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Ley falcidia.

Enviado por   •  26 de Abril de 2018  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  238 Visitas

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Los efectos de esto fideicomisos en el derecho antiguo fueron modificados primeramente por dos senadoconsulto.

- Senadoconsulto Trebeliano: Fue dado bajo Nerón hacia el año 56 de nuestra era, y decide que el fideicomisario se asimile a un heredero: loco heredis.

El título de heredero le queda al fiduciario con las acciones que van unidas. Pero estas acciones no tienen ya utilidad práctica, porque si persiguen a los deudores, les oponen la excepción restitutae heredilatis, y si los acreedores de la sucesión obran en contra de ellos, les rebaten por la misma excepción. En caso de fideicomiso parcial, las acciones se dividen de pleno derecho entre el fideicomisario y el heredero.

- Senadoconsulto Pegasiano: concede al heredero instituido gravado de fideicomisos universales o particulares, absorbiendo la totalidad o la mayor parte de la sucesión, el derecho de retener el cuarto, como se lo permita la ley Falcidia en presencia de legatarios.

El único que corría el riesgo de la insolvencia era el fideicomisario, pues la cuarta Pegasiana se calculaba romo la cuarta Falcidia, sobre el activo neto, y se dejaba al heredero lo suficiente para pagar las deudas del difunto.

Fidecomisos particulares

El testador podía dejar por fideicomiso particular todo lo que hubiese podido legar per damnationem; no solamente lo que le pertenecía, sino también la cosa del heredero, y la de otro. En este caso, el fiduciario, o debía adquirirla para devolvérsela al fideicomisario, o pagarle la estimación.

Sin embargo, existen ciertas diferencias, que no han podido borrarse, entre la manumisión directa por testamento y el fideicomiso de libertad:

El testador no puede manumitir directamente más que el esclavo del cual sea propietario, cuando testa al morir, y, por el contrario, puede dejar la libertad por fideicomiso al esclavo del heredero, o al esclavo de otro.

El esclavo manumitido directamente se hace, a la adición de herencia, libre de pleno derecho, por el efecto del testamento, mientras que el esclavo manumitido por fideicomiso recibe la libertad del heredero, que se hace su patrono.

Codicilos

Es un acto de última voluntad que no está sometido a ninguna de las formalidades del testamento, y se podían dejar varios; era un medio de añadir ciertas disposiciones a un testamento ya hecho, lo que no se hubiera podido realizar por un nuevo testamento si revocar el primero.

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