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REGISTRO DE CIUDADANOS Funciones del Registro de Ciudadanos

Enviado por   •  15 de Mayo de 2018  •  1.091 Palabras (5 Páginas)  •  289 Visitas

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Del trámite del recurso de revocatoria.

Interpuesto el recurso de revocatoria, deberá elevarse al Director del Registro de Ciudadanos con sus antecedentes y el informe del funcionario respectivo, para que lo resuelva en el plazo de ocho días.

De la apelación.

En contra de las resoluciones definitivas que emita el Director General del Registro de Ciudadanos procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante dicha autoridad en el término de tres días contados desde la última notificación. Se entiende por resolución definitiva aquella que pone fin a un asunto, la que resuelve un recurso de revocatoria y aquellas otras señaladas específicamente en esta ley. En igual forma debe procederse en todas las demás apelaciones que la misma establece.

Del trámite del recurso de apelación.

Interpuesto el recurso, con notificación a los interesados, el expediente y un informe circunstanciado se elevarán al Tribunal Supremo Electoral en un plazo de tres días. El Tribunal Supremo Electoral dará audiencia a los interesados por el plazo de tres días y con su contestación o sin ella, en el plazo de ocho días será dictada la resolución correspondiente.

El Tribunal Supremo Electoral recibirá las pruebas que le ofrezcan y podrá solicitar los informes que estime pertinentes.

Se abrirá a prueba el expediente únicamente a solicitud de parte o si el Tribunal Supremo Electoral lo estima pertinente, por el plazo de cinco días.

Objeto del amparo.

Las resoluciones, acuerdos y actos que el Tribunal Supremo Electoral dicte o ejecute, podrán ser objeto de amparo en los casos previstos en la ley constitucional de la materia.

RECURSOS DURANTE EL PROCESO ELECTORAL

Del recurso de nulidad.

Contra todo acto y resolución del proceso electoral procede el recurso de nulidad, el cual debeser interpuesto dentro de los tres días hábiles siguientes a la última notificación, ante la autoridad que la haya motivado y será resuelto porel Tribunal Supremo Electoral, dentro del plazo de tres días luego de ser recibido.

Del recurso de revisión.

Contra las resoluciones del Tribunal Supremo Electoral procede el recurso de revisión, el cual deberá interponerse ante el mismo dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación que se haga al afectado, y será resuelto dentro del plazo de tres días siguientes al de su presentación, el que podrá ampliarse, si fuere necesario, en dos días más, a efecto depoder recabar cualquier clase de pruebas pertinentes.

Del amparo.

El amparo procede contra las resoluciones definitivas del Tribunal Supremo Electoral, en los casos que establece la ley de la materia, siempre que previamente se haya agotado el recurso que establece el artículo anterior.

De la competencia.

El Tribunal Supremo Electoral es el órgano competente para conocer y resolver los recursos de nulidad y de revisión. La Corte Suprema de Justicia es el órgano competente para conocer y resolver el amparo.

Convocatoria y procedimiento.

De acuerdo con la Constitución Política de la República, la consulta popular será convocada en todos los casos por el Tribunal Supremo Electoral.

El proceso consultivo se regirá, en lo aplicable, por las normas que para elecciones establece la presente ley y su reglamento, así como porlas específicas que emita el Tribunal Supremo Electoral.

La mayoría relativa será el sistema aplicable a las consultas populares.

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