

25.- ¿REQUICITOS PARA PODER SER GESTOR JUDICIAL?

Debe dar fianza que garantice que el interesado pagara por lo que el haga y de que pagara lo juzgado y sentenciado.

26.- ¿LITISCONSORCIO?

Pluralidad de parte actora y pluralidad de parte demandada.

27.- ¿CUALES SON LAS FACULTADES QUE PUEDE EJERCER EL REPRESENTANTE COMUN Y CUALES NO CUANDO EL JUEZ LO DESIGNE?

Desistirse, transigir, comprometer en árbitros.

28.- ¿CUALES SON LOS DOCUMENTOS QUE HAN DE PRESENTARSE EN UNA DEMANDA EN MATERIA MERCANTIL?

El poder que acredite la personalidad del que comparece en nombre de otro.

El documento o documentos que acrediten el carácter con que el litigante se presente en juicio.

Los documentos en que el actor funde su acción y aquellos en que el demandado funde sus excepciones.

29.- ¿CAPACIDAD DE GOCE?

Es la aptitud para ser titular de derechos o para ser sujeto de obligaciones.

30.- ¿CAPACIDAD DE EJERCICIO?

Es la capacidad jurídica en la que una persona hace valer directa mente sus derechos, por lo tanto puede celebrar en nombre propio actos jurídicos y así contraer obligaciones que deberá cumplir.

31.- ¿PERSONALIDAD?

A la aptitud que tiene una persona física o una persona moral para ser titular de derechos y obligaciones se le denomina capacidad de goce.

32.- ¿CAPACIDAD DE EJERCICIO?

Es la capacidad de ejercitar los derechos y cumplir obligaciones por sí mismo o por conducto de un representante legal-

33.- ¿FORMALIDADES JUDICIALES?

Cumulo de requisitos externos que han de reunir para su validez todos los actos jurídicos que se realizan durante el proceso.

34.- ¿MEDIOS PREPARATORIOS DEL JUICIO?

Lo que puede servir para determinado fin.

35¿CASO EN QUE PROCEDEN LOS MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO?

Pidiendo la exhibición de la cosa mueble que en su caso haya de ser objeto de acción real que se trate de entablar.

GUIA 2

1.-ART. 1061. HACEN REFERENCIA A LA ACREDITACION DE LA PERSONALIDAD?

. El poder que acredite la personalidad del que comparece en nombre de otro

. El documento o documentos que acrediten el carácter con el que el litigante se presente en juicio, documento que acredite el derecho que se reclama.

. Los documentos en que el actor funde su acción y aquellos en que el demandado funde sus excepciones.

2.- ARTICULO 1061 FRACCION 3 PARRAFO 2?

De no agregar los documentos fundatorios no se recibirán las pruebas documentales que no obren en su poder al presentar la demanda o contestación:

3.- FORMALIDADES JUDICIALES? ARTICULO 1063

Cumulo de requisitos externos que han de reunir para su validez todos los actos jurídicos, hechos jurídicos y actos materiales que se realizan en el proceso.

Los actos deberán adoptar los requerimientos de aspecto externo que establece el legislador, sopenan de nulidad sino se sujetan a esos requerimientos.

4.- EN CUANTO A LA SUPLETORIEDAD PRIMERO DEBE DE DARSE:

1. el código federal

2. el código local

Las actuaciones judiciales han de practicarse en días y horas hábiles bajo pena de nulidad. Son días hábiles todos los días del año menos los domingos y aquellos en que no laboren los tribunales competentes en materia mercantil que conozcan el procedimiento.

ARTICULO 1065. El juez puede habilitar los días y horas inhábiles para actuar o para que se practiquen diligencias cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cual sea esta y las diligencias que hayan de practicarse.

5.- LAS NOTIFICACIONES, CITACIONES, ENTREGA DE EXPEDIENTES:

Se verifican amas tardar el día siguiente a aquel en que se dicten las resoluciones que ordenen su práctica.

6.- LAS NOTIFICACIONES PERSONALES:

Estas deberán realizarse dentro de los tres días siguientes a aquel en que el notificador reciba el expediente.

7.- LAS NOTIFICACIONES EN CUALQUIER PROCEDIMIENTO JUDICIAL SERAN:

. Personales o por cedula;

. Por boletín judicial, gaceta o periódico judicial

. Por los estrados, en aquellos lugares destinados para tal efecto

. Por edictos que se hagan ostensibles en los sitios públicos de costumbre

. Por correo certificado y por telégrafo certificado

8.- DE LOS TERMINOS JUDICIALES: artículo 1075 al 1079

Todos los términos judiciales empezaran a correr desde el día siguiente a aquel en que hayan surtido efectos el emplazamiento o notificaciones y se contara en ellos el día de vencimiento.

9 JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL:

ARTÍCULO 1391: PROCEDENCIA DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL: tiene como fundamento el hecho de que el actor disponga de un documento que traiga aparejada ejecución.

ARTICULO 1392.

EL CODIGO SUPLETORIO PARA ESTO ES EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES LOCAL CORRESPONDIENTE.

TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: ARTÍCULO 1396

10.- TÉRMINO PARA OPONER EXCEPCIONES: c.c ocho días,

EXCEPCIONES QUE PUEDE OPONER EL DEMENDADO: todas las que tuviere. Dilatorias o perentorias.

11.-

...

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