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INCOMPETENCIA POR RAZÓN A TERRITORIO Y CONTESTACIÓN AD CAUTELAM

Enviado por   •  7 de Junio de 2018  •  1.281 Palabras (6 Páginas)  •  346 Visitas

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2.- LA IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN INTENTADA, consistente en el hecho de que la señora CLAUDIA ELIZABETH BUENO GARCÍA me está demandando LA GUARDA Y CUSTODIA Y PENSIÓN ALIMENTICIA ante Su Señoría a sabiendas de que NO RESULTA COMPETENTE DADO QUE NUESTRO ÚNICO DOMICILIO CONYUGAL Y FAMILIAR SIEMPRE ESTUVO UBICADO EN LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, en calle 16 dieciséis sur número 2513 dos mil quinientos trece, Colonia Bella Vista, en la Ciudad de Puebla, Puebla, resultando improcedente la acción intentada por la actora.

3.- LA CARENCIA DE LA ACCIÓN, la cual se desprende de lo argumentado anteriormente.

D E R E C H O

No resulta aplicable el Derecho invocado por la actora en virtud de ser impreciso y erróneo, y sí resultan aplicables las siguientes disposiciones legales:

La incompetencia de Su Señoría está regida por los artículos 35 fracción I, 37, 143, 144, 154, 155, 156 fracción XII, 163, 167 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en relación con los diversos 7, 8 fracción X, 9 y 40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

La personalidad del ocursante está regida por los artículos 193, 195 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

El procedimiento del presente Juicio no se rige por el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en virtud de la incompetencia planteada a Su Señoría, sino que debe regirse por los artículos 216, 217, 218, 219, 220, 221, 225, 226, 228 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla.

El Derecho aplicable al fondo del asunto es el contenido en los artículos 428, 429, 430, 432, 434, 454 fracción VI, 455, 458, 459, 460 y demás relativos del Código Civil para el Estado de Puebla.

P E T I C I O N E S

Por lo anteriormente expuesto y debidamente fundado y motivado, respetuosamente solicito lo siguiente:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito planteando INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA la reconvención instaurada en mi contra por CLAUDIA ELIZABETH BUENO GARCÍA, en los términos señalados con antelación.

SEGUNDO.- Se substancie la incompetencia planteada conforme a Derecho y en los términos señalados por la Ley, declinando a favor de cualquiera de los Jueces de lo Familiar de la Ciudad de Puebla, Puebla.

TERCERO.- En el momento procesal oportuno, que el Juez competente dicte sentencia donde se declare infundada la acción intentada por la actora y se le condene al pago de gastos y costas originados por la tramitación del presente juicio.

PROTESTO A USTED MIS RESPETOS.

Puebla, Puebla, Agosto 2 dos del año 2010 dos mil diez.

C. MIGUEL ÁNGEL MELGAREJO GUERRERO.

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