DERECHO PROCESAL CIVIL EJEMPLO DE DEMANDA RELACIONADA A UN JUICIO DE ACCIÓN REIVINDICATORIA
Enviado por Eric • 15 de Noviembre de 2017 • 1.757 Palabras (8 Páginas) • 761 Visitas
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QUINTO.- Luego entonces, desde el mes de Noviembre del año dos mil quince, el señor Carlos Alejandro Moreno Cruz hoy demandado, está en posesión del inmueble materia de este juicio, de mala fe y sin título alguno; Y, a pesar de las gestiones extrajudiciales que he realizado para recuperar el inmueble de mi propiedad, no lo he logrado, por lo que me veo en la necesidad de demandar en la forma y que lo hago.
Los anteriores hechos les constan a los señores David Huerta López y Karina Gómez Martínez.
DERECHO:
En cuanto al fondo son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 806, 830 y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal.
El procedimiento a seguir se encuentra regulado por lo que establecen los artículos 255, 256 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Por lo expuesto,
A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, documentos y copias que acompaño, demandando en la Vía Ordinaria Civil y en ejercicio de la acción reivindicatoria, las prestaciones que señalo en el proemio.
SEGUNDO.- Admitir la demanda y ordenar se emplace al demandado para que la conteste dentro del término de ley.
TERCERO.- En su oportunidad y previos los tramites de ley, dictar sentencia definitiva en la que se declare la procedencia de la acción y se condene al demandado al cumplimiento de las prestaciones que le reclamo en este juicio.
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JESÚS ULISES HERNÁNDEZ MERCADO
PROTESTO LO NECESARIO
México, D. F., a 21 de Diciembre de 2015.
3- EXHORTO, SEGÚN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MEXICO.
REMISIÓN DE EXHORTOS Y DESPACHOS, ARTÍCULO 1.14.
Las diligencias que deban practicarse fuera del territorio competencial de donde se siga el juicio, se encomendaran por exhorto o despacho al juez del lugar correspondiente.
PRÁCTICAS DE DILIGENCIAS POR TRIBUNAL INFERIOR
ARTÍCULO 1.142
Puede un tribunal dentro de su jurisdicción, encomendar a un juez inferior la realización de una diligencia.
TIEMPO DE EXPEDICION DE EXHORTOS Y DESPACHOS
ARTÍCULO 1.143
Los exhortos y despachos que manden dirigir las autoridades judiciales de la entidad, se expedirán al siguiente día al en que cause estado el acuerdo que los prevenga, a menos que se ordene lo contrario.
TIEMPO DE ACUERDO Y DILIGENCIACION DE EXHORTOS
ARTÍCULO 1.144
Los exhortos y despachos que reciban las autoridades judiciales del estado, se proveerán dentro de las veinticuatro horas y se diligenciaran dentro de los tres días siguientes, a no ser que la práctica de la diligencia requerida exija mayor tiempo, en cuyo caso el juez fijara el que crea conveniente.
NO LEGALIZACION DE FIRMAS
ARTÍCULO 1.145
En los despachos y exhortos no se requiere la legalización de firmas, a menos que la exija el tribunal requerido. Para ser diligenciados por los tribunales del estado, los exhortos no requieren la legalización de las firmas del tribunal requirente.
ROGATORIAS DEL EXTRANJERO
ARTÍCULO 1.146
Las rogatorias que se remitan al extranjero o se reciban de él, se sujetaran a las leyes federales relativas.
MEDIO DE REMITIR LOS EXHORTOS
ARTÍCULO 1.147
Los tribunales pueden, si lo consideran conveniente, acordar que los exhortos y despachos que manden expedir se entreguen, para hacerlos llegar a su destino, a la parte interesada que hubiere solicitado la práctica de la diligencia, quien los devolverá dentro del plazo de tres días de practicada la diligencia, si por su conducto se devuelven. De no hacerlo en ese plazo se le aplicaran los medios de apremio.
Los exhortos y despachos entre tribunales del Estado y entre estos y otros tribunales podrán remitirse por medios electrónicos, conforme a los lineamientos que al respecto emita el Consejo de la Judicatura. Debiendo dejar constancia en autos cuando se haga por dichos medios. Todas las constancias para la diligenciacion se remitirán digitalizadas de oficio.
4- CUADRO SINÓPTICO DE LAS PRUEBAS QUE SE PUEDEN OFRECER DURANTE UN JUICIO
Confesión
Documentos públicos y privados
Prueba pericial
Inspección judicial
Prueba testimonial
Pruebas científicas
Presunción
JURÍDICA
Espontánea y Provocada.
Expresa.
Tacita o ficta.
Simple o Cualificada
EXTRAJUDICIAL
PÚBLICOS
Formulados por notarios.
Formulados por corredores.
Expedidos por servidores públicos.
Sellos, firmas u otros signos.
Actuaciones judiciales.
Documentos notariales y administrativos.
Constancias regionales.
PRIVADOS
No requieren de los requisitos de los públicos.
Reconocimiento tácito
Reconocimiento expreso.
Vales, pagares, libros de cuentas, escritos firmados, etc.
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